Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2012 (28/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 126

483012

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de diciembre de 2012

VISTO; En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Noviembre del 2012, en la Estacion Orden del Dia, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba la Propuesta de Modificacion de la Zonificacion y Adecuacion del Plan Vial y Plan de Desarrollo MORDAZA 2008-2018, en el entorno y dominio al Terreno Denominado Buena Vista o Los Anitos de la MORDAZA Sur-Este del Distrito de Barranca. CONSIDERANDO: Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru prescribe que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion, y con los limites que senala la ley. Asimismo, se dispone que el Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona por lo que ningun tributo puede tener caracter confiscatorio. Que, conforme lo establecido en el articulo 194º de la precitada Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de igual modo, segun el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, segun lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972 en su Articulo 40º, primer parrafo, senala que las Ordenanzas de las Municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, la administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa; y que ademas en su Art. 79º, referido a la organizacion del espacio fisico y usos del suelo, numerales 1, 1.1 al 1.6 del mismo cuerpo normativo senala que dentro las funciones especificas y exclusivas de las municipalidades provinciales es de aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel Provincial, que identifique las areas urbanas y de expansion MORDAZA, asi como las areas de proteccion o de seguridad por riesgos naturales, las areas agricolas y las areas de conservacion ambiental; asi mismo aprobar el Plan de Desarrollo MORDAZA, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificacion de Areas Urbanas; el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos. Que, el Articulo 49º del Decreto Supremo Nº 004-2011VIVIENDA, establece que el Concejo Municipal Provincial de cada ambito jurisdiccional es quien aprueba las modificaciones y/o actualizaciones a los planes que corresponda, de acuerdo a los procedimientos establecidos en dicho cuerpo normativo, considerando que las modificaciones deben ser, en procura de un optimo beneficio para la comunidad, senalando ademas el parrafo siguiente que, las modificaciones y /o actualizaciones pueden versar sobre los siguientes aspectos: Las que cambien la Zonificacion Comercial, Industrial, Pre MORDAZA, Recreacion, Usos Especiales, Servicios Publicos Complementarios, MORDAZA de Reglamentacion Especial y MORDAZA Monumental, o impliquen la modificacion de MORDAZA Residencial de Baja Densidad a Densidad Media o MORDAZA Residencial de Densidad Media a Residencial de Alta Densidad. En Cumplimiento del Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Barranca y la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Arte de la Universidad Nacional de Ingenieria, en donde se toma como objetivos que la SEPS de la "UNIFAUA" a traves de su Unidad de Produccion de Bienes y Prestacion de Servicios se compromete a realizar los servicios para los estudios de: "Planeamiento MORDAZA Especifico MORDAZA Sur de Barranca", que establece la Resolucion de Alcaldia Nº 0229-2012-AL/RUV-MPB. BASE LEGAL: Constituye Base Legal de la presente Ordenanza Municipal: 1) Constitucion Politica del Peru. En su articulo 192, inciso 5) establece que las Municipalidades tienen competencia para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes.

2) Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. En el Articulo IX del Titulo Preliminar establece que el MORDAZA de planificacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos; y en los articulos 73 y 79 del Titulo V precisa que son competencias y funciones especificas de los gobiernos locales el aprobar el Plan de Desarrollo MORDAZA y el Esquema de Zonificacion de areas urbanas. 3) Reglamento Nacional de Edificaciones, de Junio de 2006. En el Titulo II de Habilitaciones Urbanas, establece las normas tecnicas aplicables a los procesos de habilitaciones de tierras con fines urbanos, asi como los componentes de diseno urbano. 4) Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA, aprobado por el D.S. Nº 004-2011VIVIENDA. Establece que el Plan de Desarrollo MORDAZA es el instrumento tecnico-normativo que orienta el desarrollo MORDAZA de las ciudades o conglomerados urbanos con poblacion entre 20,001 y 500,000 habitantes, y/o ciudades capitales de provincia, en concordancia con el Plan de Acondicionamiento Territorial y/o el Plan de Desarrollo Metropolitano de ser aplicable. Ademas establece que el Plan Especifico es el instrumento tecnico-normativo cuyo objetivo es complementar la planificacion MORDAZA de las localidades, facilitando la actuacion u operacion urbanistica, en un area MORDAZA o de expansion MORDAZA, cuyas dimensiones y condiciones, ameriten un tratamiento integral especial. 5) Ley de Transferencia a Titulo Gratuito del Predio Rural Terreno MORDAZA, Denominado Buena Vista o Los Anitos, de Propiedad de la Beneficencia Publica de MORDAZA, a Favor de la Municipalidad Provincial de Barranca. ­ Ley Nº 29631- Art. 01 y 02. 6) Resolucion de Alcaldia Nº 0229-2012-AL/RUVMPB. Estando a lo dispuesto por el Articulo 194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru y las facultades conferidas en el numeral 8) y 9) del Articulo 9º y los Articulos 39º y 40º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, se APROBO la siguiente: ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR la ORDENANZA QUE PRECISA LA PROPUESTA DE MODIFICACION DE LA ZONIFICACION Y ADECUACION DEL PLAN VIAL Y PLAN DE DESARROLLO MORDAZA 2008-2018, EN EL ENTORNO Y DOMINIO AL TERRENO DENOMINADO BUENA VISTA O LOS ANITOS DE LA MORDAZA SUR-ESTE DEL DISTRITO DE BARRANCA, que consta de cinco (05) articulos, cuatro (04) Disposiciones Finales, el mismo que en anexo forma parte de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- PUBLIQUESE la presente MORDAZA local en el Diario Oficial El Peruano, y su anexo en el MORDAZA Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Articulo 3º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA Municipal, a los veintiocho dias del mes de noviembre del dos mil doce. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial

882909-1

Aprueban planeamiento especifico y sectorizacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 032-2012-AL/CPB EL MORDAZA DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO; En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de noviembre del 2012, en la Estacion Orden del Dia, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba

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