Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2012 (28/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 123

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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vigencia de la MORDAZA a su ratificacion por la municipalidad provincial de la circunscripcion; Que, la setima disposicion final de la ordenanza Nº 1533-MML, senala que las ordenanzas distritales que aprueben los derechos de emision mecanizada deberan ser ratificadas anualmente sin perjuicio de lo anterior, el acuerdo de concejo ratificatorio tendra una vigencia de 2 (dos) anos, en la medida que mantenga invariables las acciones que originaron la ratificacion; Que, mediante ordenanza Nº 228-MDSM, se aprueba el monto a pagar por derecho de emision mecanizada de la hoja de liquidacion de los arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio tributario 2012, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Acuerdo de Concejo Nº 291MML; Que, mediante memorando Nº 685-2012GRAT-MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria se reporta la proyeccion de los costos por derecho de emision mecanizada de la hoja de liquidacion de los arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines y serenazgo para el ano fiscal 2013, los cuales no acusan variacion sustancial, respecto de los aprobados mediante ordenanza Nº 228-MDSM,para el ejercicio 2012, por lo que proponen se mantenga; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al concejo municipal por el numeral 8) del articulo 9º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO A PAGAR POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE LA HOJA DE LIQUIDACION DE LOS ARBITRIOS DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS, MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO PARA EL ANO FISCAL 2013 Articulo 1º.- MORDAZA LEGAL Aprobar el monto a pagar por derecho de emision mecanizada de la hoja de liquidacion de los arbitrios municipales de barridos de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines y serenazgo para el ano fiscal 2013 y dispongase que para efectos de establecer los derechos de emision mecanizada de la hoja de liquidacion de los arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines y serenazgo para el ano fiscal 2013, el MORDAZA legal aplicable sera el aprobado mediante la ordenanza Nº 228-MDSM, ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Acuerdo de Concejo Nº 291-MML. Articulo 2º.- DETERMINACION DEL MONTO POR DERECHO DE EMISION Prorrogar la vigencia de la ordenanza Nº 228-MDSM, que fijo en S/.2.40 (dos con 40/100 nuevos soles) por cada hoja de liquidacion de arbitrios municipales. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACULTADES Facultese al senor MORDAZA para que mediante decreto de alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la ordenanza aprobada. Segunda.-VALIDEZ Y VIGENCIA La presente ordenanza entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el diario oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA municipal (www.munisanmiguel.gob.pe) Tercera.- ENCARGATURA Encargar a la Gerencia de Rentas y Administracion y Finanzas, a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y a la Subgerencia de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones el fiel cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 882997-2

Aprueban MORDAZA legal de los beneficios tributarios para las tasas de arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines publicos y serenazgo para el ejercicio 2013
ORDENANZA Nº 246-MDSM San MORDAZA, 20 de diciembre del 2012 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El concejo municipal, en sesion ordinaria celebrada en la fecha; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, las municipalidades distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa de los asuntos de su competencia; Que, el concejo municipal ejerce su funcion, entre otras normas municipales, a traves de ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que, el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV MORDAZA de legalidad sobre reserva de ley del texto unico ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, dispone que los gobiernos locales mediante ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias y exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, mediante ordenanza Nº 241-MDSM se aprueba el regimen tributario de las tasas de arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines publicos y serenazgo para el ejercicio 2013, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 2315-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, es politica de la administracion tributaria incentivar al pago voluntario de los tributos que administra, por lo que consciente de la situacion economica que atraviesan los vecinos del distrito de San MORDAZA, es necesario adoptar medidas que beneficien a los vecinos pensionistas propietarios y a los contribuyentes que cancelen en forma adelantada el total de sus arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2013; Que, en ese sentido, se debe establecer el MORDAZA legal de los beneficios tributarios para las tasas de los arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines publicos y serenazgo, asi como la determinacion de los montos por dicho concepto aplicables al ejercicio fiscal 2013, para los contribuyentes de la jurisdiccion de San Miguel; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y el articulo 39º y 40º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL MORDAZA LEGAL DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA LAS TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS, MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2013 Articulo 1º.- Otorguese a favor de los contribuyentes de la jurisdiccion del distrito de San Miguel. 1. Reduccion de pago para pensionistas: Reduccion del pago en los arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, mantenimiento de parques y jardines y serenazgo, equivalente al 50% del monto de los arbitrios municipales aprobado para el ejercicio fiscal 2013, siempre y cuando correspondan a una de las categorias siguientes: a) Los pensionistas propietarios de un solo predio destinado a vivienda. Para el caso ya sea a titulo personal o de la sociedad conyugal, el tramite es automatico.

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