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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (28/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 115

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de diciembre de 2012 483001 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Recaudación y Control, Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria, Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación, la publicación en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob. pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 883072-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 235 que aprobó Beneficio de Regularización Tributaria y No Tributaria en el distrito de La Molina DECRETO DE ALCALDIA Nº 022 -2012 La Molina, 27 de diciembre de 2012 VISTO: El Informe Nº 222-2012-MDLM-GAT, de fecha 26 de diciembre de 2012, de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 312-2012-MDLM-GAT-SGRC, de fecha 26 de diciembre de 2012, de la Subgerencia de Recaudación y Control, mediante los cuales se solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 235 que aprueba el “Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria en el distrito de La Molina”; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 235, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 30 de agosto del 2012, se aprobó el Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria a favor de los administrados del distrito de La Molina que durante su vigencia, mantengan deuda vencida y pendiente de pago por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y/o Multas Administrativas, correspondientes a ejercicios anteriores al ejercicio 2012; Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 014-2012, Decreto de Alcaldía Nº 016-2012 y Decreto de Alcaldía Nº 019-2012, se prorrogó el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 235-MDLM, hasta el 28 de diciembre del 2012; Que, a la fecha, la Ordenanza Nº 235 ha tenido un efecto positivo entre los vecinos del distrito, quienes vienen regularizando sus obligaciones, resultando necesario ampliar el plazo antes señalado; Que, la Tercera Disposición Final de la misma Ordenanza, faculta al señor Alcalde a aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos y contando con la conformidad de la Subgerencia de Recaudación y Control mediante Informe Nº 312-2012-MDLM-GAT-SGRC, de la Gerencia de Administración Tributaria mediante Informe Nº 222-2012-MDLM-GAT y de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 535-2012-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades conferidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 235 que aprueba el “Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria en el distrito de La Molina”, hasta el 31 de enero del 2013. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recaudación y Control, Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria, Subgerencia de Control y Sanciones, Ejecutoría Coactiva Administrativa, Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación, la publicación en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob. pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 883072-2 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban fechas de vencimiento para el pago de arbitrios e impuesto predial y establece incentivos por pronto pago para el ejercicio 2013 ORDENANZA 159-2012/MLV La Victoria, 21 de diciembre de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA: VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 012-2012-CPPPAL-PRDE/MLV de las Comisiones Permanentes de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y de Rentas y Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía antes indicada y las funciones de gobierno de las Municipalidades son ejercidas por los Concejos Municipales a través de la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos, de conformidad a lo estipulado en el artículo 39º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el artículo 200º numeral 4) de la Constitución Política del Perú, que otorga el rango de ley a las Ordenanza Municipales; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado – TUO – del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, en mérito a las normas legales expuestas la Municipalidad de La Victoria emitió las Ordenanzas Nº 157-2012/MLV y Nº 158-2012/MLV que aprobaron el régimen tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2013, las mismas que fueron ratifi cadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 2314;