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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (28/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 121

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de diciembre de 2012 483007 cuyo rango es equivalente a la Ley, mediante las cuales las Municipalidades del país ejercen su potestad normativa para el cumplimiento de sus fi nes; Que, mediante Ley N° 29332, modifi cada por Decreto de Urgencia N° 119-2009, se crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización de la Gestión Municipal, instrumento de estrategia de gestión del Presupuesto por Resultados, basada en el desempeño e incentivos para mejorar el resultado; Que, en este contexto, una de las acciones de promoción, son aquellas destinadas a incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a través de la recompensa al esfuerzo por cumplir en forma puntual y/o adelantada sus obligaciones; Que, la política de incentivos para premiar el esfuerzo de los vecinos que cumplen puntualmente sus obligaciones tributarias, referentes al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, requiere la aplicación de un tratamiento especial, el mismo que se contempla en el Programa de Benefi cio para Contribuyentes que realizan Pronto Pago, dirigido a los contribuyentes de la Municipalidad de San Borja; En uso de las facultades conferidas en el artículo 9° y el artículo 40º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, y sus normas modifi catorias, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL “PROGRAMA DE BENEFICIO PARA CONTRIBUYENTES QUE REALIZAN PRONTO PAGO” Artículo Primero.- Objetivo La presente Ordenanza tiene como objetivo, aprobar el Programa de Benefi cio para Contribuyentes que realizan Pronto Pago de la Municipalidad Distrital de San Borja. Artículo Segundo.- Financiamiento El Programa de Beneficio para Contribuyentes que realizan Pronto Pago, se financiará con los recursos que se obtengan de la recaudación del Impuesto Predial de cada ejercicio fiscal en que se desarrolla el Programa. Artículo Tercero.- Alcance Serán benefi ciarios del Programa de Benefi cio, las personas naturales y jurídicas del distrito de San Borja que cumplan con el pago, conforme a las condiciones que se establezcan en el reglamento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Benefi cios Establecer que el Programa de Benefi cios, se encontrará constituido por los siguientes Premios: Descuentos en Tasa de Arbitrios. Sorteo de: un vehículo automotor 0 Kilómetros, artefactos, pasajes aéreos, vales de consumo, entre otros. Otros benefi cios que se otorgarán de acuerdo a la Directiva Reglamentaria. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA.- Descuento de Tasa de Arbitrios El descuento en el pago de la tasa Arbitrios, será fi jado en la Ordenanza vigente al ejercicio correspondiente. SEGUNDA.- Facultades Facúltese al Alcalde para que dicte las disposiciones reglamentarias que correspondan para su adecuada aplicación. TERCERA.- Cumplimiento Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Tecnologías de la Información y la Gerencia de Imagen Institucional. CUARTA.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Y FINAL ÚNICA.- Inicio del Programa de Benefi cios Para el inicio del programa, apruébese el sorteo de premios correspondiente al ejercicio 2013, de un vehículo automotor 0 Kilómetros para los contribuyentes que cumplan con el pago anual adelantado hasta el último día hábil del mes de febrero del 2013. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 882692-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Prorrogan plazo de la exoneración al pago de derechos en el procedimiento “Certificado de Jurisdicción” del TUPA de la Municipalidad ORDENANZA N° 349-MSI San Isidro, 20 de diciembre de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO; VISTO: El pedido de un regidor en la sesión ordinaria de la fecha. CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 335-MSI se exoneró del pago de derechos en el Procedimiento “Certifi cado de Jurisdicción” del TUPA de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza Nº 321-MSI, hasta el 31 de diciembre de 2012; Que, en este contexto, a fi n de continuar con el proceso de actualización de la información catastral vinculada al distrito de San Isidro, resulta conveniente proseguir con el otorgamiento de facilidades a los vecinos del distrito para la obtención de Certifi cados de Jurisdicción de sus predios ubicados en la jurisdicción de San Isidro, mediante la prórroga del plazo hasta el 31 de diciembre de 2013 de la exoneración del pago de derechos para la obtención de dichos certifi cados, otorgada mediante Ordenanza N° 335-MSI, con la exoneración de los dictámenes de Reglamento; y, En uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal acordó aprobar, con dispensa de lectura y aprobación de acta, la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA N° 335-MSI Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2013, el plazo de la exoneración del pago de derechos en el procedimiento “Certifi cado de Jurisdicción” del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Isidro, otorgada mediante la Ordenanza N° 335-MSI. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAUL A. CANTELLA SALAVERRY Alcalde 882000-2