Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2012 (28/12/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES
Coordenadas Geograficas Planta Transmisora

482921
: Longitud Oeste: 71º 26' 36.00'' Latitud Sur: 15º 30' 22.00'' : Entre las quebradas denominadas Taucamayo y Cupitera, distrito de Callalli, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa. : Longitud Oeste: 71º 27' 09.00'' Latitud Sur: 15º 30' 34.00'' : El area comprendida dentro del contorno de 62 dB V/m

para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 032-2005MTC/03, modificada con Resolucion Viceministerial Nº 221-2006-MTC/03 y ratificada mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Onda Media (OM) para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de CayllomaChivay; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Onda Media (OM) de la localidad de Caylloma-Chivay, establece 1 KW como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.). Asimismo, segun las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial N° 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango de hasta 1 KW de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones Clase D, siendo la mencionada clasificacion la que corresponde a la estacion a ser autorizada; Que, mediante Informe Nº 3496-2011-MTC/28, MORDAZA con Informe N° 2090-2012-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones considera que la ASOCIACION CENTRO DE MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL SAN MORDAZA DE PADUA ­ CALLALLI ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 01-2009-MTC/28, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida asociacion, la autorizacion y permiso para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Caylloma - Chivay, departamento de Arequipa; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico N° 01-2009-MTC/28, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Onda Media (OM) para la localidad de Caylloma ­ Chivay, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 032-2005-MTC/03 y modificatorias, la Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la ASOCIACION CENTRO DE MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL SAN MORDAZA DE PADUA - CALLALLI, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM) en la localidad de Caylloma ­ Chivay, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudios : Parroquia San MORDAZA de Padua, distrito de Callalli, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa. : : : : OBU-6P 10K0A3EGN 1 KW. CLASE D : RADIODIFUSION SONORA EN OM : 1270 KHz : EDUCATIVA

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computara a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2°.- La titular de la autorizacion del servicio de radiodifusion no podra modificar la finalidad educativa de la estacion autorizada, ni cualquier condicion u obligacion relacionada con la misma, durante la vigencia de la autorizacion, caso contrario esta quedara sin efecto, de conformidad con lo establecido en el numeral 26 de las Bases del Concurso Publico N° 01-2009-MTC/28. Articulo 3°.- En caso alguna infraestructura, utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorizacion y la estacion radiodifusora se encuentre dentro de las Superficies Limitadoras de Obstaculos o su operacion genere interferencias a los sistemas de radionavegacion, la titular debera obtener el permiso respectivo de la Direccion General de Aeronautica Civil o reubicar la estacion, asi como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias. Asimismo, si con posterioridad al otorgamiento de la presente autorizacion, la estacion radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restriccion establecidas en el articulo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, la titular debera obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan. Articulo 4°.- La autorizacion que se otorga se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, la titular de la autorizacion, debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. La inspeccion tecnica correspondiente se efectuara de oficio hasta dentro de los ocho (08) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo de instalacion y prueba, verificandose en MORDAZA la correcta instalacion y operacion de la estacion, con equipamiento que permita una adecuada prestacion del servicio autorizado, asi como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo indicado, la titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas la autorizacion otorgada quedara sin efecto. De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a merito del informe tecnico favorable, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a expedir la respectiva Licencia de Operacion. Articulo 5º.- La titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorizacion otorgada, en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.