Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2012 (28/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 1º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 223-2012-OS/CD del 05 de octubre de 2012, se aprobo el "Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a las Condiciones Tecnicas y de Seguridad de las Unidades Supervisadas - PDJ por la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos"; Que, a traves del articulo 2º de la Resolucion senalada en el considerando precedente, se autorizo a la Gerencia General de OSINERGMIN a dictar las disposiciones tecnicooperativas y medidas complementarias que se requieran para la puesta en marcha y ejecucion del Procedimiento mencionado; asi como, a aprobar los formatos que contendran las declaraciones juradas que deberan ser llenadas por los responsables de las unidades supervisadas; Que, asi tambien, en el articulo 4º de la Resolucion senalada en el considerando precedente se dispuso que el Procedimiento de Declaracion Jurada de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a las Condiciones Tecnicas y de Seguridad de las Unidades Supervisadas - PDJ por la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos entraria en vigencia progresivamente, de acuerdo con la aprobacion, por parte de la Gerencia General, de los formatos que contendran las declaraciones juradas; Que, en ese orden de ideas, de acuerdo con las facultades conferidas en los articulos 2º y 4º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 223-2012-OS/CD; a fin de facilitar, entre otros, la implementacion de la Plataforma Virtual que optimizara el procedimiento de supervision de plantas envasadoras; corresponde que la Gerencia General apruebe mediante la presente resolucion los formatos que contienen la informacion que los responsables de dichas plantas envasadoras deberan completar para cumplir con esta exigencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, las entidades de la Administracion Publica se encuentran obligadas a publicar en el MORDAZA del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos tecnicos sobre procedimientos administrativos contenidos en el MORDAZA de la entidad, o relacionados con la aplicacion de sanciones administrativas; Que, de otro lado, el articulo 9º del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS, dispone que en el caso de la publicacion de normas legales que tengan anexos conteniendo graficos, estadisticas, formatos, formularios, flujogramas, mapas o similares de caracter meramente ilustrativo, dichos anexos se publicaran en el MORDAZA Electronico de la entidad emisora en la misma fecha de la publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" de la MORDAZA aprobatoria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley Nº 27332, la Ley de Creacion del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN, Ley Nº 26734 y el literal o) del articulo 65° del Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ­ OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Formato para la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a las Condiciones Tecnicas y de Seguridad para Plantas Envasadoras de GLP, que como anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Autorizar la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y con su anexo en el MORDAZA Electronico de OSINERGMIN (www. osinergmin.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General OSINERGMIN 882912-3

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Modifican numeral 4.8 de la "Directiva para la implementacion del diagnostico de conocimientos de las personas al servicio del Estado de las Oficinas de Recursos Humanos del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos"
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 188-2012-SERVIR/PE MORDAZA, 19 de diciembre de 2012 Visto, el Informe Nº 22-2012-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos elaborado en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 125-2012-SERVIR/PE se aprobo la Directiva Nº 0012012-SERVIR/GDCR "Directiva para la implementacion del diagnostico de conocimientos de las personas al servicio del Estado de las Oficinas de Recursos Humanos del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos"; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 151-2012-SERVIR/PE, se dispuso, entre otros, modificar el numeral 4.8 de la referida Directiva en el extremo que establece que la evaluacion del Diagnostico de Conocimientos de las personas al servicio del Estado de las Oficinas de Recursos Humanos censadas, se realizara en el mes de diciembre de 2012; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, informaron que durante el desarrollo de la evaluacion online de las Entidades del Gobierno Regional efectuado el dia 12 de diciembre de 2012, existieron problemas de MORDAZA tecnologico que impidieron continuar con el normal desarrollo del citado Diagnostico, por lo que recomiendan que se posterguen las fechas de realizacion de la referida evaluacion para el mes de marzo de 2013; Que, el Consejo Directivo en la sesion Nº 52-2012 de 14 de diciembre de 2012, acordo aprobar la modificacion del primer parrafo del numeral 4.8 de la Directiva Nº 0012012-SERVIR/GDCR, segun lo propuesto por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, encargando al Presidente Ejecutivo emitir la Resolucion respectiva; Con la visacion de la Gerencia General, de las Gerencias de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil y de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1023 y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el primer parrafo del numeral 4.8 de la seccion IV Responsabilidades y Plazos de la Directiva Nº 001-2012-SERVIR/GDCR "Directiva para la implementacion del diagnostico de conocimientos de las personas al servicio del Estado de las Oficinas de Recursos Humanos del Sistema Administrativo de

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