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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de enero de 2012 459142 De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, Estatuto de la SBN y la Ley Nº 27444; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0475-2011/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 07 de setiembre de 2011; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el Artículo 1° de la Resolución N° 133-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 22 de julio de 2008, quedando en los siguientes términos: “Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 181 851,73 m², ubicado en los distritos de Villa María del Triunfo y Pachacamac, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución”. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 739670-1 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 326-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 22 de diciembre de 2011 Visto el Expediente N° 204-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 285 595,89 m², ubicado al oeste del Kilometro 62 de la Carretera Panamericana Norte – Variante del Serpentín de Pasamayo, en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno eriazo de 285 595,89 m², ubicado al oeste del Kilómetro 62 de la Carretera Panamericana Norte – Variante del Serpentín de Pasamayo, en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 23 de setiembre de 2011, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, presenta una topografía ondulada y ligeramente plana, de suelo arenoso. Asimismo, se observó que en el predio existen edifi caciones cercos precarios y plantaciones de árboles, todos ubicados en forma espaciada y una trocha carrozable principal que va de sur a norte paralela a la Carretera Panamericana Norte – variante del Serpentín de Pasamayo la misma que empieza en la ocupación de la Asociación de Medianos, Micro Empresarios Sol del Perú, sin embargo, no se aprecia la presencia de personas y animales que den indicios de vivencia; Que, la Ofi cina Registral de Lima emitió el Certifi cado de Búsqueda Catastral sobre la base del Informe Técnico N° 4835-2011-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, de fecha 19 de abril de 2011, en el cual señaló que el predio en consulta se ubica en zonas donde en la Base Gráfi ca de la Ofi cina de Catastro, la cual se encuentra en proceso de elaboración y actualización de predios inscritos, a la fecha no se han identifi cado anotaciones registrales; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 285 595,89 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 550-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 17 de noviembre de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 285 595,89 m², ubicado al oeste del Kilómetro 62 de la Carretera Panamericana Norte – Variante del Serpentín de Pasamayo, en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Huaral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Huaral. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 739670-2 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 327-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 22 de diciembre de 2011 Visto, el Expediente N° 284-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 95,17 m², ubicado colindante al lindero de fondo del lote 28 de la manzana A con frente a la calle El Engranaje (antes Calle A) de la urbanización industrial La Milla, en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar