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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de enero de 2012 459144 450,99 m², ubicado entre el Centro Poblado Santa Cruz y la Albufera del Medio Mundo, sector Medio Mundo, en el distrito de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Huacho de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Huacho. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 739670-4 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 331-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 26 de diciembre de 2011 Visto, el Expediente N° 326-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 360,09 m², ubicado en la cabecera del Asentamiento Humano “Virgen de la Candelaria”, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 360,09 m², ubicado en la cabecera del Asentamiento Humano “Virgen de la Candelaria”, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Informes Técnicos Nº 6476 - 2011 - SUNARP-Z.R.IX/OC, de fechas 26 de mayo de 2011, la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima señaló que el terreno en consulta se encuentra en zona donde no se aprecian predios con antecedentes gráfi cos registrales; Que, realizada la inspección técnica el 22 de marzo de 2011, se verifi có que sobre el terreno se encuentra el Reservorio Apoyado RRP-05 de 200,00 m3 que forma parte de la obra “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado para el Esquema Paraíso Alto Sector 308-Villa María del Triunfo”; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 360,09 m², de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal - SDAPE a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 559-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 28 de noviembre de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 360,09 m², ubicado en la cabecera del Asentamiento Humano “Virgen de la Candelaria”, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 739670-5 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 332-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 26 de diciembre de 2011 Visto el Expediente N° 209-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 27 429,92 m², ubicado al este del Centro Poblado de Supe Pueblo y al Noreste del Centro Poblado La Campiña Supe, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 28 437,08 m², ubicado al este del Centro Poblado de Supe Pueblo y al Noreste del Centro Poblado La Campiña Supe, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción; Que, la Ofi cina Registral de Lima remitió el Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 21 de junio de 2011 sobre la base del Informe Técnico N° 4563-2011-SUNARP- ZR.N°IX//OC, en el cual señaló que el predio en consulta se encuentra en una zona de naturaleza eriaza donde no se visualiza antecedente cartográfi ca registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 23 de setiembre de 2011, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, presenta una topografía accidentada por ser ladera de cerro, de suelo arcilloso y rocoso. Asimismo, el terreno se encuentra desocupado y el acceso es por el predio de propiedad de terceros o por los cerros a la altura del Kilometro 188 de la nueva Carretera Panamericana Norte y por la parte alta del Centro Poblado Campiña Antival;