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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de enero de 2012 459263 SIN DROGAS-DEVIDA, referidos a las actividades del PIR, denominado Fortalecimiento de la Educación Ambiental en zonas Degradadas por Cultivos Ilícitos en el Ámbito de DEVIDA-Región Ucayali. Que, el Ministerio de Educación, en mérito al Artículo 80º, Literal “c” de la Ley Nº 28044 Ley General de Educación, Elabora los diseños curriculares básicos de los niveles y modalidades del sistema educativo, y establece los lineamientos técnicos para su diversifi cación. Que, la Dirección Regional de Educación, en mérito al Art. 4 de las Funciones Generales, establece en el literal “b” y “c”, el diseño, ejecución y evaluación del proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología y el programa del desarrollo del deporte y recreación de la región, en concordancia con la política educativa nacional; y la diversifi cación de los currículos de su realidad sociocultural, económica, productiva y ecológica respondiendo a las necesidades e intereses de los educandos. Que, el Equipo Técnico PIR – DEVIDA conformado para el cumplimiento e implementación de los componentes de la actividad y con la participación de docentes de los niveles inicial, primaria y secundaria de las instituciones educativas de las Unidades de Gestión Educativa Local de Coronel Portillo y Padre Abad, cumplieron con la elaboración de la Propuesta de Diseño Curricular Diversifi cado con Enfoque Ambiental, aprobado a través de la Resolución Directoral Regional Nº002097-2010-DREU, de fecha 26 de mayo de año dos mil diez. La Dirección Regional de Educación de Ucayali, remite dicho documento al Consejo Regional, para su aprobación mediante Ordenanza Regional, previo debate en el Pleno; Que, estando a lo solicitado, el Pleno del Consejo Regional luego de ser sustentado, debatido y deliberado, ha convenido aprobar el documento denominado “Propuesta de Diseño Curricular Diversifi cado con Enfoque Ambiental-Ucayali”, en mérito a que dicho documento, permitirá contribuir al Proceso de Aplicación del Enfoque Ambiental en las Instituciones Educativas de nuestra Región y al mismo tiempo, prever las acciones que deberá desplegar el Gobierno Regional a través de la Dirección Regional de Educación, para asegurar el desarrollo de capacidades y destrezas de los docentes de EBR; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, artículo 9º y 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modifi cado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Ordinaria Descentralizada de fecha 17 de diciembre del 2010 se aprobó la siguiente Ordenanza Regional. ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR el documento denominado: “Propuesta de Diseño Curricular Diversificado con Enfoque Ambiental”, cuya finalidad será contribuir al Proceso de Aplicación del Enfoque Ambiental en las Instituciones Educativas de la Región Ucayali, y al mismo tiempo prever las acciones que deberá desplegar el Gobierno Regional a través de la Dirección Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, para implementar asegurar el desarrollo de capacidad de los docentes del EBR para facilitar el aprendizaje de los estudiantes. La propuesta de Diseño Curricular Diversificado con Enfoque Ambiental aprobado, consta de ciento dieciocho (118) folios y forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social y Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente para que en coordinación, implementen el documento aprobado. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la publicación de la presente Ordenanza regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación regional y a la Ofi cina de Sistemas su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe); Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta”. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. En Ucayali, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil diez. WILDER JOSÉ ALCUAYO ARGANDOÑA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil diez. LUTGARDO GUTIÉRREZ VALVERDE Presidente Regional (e) 740298-1 Aprueban modificatoria al Cuadro para Asignación de Personal y al Cuadro Nominativo de Personal de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Ucayali ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2011-GRU/CR EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias, en Sesión Extraordinaria de fecha 9 de diciembre del 2011; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 005-2011- GRU/CR de fecha 8 de abril del 2011, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Ucayali, que consta de seis (06) Títulos, siete (07) Capítulos, veintisiete (27) Artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias y Finales. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 009-2009- GRU/CR de fecha 11 de mayo del 2009, se aprueba la modifi cación para la Asignación de Personal – CAP y el Cuadro Nominal de Personal – CNP, de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Ucayali, conteniendo un total de cuarentiún (41) plazas, dieciocho (18) plazas en condición de ocupados y veintitrés (23) plazas en condición de previstos. Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional. Que, de conformidad con lo prescrito en el artículo 35º, inciso c) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional. Del mismo modo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión,