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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de enero de 2012 459577 - INEN, Organismo Público Ejecutor del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar al médico cirujano Gustavo Javier Sarria Bardales, las funciones de Jefe del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, en adición a sus funciones de Sub Jefe Institucional de la mencionada entidad, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 744248-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Tránsito Perú S.A.C. para impartir cursos de capacitación a aspirantes de licencia de conducir de la clase A categoría I RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 4720-2011-MTC/15 Lima, 7 de diciembre de 2011 VISTO: El Parte Diario N° 136355 presentado por la empresa denominada TRANSITO PERU S.A.C. y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 2996-2011- MTC/15 de fecha 10 de agosto de 2011, se autorizó a la empresa denominada TRANSITO PERU S.A.C. en adelante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con RUC N° 20537961091, con domicilio en Jr. San Antonio N° 271 Pueblo Joven José Carlos Mariátegui (parte del primer y todo el segundo piso) distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima; a fi n de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III y clase B categoría IIc; Que, mediante Parte Diario N° 136355 de fecha 17.11.2011, La Escuela solicita autorización para impartir los cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I; Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, además de capacitar a los conductores de la clase A categorías II y III, podrán impartir cursos de capacitación a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento y cuenten con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer párrafo del artículo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modifi cación de autorización de la Escuela de Conductores cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos indicados en el artículo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, en el Informe Nº 065- 2011-MTC/15.03.A.LEGAL.rgy, procede emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada TRANSITO PERU S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, para impartir los cursos de capacitación a quienes aspiran obtener una licencia de conducir de la clase A categoría I, en los locales, con los Instructores y con los vehículos autorizados en la Resolución Directoral Nº 2996-2011-MTC/15. Artículo Segundo.- Remitir a la Dirección de Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; así como encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada SGM INGENIEROS E.I.R.L. los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 742652-1 Autorizan a AGN Ingenieros S.A.C. como taller de conversión a gas natural vehicular en local ubicado en el distrito de Villa El Salvador, departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 4941-2011-MTC/15 Lima, 26 de diciembre de 2011 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 134554, 140654 y 145394 de fechas 15 de noviembre, 28 de noviembre y 07 de diciembre del 2011 respectivamente, la empresa AGN INGENIEROS S.A.C., solicita autorización como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV; en el local ubicado en Parque Industrial del Cono Sur, Parcela I, Mz. B, Lote 6, Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 -modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme Artículo 2 del Decreto Supremo N° 016-2008 MTC, sobre “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV” en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, al sistema