Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2012 (21/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de enero de 2012

de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 101-2011-MTC/15.03. Tall.wce, elaborado por el abogado informante de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada con los documentos senalados en vistos, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de La Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente autorizando a la empresa AGN INGENIEROS S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina diesel o GLP al sistema de combustion de GNV, mediante la incorporacion de un kit de conversion; De conformidad con la Ley 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme Articulo 2 del Decreto Supremo N° 016-2008 MTC. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa AGN INGENIEROS S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para la instalacion del kit de conversion correspondiente, en el local ubicado en MORDAZA Industrial del MORDAZA Sur, Parcela I, Mz. B, Lote 6, Distrito de MORDAZA El MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La empresa AGN INGENIEROS S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 12 de Noviembre del 2012 12 de Noviembre del 2013 12 de Noviembre del 2014 12 de Noviembre del 2015 12 de Noviembre del 2016

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, carga y mercaderias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5°.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa recurrente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 742655-1

Aprueban texto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 121 "Requisitos de Operacion: Operaciones Nacionales e Internacionales, Regulares y No Regulares"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 009-2012-MTC/12 MORDAZA, 10 de enero del 2012 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 0502001-MTC; Que, por su parte, el articulo 7º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante Resolucion Directoral Nº 181-2011-MTC/12, del 16 de junio de 2011, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del texto del proyecto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru ­ RAP 121 "Requisitos de Operacion: Operaciones Nacionales e Internacionales, Regulares y No Regulares"; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del proyecto mencionado, habiendose recibido recomendaciones y sugerencias dentro del procedimiento de revision de las RAP que han sido analizadas y en su caso, consideradas en su texto, por lo que es necesario expedir el acto que apruebe la MORDAZA, el que cuenta con las opiniones favorables de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones, la Direccion de Seguridad Aeronautica, la Direccion de Regulacion y Promocion y la Asesoria Legal, otorgadas mediante memoranda Nº 25022011-MTC/12.07, N° 3347-2011-MTC/12.04, N° 6842011-MTC/12.08 e informe Nº 151-2011-MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC;

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa AGN INGENIEROS S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 23 de Octubre del 2012 23 de Octubre del 2013

Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza 23 de Octubre del 2014 Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza 23 de Octubre del 2015 MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 23 de Octubre del 2016

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