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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2012 (22/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de enero de 2012 459617 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática DECRETO SUPREMO Nº 010-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604 – Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, establece que esta entidad es el organismo central de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadística e informática ofi ciales del país, estando dentro del ámbito de competencia del Sistema Nacional de Estadística los levantamientos censales, estadísticas continuas, las encuestas por muestreo, las estadísticas de población, los indicadores e índices en general, las cuentas nacionales y regionales, entre otros, correspondiendo a dicho Sistema las tareas técnicas y científi cas que se desarrollan con fi nes de cuantifi car y proyectar los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas ofi ciales del país; Que, mediante Ofi cio Nº 054-2012-INEI/OTPP, el INEI ha solicitado recursos adicionales para el año fi scal 2012, para la realización de las acciones de implementación del IV Censo Nacional Agropecuario – IV CENAGRO correspondiente al primer trimestre, para el levantamiento de información para el Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH, y para la generación de información en el marco del Presupuesto por Resultados; Que, el Decreto de Urgencia Nº 055-2011 declara de interés y de prioridad nacional el levantamiento del IV Censo Nacional Agropecuario (IV CENAGRO), encargándole al INEI su ejecución, por lo que se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público en el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de ONCE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 382 894,00), destinada a la ejecución de las acciones preliminares del IV CENAGRO en el año fi scal 2011, habiéndose ejecutado CINCO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CATORCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 573 414,00) debido a la proximidad del cierre del citado ejercicio fi scal, por lo que a efectos de dar continuidad a las acciones relacionadas a la implementación del IV CENAGRO en el primer trimestre, el INEI solicita recursos adicionales en el año fi scal 2012 hasta por la suma de QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15 000 000,00); Que, en atención a lo dispuesto en la Décimo Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, que dispone que todas las acciones vinculadas al SISFOH son asumidas por la entidad pública que tenga a su cargo dicho sistema, la Presidencia del Consejo de Ministros mediante el Ofi cio Nº 254-2012-PCM/SG solicita la suma de CUARENTA MILLONES CUATROCIENTOS OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 408 777, 00) para que el INEI desarrolle las acciones de levantamiento de la información del SISFOH a que hace referencia el numeral 3.3 del artículo 3° del Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM, que permitirán determinar la elegibilidad de los potenciales benefi ciarios del Programa “Pensión 65”, en el marco del Convenio Nº 0015-2011-INEI suscrito entre la PCM y el REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL