Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2012 (26/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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referida a la autorizacion de las fechas del viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marky, autorizandolo del 11 al 17 de febrero de 2012. Asimismo, modificar las fechas del viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mar autorizandolas del 29 de enero al 4 de febrero de 2012 y del 11 al 17 de febrero de 2012. Articulo 2°.- Modificar el articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 014-2012-MINCETUR/DM, en la parte referida a los gastos por concepto de pasajes de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marky, autorizando adicionalmente la suma de US$ 261,30; asimismo, modificar los gastos por concepto de pasajes de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mar en el viaje del 11 al 17 de febrero de 2012, autorizando adicionalmente la suma de US$ 261,30. Articulo 3°.- Quedan vigentes los demas terminos de la Resolucion Ministerial N° 014-2012-MINCETUR/DM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 744395-1

Disponen la prepublicacion del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba los "Lineamientos para la prevencion del MORDAZA de activos y financiamiento del terrorismo, aplicable a las personas naturales y juridicas prestadoras de servicios turisticos, comprendidas en los rubros de agencias de viajes y turismo, hoteles y restaurantes" en el MORDAZA institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 031-2012-MINCETUR/DM MORDAZA, 23 de enero de 2012 Vistos el Informe N° 097-2011-MINCETUR-VMTDNDT-AL-RPVV de la Direccion Nacional de Desarrollo Turistico y el Memorandum Nº 588-2011-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo. CONSIDERANDO: Que, el articulo 27° de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, senala que son prestadores de servicios turisticos las personas naturales o juridicas que participan en la actividad turistica, con el objeto principal de proporcionar servicios turisticos directos de utilidad basica e indispensable para el desarrollo de las actividades de los turistas; asimismo, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo reglamenta en cada caso, a traves de decretos supremos, los requisitos, obligaciones y responsabilidades especificas que deben cumplir los prestadores de servicios turisticos; Que, el Anexo N° 1 de la Ley N° 29408, senala que son prestadores turisticos, entre otros, los que realizan las actividades de servicios de hospedaje, servicios de agencias de viajes y servicios de restaurantes; Que, mediante Ley N° 27693, se crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru (UIF-Peru), entidad con personeria juridica de derecho publico, con autonomia funcional, tecnica y administrativa, encargada de recibir, analizar, tratar, evaluar y transmitir informacion para la deteccion del MORDAZA de activos y/o financiamiento del terrorismo; asi como de coadyuvar a la implementacion por parte de los Sujetos Obligados a informar del sistema para detectar operaciones sospechosas de MORDAZA de activos y/o financiamiento del terrorismo; Que, el subnumeral 6 del numeral 8.2 del articulo 8° de la Ley N° 27693 dispone que quedan obligados a informar a la UIF-Peru, con respecto a transacciones sospechosas y/o operaciones de acuerdo al monto que

fije el Reglamento, las personas naturales o juridicas que se dediquen a las actividades de agencias de viajes y turismo, hoteles y restaurantes; Que, mediante la Ley N° 27765, se aprueba la Ley Penal contra el MORDAZA de Activos, estableciendo las diversas conductas que la configuran; Que, en aplicacion de las normas anteriormente citadas, resulta necesario expedir los lineamientos para la prevencion del MORDAZA de activos y financiamiento del terrorismo, aplicable a las personas naturales y juridicas prestadoras de servicios turisticos, comprendidas en los rubros de agencias de viajes y turismo, hoteles y restaurantes; Que, en atencion al MORDAZA de Transparencia que rige la actuacion de la Administracion Publica y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, es conveniente prepublicar el Proyecto de Decreto Supremo que aprueba los "Lineamientos para la Prevencion del MORDAZA de Activos y del Financiamiento del Terrorismo, aplicable a las personas naturales y juridicas prestadoras de servicios turisticos, comprendidas en los rubros de agencias de viajes y turismo, hoteles y restaurantes"; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del MINCETUR, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General; De acuerdo con los documentos del Vistos; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la prepublicacion en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe) del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba los "Lineamientos para la prevencion del MORDAZA de activos y financiamiento del terrorismo, aplicable a las personas naturales y juridicas prestadoras de servicios turisticos, comprendidas en los rubros de agencias de viajes y turismo, hoteles y restaurantes", durante el plazo de treinta (30) dias, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades publicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, asi como de las personas naturales interesadas. Articulo 2°.- El Viceministerio de Turismo queda encargado de recibir, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba los "Lineamientos para la prevencion del MORDAZA de activos y financiamiento del terrorismo, aplicable a las personas naturales y juridicas prestadoras de servicios turisticos, comprendidas en los rubros de agencias de viajes y turismo, hoteles y restaurantes" al que se refiere el articulo anterior, para posteriormente elaborar el texto definitivo del citado documento. Las propuestas y opiniones seran remitidas al siguiente correo electronico: jcieza@mincetur.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 744976-1

Designan representante del Ministerio ante la Comision Consultiva Tecnica Multisectorial sobre Asuntos de la Organizacion Maritima Internacional (OMI)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 032-2012-MINCETUR/DM MORDAZA, 23 de enero de 2012

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