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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2012 (26/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de enero de 2012 459843 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban Directiva sobre “Procedimientos para la emisión de Consultas Jurídicas, Informes Jurídicos y Dictámenes Dirimentes en la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0024-2012-JUS Lima, 23 de enero de 2012 VISTO, el Informe Legal Nº 018-2011-JUS-DNAJ, de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos; CONSIDERANDO: Que, el Literal a) del Artículo 6º de la Ley Nº 29809 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos establece que es función rectora del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos velar por que la labor del Poder Ejecutivo se enmarque dentro del respeto de la Constitución Política del Perú y la legalidad, brindando la orientación y asesoría jurídica que garantice la vigencia de un Estado Constitucional de Derecho y contribuya al fortalecimiento de la institucionalidad democrática; Que, los Literales b) e i) del Artículo 7º de la mencionada ley señalan como funciones específi cas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos promover la aplicación uniforme del ordenamiento jurídico nacional, así como establecer el criterio dirimente para resolver las opiniones jurídicas discordantes formuladas por las ofi cinas de asesoría jurídica de las entidades del Poder Ejecutivo; Que, asimismo, de conformidad con lo establecido en los Literales b), f) y g) del Artículo 84º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2001- JUS, la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos es competente para coordinar la actividad de las Asesorías Jurídicas y Legales de las entidades del Sector Público a fi n de mantener la coherencia del Sistema Jurídico Nacional, emitir dictámenes dirimentes en expedientes administrativos de las entidades públicas, así como emitir informes y opinión jurídica en los casos sometidos a su consideración; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 395-2001- JUS, publicada el 22 de noviembre de 2001, se aprobó la Directiva Nº 003-2001-JUS/VM sobre “Normas para absolver Consultas Jurídicas y Emitir Informes y Dictámenes Dirimentes en asuntos administrativos”; Que, por Resolución Ministerial Nº 425-2001-JUS, publicada el 11 de diciembre de 2001, se modifi caron diversas disposiciones de la Directiva Nº 003-2001-JUS/ VM; Que, de acuerdo al contexto normativo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos resulta conveniente aprobar una nueva Directiva sobre “Procedimientos para la emisión de Consultas Jurídicas, Informes Jurídicos y Dictámenes Dirimentes en la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos”, con el objeto de regular los procedimientos seguidos ante la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos para emitir Consultas Jurídicas, Informes Jurídicos y Dictámenes Dirimentes, coordinando de esta forma la actividad de las Asesorías Jurídicas y Legales de las entidades del Sector Público, con el fi n de mantener la coherencia del Sistema Jurídico Nacional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 019-2001- JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación.- Aprobar la Directiva Nº 001-2012-JUS/VM-DNAJ sobre “Procedimientos para la emisión de Consultas Jurídicas, Informes Jurídicos y Dictámenes Dirimentes en la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disposición derogatoria.- Derogar la Directiva Nº 003-2001-JUS/VM, sobre “Normas para absolver Consultas Jurídicas y emitir Informes y Dictámenes Dirimentes en asuntos administrativos”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 395-2001- JUS, incluyendo sus modifi catorias. Artículo 3º.- Disposición Transitoria sobre los procedimientos en trámite.- Disponer que la Directiva aprobada en el Artículo 1º de la presente Resolución sea de aplicación a los procedimientos en trámite ante la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos DIRECTIVA Nº 001-2012-JUS/VM-DNAJ PROCEDIMIENTOS PARA LA EMISIÓN DE CONSULTAS JURÍDICAS, INFORMES JURÍDICOS Y DICTÁMENES DIRIMENTES EN LA DIRECCIÓN NACIONAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Formulada por : Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos Tipo de Directiva : Directiva General 1. OBJETIVO Regular los procedimientos seguidos ante la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para emitir Consultas Jurídicas, Informes Jurídicos y Dictámenes Dirimentes, coordinando la actividad de las Asesorías Jurídicas y Legales de las entidades del Sector Público con el fi n de mantener la coherencia del Sistema Jurídico Nacional. 2. BASE LEGAL 2.1 Artículos 4º (Literal f), 6º (Literal a) y 7º (Literales b e i) de la Ley Nº 29809 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 2.2 Artículos 83º y 84º (Literales b, f y g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS. 3. ALCANCE 3.1 La presente Directiva es de aplicación solo a las solicitudes de opinión jurídica formuladas por las entidades de la Administración Pública. 3.2 Para los efectos de la presente Directiva se entiende por entidades de la Administración Pública a aquellas comprendidas en los Numerales 1 al 7 del Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, las comisiones y entidades administradoras de fondos intangibles de la seguridad social previstas en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejectivo, todas las demás entidades que realicen función pública y las empresas del Estado. 3.3 Las solicitudes de asesoría jurídica presentadas por personas o entidades distintas a las mencionadas en el Numeral 3.2 precedente serán declaradas improcedentes por la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos. 4. RESPONSABILIDAD La Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos es el órgano responsable de la aplicación, seguimiento y evaluación de la presente Directiva.