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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2012 (28/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de enero de 2012 460024 medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Artículo 37º, 38 y 39 de la Ley Nº 27444, establece el contenido, los lineamiento que se debe seguir para su aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos así como las consideraciones para estructurar el procedimiento en este caso se está incluyendo y exigiendo como requisito para la realización de cada procedimiento administrativo aquellos que razonablemente son indispensables para obtener el pronunciamiento correspondiente, atendiendo además a sus costos y bene¿ cios; Que, es preciso señalar que mediante Ordenanza Nº 089-2011-MDP/C se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, la misma que ha sido observada en el proceso de rati¿ cación por el Servicio de Administración Tributaria –SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante O¿ cio Nº 004-090-00007111 de fecha 26 de agosto del 2011, el SAT – MML devuelve el TUPA con el Informe Nº 004-181-00000318 en la cual emite la evaluación Legal y la Evaluación Técnica otorgando 20 días hábiles para subsanar dichas observaciones para proceder a su rati¿ cación. Que, con Informe Nº 124-2011-MDP/OPP la O¿ cina de Planeamiento y Presupuesto presenta el levantamiento de observaciones del Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA planteadas por el SAT, asimismo indica que se han tomando en consideración la Ordenanza Nº 607 de Lima Metropolitana, en el cual se regulan los procedimientos de rati¿ cación de Ordenanzas Distritales para la provincia de Lima y aplicando las orientaciones técnicas establecidas en la Directiva Nº 001-006-00000001 del Servicio de Administración Tributaria (SAT –MML) que aprueba la Directiva sobre determinación de costos de los servicios y procedimientos administrativos que dan origen a tributos para efectos de la rati¿ cación de Ordenanzas Municipales Distrital y especialmente tomando en consideración los procedimientos aprobados por el SAT; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Artículo 9° de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto UNÁNIME de los señores Regidores, se aprobó la siguiente: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC. Artículo Primero.- APROBAR El Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA 2011 de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, así como los derechos, requisitos, formatos, formularios y costos contenidos en el mismo, que como anexo forma parte de la presente Norma. Artículo Segundo.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 089-2011-MDP/C de fecha 28 de junio del 2011 que aprueba el “Texto Único De Procedimiento Administrativo” – TUPA. Artículo Tercero.- DISPONER se dé cumplimiento a las disposiciones complementarias que rigen la publicación del TUPA y de Estructura de Costos correspondiente Artículo Cuarto.- REMITIR la presente Ordenanza a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su correspondiente rati¿ cación de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que rati¿ que la Ordenanza que Aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, en el Diario O¿ cial El Peruano. Regístrese, comuníque, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 746941-1 Aprueban Reglamento que establece las especificaciones, diseño de características de vehículo menor autorizado y señal vertical informativa de paradero autorizado en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2012-MDP/A Pachacámac, 06 de enero de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC, VISTO: El Informe Nº 212-2011-MDP/GDUR-SGTOV e Informe Nº 316-2011-MDP/OAJ y el proyecto “REGLAMENTO QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES, DISEÑO DE CARACTERÍSTICAS DE VEHÍCULO MENOR AUTORIZADO, Y SEÑAL VERTICAL INFORMATIVA DE PARADERO AUTORIZADO”, y; CONSIDERANDO; Que, el Articulo 194º de la Constitución Política del Perú, modi¿ cada por Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local y personería jurídica de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el Artículo 195º de la norma acotada, señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales del desarrollo. Que, el Artículo 73º concordado con el Artículo 81º de la Ley Nº 27972, preceptúa que los gobiernos locales son competentes en materia de transito, circulación y transporte público; así como otorgar licencias para la circulación de vehículos menores; Que, el inciso 18.1) del Artículo 18º de la Ley Nº 27189 “Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre dispone que son competencias de las Municipalidades Distritales la regulación del servicio de transporte en vehículos menores, de igual modo, reconoce el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, complementario y auxiliar, como medio de transporte vehicular y terrestre; Que, el numeral 8.3) del Artículo 30º de la Ordenanza Nº 026-2008/MDP establece que es obligación de la persona jurídica comunicar a sus propietarios cumplan con la constatación de características de sus vehículos menores, la misma que desarrollará de forma anual y obligatoria, asimismo el numeral 10) establece que las personas jurídicas instalarán un letrero con la indicación de paradero autorizado, abonando por única vez el 1% de la UIT; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42º de la Ley Nº 27972, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e¿ ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, a ¿ n de ordenar y reglamentar las constataciones de características técnicas e identi¿ car los paraderos autorizados en todo el Distrito de Pachacámac, resulta necesario regular las especi¿ caciones, diseños de características de los vehículos menos, así como de la señal vertical informativa de paradero autorizado en la jurisdicción del Distrito. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR, el “REGLAMENTO QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES, DISEÑO DE CARACTERÍSTICAS DE VEHÍCULO MENOR AUTORIZADO, Y SEÑAL VERTICAL INFORMATIVA DE PARADERO AUTORIZADO EN EL DISTRITO DE PACHACÁMAC” el