Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2012 (28/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de enero de 2012

el derecho fundamental de acceso a la informacion que tiene rango constitucional, prescribiendose en su articulo 3 que todas las actividades y disposiciones de las entidades comprendidas en esta ley, estan sometidas al MORDAZA de publicidad; y, en tal sentido toda informacion que posee el Estado se presume publica salvo las excepciones expresamente previstas en el articulo 15 de la mencionada ley. Que, el referido articulo 3 prescribe ademas que la entidad publica designara un responsable de entregar la informacion solicitada, por lo que en atencion a dicha disposicion mediante Resolucion Administrativa N° 0542007-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resolvio designar a los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia de la Republica o a los funcionarios que estos designen, como responsables de brindar la informacion a que se re MORDAZA el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806, dentro del ambito de su competencia, esto teniendo en consideracion su condicion de representante del Poder Judicial en su respectivo Distrito judicial, y, la necesidad de brindar la informacion con que cuente de forma oportuna. Que, en consecuencia mediante la presente se procede a designar al servidor que en el ambito de la Corte Superior de Justicia de Huaura, sera el responsable de proporcionar la informacion a que se hace referencia en los considerandos precedentes, a partir de la fecha. Que, por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3 y 9 articulo 90º del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial; RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha como Responsable del brindar la informacion a que se re MORDAZA el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806- Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, a la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Secretaria General de la Corte Superior de Justicia de Huaura. Articulo Segundo.- DISPONER que los magistrados, responsables de las areas administrativas y personal administrativo y jurisdiccional de nuestra Corte Superior, faciliten la documentacion o informacion que les sea solicitada, como consecuencia de lo dispuesto en el articulo precedente y dentro de los plazos establecidos en la normatividad sobre la materia. Articulo Tercero.- Poner la presente Resolucion Administrativa, en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Presidencia del Poder Judicial, de la O cina de Control de la Magistratura, de la O cina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de Huaura, de los organos jurisdiccionales de la Corte Superior, de las Areas Administrativas, de la servidora designada y de los interesados para los nes consiguientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de Huaura

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ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Modifican el Reglamento de Infracciones y Sanciones y la Res. Nº 085-2007-CG
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 041-2012-CG
MORDAZA, 27 de enero de 2012 Visto, la Hoja Informativa Nº 001-2012-CG/SGE de la Secretaria General y Asuntos Externos de la Contraloria General de la Republica, mediante la cual se propone la modi cacion del Reglamento de Infracciones y Sanciones, y de la Resolucion de Contraloria N° 085-2007-CG; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria N° 367-2003CG, se aprobo el Reglamento de Infracciones y Sanciones,

el cual tiene por objeto desarrollar el ejercicio de la facultad sancionadora de la Contraloria General de la Republica, destinada a la proteccion de las normas que permitan el funcionamiento del control; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 44° del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Contraloria General de la Republica, mediante Resolucion de Contraloria, a propuesta de la Secretaria General y Asuntos Externos, se constituira un Comite Sancionador Permanente de Primera Instancia, conformado por tres (03) Gerentes de Linea como titulares, y tres (03) suplentes, facultado para expedir Resoluciones, imponiendo sanciones o resolviendo las reconsideraciones interpuestas; asi como un Comite Sancionador Permanente de MORDAZA Instancia, integrado por tres (03) Gerentes Centrales de Linea como titulares, y hasta tres (03) funcionarios suplentes, encargado de resolver las apelaciones que se interpongan, expidiendo las Resoluciones respectivas; Que, en ese sentido, mediante Resolucion de Contraloria N° 085-2007-CG que modi co la Resolucion de Contraloria N° 242-2006-CG, se constituyeron los Comites Sancionadores de Primera y MORDAZA Instancia, designandose a sus Miembros Titulares y Miembros Suplentes; Que, mediante Resolucion de Contraloria N° 3852011-CG publicada el 30 de diciembre de 2011, se aprobo la version actualizada del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la Contraloria General de la Republica, modi candose la estructura organica, asi como la denominacion y asignacion de competencias de las unidades organicas a cargo de los Gerentes y los funcionarios, designados como Miembros Titulares y Miembros Suplentes en la Resolucion de Contraloria N° 085-2007-CG; Que, en ese sentido, de acuerdo a los cambios efectuados en la estructura organica de este Organismo Superior de Control, asi como a lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444, en cuyo articulo 66°, dispone que "si durante la tramitacion de un procedimiento administrativo, la competencia para conocerlo es transferida a otro organo o entidad administrativa por motivos organizacionales, en este continuara el procedimiento sin retrotraer etapas ni suspender plazos", resulta necesario modi car el articulo 44° del Reglamento de Infracciones y Sanciones, asi como la Resolucion de Contraloria No 085-2007-CG, que designo a los Miembros Titulares y Miembros Suplentes de los Comites Sancionadores Permanentes de Primera Instancia y MORDAZA Instancia, respectivamente; Que, los articulos 49° y 53° del Reglamento de Infracciones y Sanciones estan referidos, respectivamente, al plazo de cinco (05) dias que tiene el Comite Sancionador Permanente de Primera Instancia para resolver; y, al plazo de diez (10) dias que tienen los Comites Sancionadores Permanentes de Primera o MORDAZA Instancia, segun corresponda para resolver, cuando se presenta un recurso impugnativo; Que, de acuerdo al documento de visto, se considera necesaria para una optima resolucion por parte de los Comites Sancionadores Permanentes de Primera y MORDAZA Instancia, la modi cacion respecto de los plazos previstos en los articulos mencionados en el parrafo precedente; Que, la e cacia anticipada establecida en el articulo 17.1° de la Ley N° 27444 senala que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga e cacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e cacia del acto el supuesto de hecho justi cativo para su adopcion, resultando aplicable para el caso, debido a los cambios organizacionales de este Organismo Superior de Control; En uso de las facultades previstas en los articulos 22° y 32° de la Ley N° 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modi car, con e cacia anticipada al 10 de enero de 2012, el articulo 44° del Reglamento de Infracciones y Sanciones, conforme al texto siguiente: "Articulo 44°.- Organo Sancionador Es aquel facultado para imponer sanciones segun lo establecido en la normativa, asi como para dictar medidas

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