Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2012 (28/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

460017

Que la tendencia mundial en las modernas universidades, esta enfocada en el desarrollo de capacidades de investigacion y una de las competencias a nivel internacional es la capacitacion en habilidades, destrezas en pre y post grado, relacionadas al ambito de la investigacion; Que, es necesario ingresar a un MORDAZA de optimizacion y aportes a la produccion de conocimientos cienti co, tecnologico y humanistico. En tanto la investigacion cienti ca permite con rmar/comprobar las teorias; ampliarlas o desmentirlas i/o generar nuevos conocimientos; su primera utilidad sera fortalecer, enriquecer y ampliar los conocimientos, los mismos que se traduciran en nuevos temas dentro de asignaturas, creacion de nuevas asignaturas y nuevas areas academicas, todas las cuales permitiran otorgar calidad a la ensenanza-aprendizaje durante la formacion profesional de los estudiantes a traves de nuevas formas y procesos, asi como mediante e innovaciones pedagogicas. Que, la solucion de esta compleja problematica requiere de cambios profundos que permitan relanzar a nuestra Universidad mediante la creacion del Vicerrectorado de Investigacion Cienti ca, Tecnologica y Humanistica, debidamente organizada e implementada con recursos presupuestarios, ademas de un soporte administrativo; Que, la creacion y organizacion de un sistema de investigacion, a traves del Vicerrectorado de Investigacion; permitira mejorar la ensenanza cienti ca, tecnologica y humanistica en la formacion profesional de nuestros estudiantes y asi aportar con soluciones o respuestas a las problematicas de nuestra sociedad; Que, el parrafo MORDAZA del articulo 18 de la Constitucion Politica del Peru, consagrada la autonomia universitaria, previendo autonomia en el regimen normativo, de gobierno, academico, administrativo y economico. Dicha MORDAZA de nivel constitucional, debe concordarse con el articulo 4 de la Ley Universitaria 23733, el cual prescribe, que la autonomia es inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitucion y las leyes de la republica e implica entre otros, aprobar su propio Estatuto y gobernarse de acuerdo con el; ademas debe tenerse presente el literal c) del articulo 4 del Estatuto Universitario, relacionado a la autonomia normativa, que denota la potestad de elaborar y sancionar su Estatuto; Que, en este sentido en la Sesion Ordinaria de la Asamblea Universitaria efectuada el dia 25 y 27 de octubre de 2011 respectivamente, se puso a consideracion del Pleno del Organo de Gobierno los O cios Nº 004 y 005CAU-CVI-UNSAAC-2011, presentado por el Presidente de la Comision de Asamblea Universitaria que contiene el Proyecto de modi cacion del Estatuto para la creacion del Vicerrectorado de Investigacion, el mismo que luego de las deliberaciones pertinentes el pleno acordo por unanimidad Suprimir el Vicerrectorado Administrativo de la Estructura Organica de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA y Crear el Vicerrectorado de Investigacion dentro de la Estructura Organica de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, Que, por lo tanto, en consonancia con lo previsto por el literal a) del articulo 29 de la Ley Universitaria Nº 23733, concordante con el literal a) del articulo 147 del Estatuto Universitario, debe modi carse los articulos del actual Estatuto de la UNSAAC, vinculados a la supresion del Vicerrectorado Administrativo y creacion del Vicerrectorado de Investigacion; Estando a lo expuesto en la presente Resolucion y en virtud del Art. 29 inc. a) de la Ley Universitaria Nro 23733 y Art. 147 inc. a) del Estatuto Institucional. RESUELVE: Primero.- SUPRIMIR el Vicerrectorado Administrativo de la Estructura Organica de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.APROBAR LA CREACION DEL VICERRECTORADO DE INVESTIGACION dentro de la Estructura Organica de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Tercero.- APROBAR LA MODIFICACION DEL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA, conforme al Proyecto alcanzado por la Comision Especial elegida en Asamblea

Universitaria con las recomendaciones, aclaraciones y precisiones vertidas por el pleno de la Asamblea Universitaria Cuarto.- ENCARGAR a la Comision Especial elegida en Asamblea Universitaria, presidida por el MGT. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, incorporar en el actual Estatuto Universitario las modi catorias estatutarias consecuencia de la supresion del Vicerrectorado Administrativo y creacion del Vicerrectorado de Investigacion, conforme al anexo que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector

735736-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Otorgan concesion definitiva de generacion con recursos energeticos renovables a favor del Consorcio Electrico de Villacuri S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 003-2012-GRL-GRDE-DREM
MORDAZA, 23 de enero de 2012 VISTOS: El expediente tecnico con registro Nº 300344, del 05/08/2011, seguido por la empresa Consorcio Electrico de VillacurI SAC (COELVISAC), con RUC 20178344952, con domicilio legal en la Av. MORDAZA MORDAZA Belaunde Nº 147, Edificio Real 5, Oficina Nº 102. Distrito de San MORDAZA, Departamento de MORDAZA, persona juridica inscrita en la Partida N° 11000540 del registro de personas juridicas de la MORDAZA Registral Nº X1 sede Ica, representada por su Apoderado Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 09165867 y su Gerente Administrativa Financiera Sra. MORDAZA MORDAZA Arriz MORDAZA, identificada con DNI Nº 09379862, sobre concesion definitiva de generacion con recursos renovables de energia electrica de la Central Hidroelectrica CoelviHidro 1 - Quipico, asi como el Informe Nº 183-2011-GRL-GRDE-DREM/CHLO. CONSIDERANDO: Que, el inciso "d" del articulo 59° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que es funcion de los Gobiernos Regionales "Impulsar proyectos y obras de generacion de energia y electri cacion MORDAZA rurales, asi como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Region. Asimismo, otorgar concesiones para mini centrales de generacion electrica"; transferencia formalizada mediante Resolucion Ministerial Nº 050-2006-MEM/DM, publicada en el Diario O cial El Peruano con fecha 18 de noviembre del 2006. Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 503-2007-PRES se aprobo el Manual de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, en la cual se establece que el Director Regional de Energia y Minas tiene dentro de sus funciones especificas "Impulsar proyectos y obras de generacion de energia y electrificacion MORDAZA rurales, asi como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Region. Asimismo, otorgar concesiones para minicentrales de generacion electrica"; Que, el procedimiento administrativo de otorgamiento de concesion de nitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables (RER) se encuentra regulado en las disposiciones contenidas en los articulos 3° y 38° del

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