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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de enero de 2012 460019 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional Piura ORDENANZA REGIONAL N° 232-2011/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modi¿ cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modi¿ catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modi¿ cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el Artículo 35° de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, establece que cada región constituye en ella un Centro Regional de Planeamiento Estratégico como parte del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, de fecha 26 de julio del 2006, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las Entidades de la Administración Pública; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 111-2006/ GRP-CR, publicada en el Diario O¿ cial “El Peruano” el 10 de septiembre del 2006, se aprobó, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Piura; el cual ha sido modi¿ cado por Ordenanza Regional N° 194-2010/GRP-CR, Ordenanza Regional N° 214-2011/ GRP-CR, Ordenanza Regional N° 217-2011/GRP-CR y Ordenanza Regional N° 222-2011/GRP-CR; Que, el Acuerdo Nacional en su Quinta Política de Estado consagró el compromiso de impulsar las acciones del Estado sobre la base de un planeamiento estratégico que oriente los recursos y concerte las acciones necesarias para alcanzar los objetivos nacionales de desarrollo, crecimiento y adecuada integración a la economía global; Que, mediante Memorándum N° 004-2011/GRP-100010 de fecha 07 de diciembre del 2011, Presidencia Regional del Gobierno Regional Piura dispone la elaboración de un informe sobre la creación del Centro Regional de Planeamiento Estratégico –CEPLAR; asimismo, se realicen las acciones necesarias para la creación de esta unidad orgánica; Que, mediante Informe Nº 230-2011/GRP-410300, de fecha 20 de diciembre del 2011, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, concuerda se modi¿ que el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Piura, y con Informe Nº 2524-2011/GRP-460000 de fecha 20 de diciembre del 2011, la O¿ cina Regional de Asesorìa Jurídica concluye que es procedente la aprobación del proyecto de modi¿ cación del Reglamento de Organización y Funciones ROF del Gobierno Regional Piura, por lo que compete al Consejo Regional emitir la Ordenanza Regional correspondiente; Que, el objetivo general del CEPLAR es institucionalizar un proceso de planeamiento que revalore el territorio y su entorno, identi¿ cando y priorizando ejes estratégicos de desarrollo que permitan una mejor orientación, coordinación y articulación de la gestión del Gobierno Regional con la sociedad civil y el sector privado para potenciar el desarrollo humano en el largo plazo; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 26-2011, de fecha 27 de diciembre del 2011, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA. Artículo Primero.- Modi¿ car los artículos 14°, 69° y 71° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional Piura, aprobado con Ordenanza Regional N° 111-2006/GRP-CR, modi¿ cado con Ordenanza Regional N° 194-2010/GRP-CR, Ordenanza Regional N° 214-2011/GRP-CR, Ordenanza Regional N° 217-2011/ GRP-CR y Ordenanza Regional N° 222-2011/GRP-CR, quedando los artículos de la forma siguiente: “Artículo 14º .- De la Estructura Orgánica A.- ORGANOS DE ALTA DIRECCION - PRESIDENCIA REGIONAL (…) - Centro Regional de Planeamiento Estratégico – CEPLAR. - Dirección de Prospectiva y Desarrollo Regional. - Dirección de Monitoreo y Evaluación.” “Artículo 69°.- Funciones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial: Son funciones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial: (…) b.- Conducir y supervisar los procesos de formulación y evaluación del Plan Estratégico Institucional, Plan Operativo Institucional, y el Presupuesto Participativo orientado a resultados del Gobierno regional Piura. (…) “ARTICULO 71º.- Funciones de la Sub Gerencia Regional de Planeamiento, Programación e Inversión. La Sub Gerencia Regional de Planeamiento, Programación e Inversión cumple con las funciones siguientes: a.- Programar, formular, evaluar y actualizar los Planes mencionados en el artículo 69° (b) en concordancia con los Planes Nacionales y el Plan Regional de Desarrollo Concertado. b.- Participar en el desarrollo del proceso de Presupuesto Participativo. c.- Coordinar y asesorar las acciones de desarrollo en zona de frontera. d.- Coordinar y Asesorar la aplicación de la estrategia focalizada de lucha contra la pobreza extrema en el ámbito de la Región. e.- Efectuar coordinaciones en materia de plani¿ cación del desarrollo con las entidades que integran los Órganos Consultivos del Gobierno Regional Piura. f.- Elaborar la Memoria Anual del Gobierno Regional Piura. g.- Programar, formular, evaluar y supervisar el Plan Operativo Institucional.