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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (01/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de febrero de 2012 460173 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Res. N° 669-2011-MDLM-GDUPC-SGOPHU.- Aprueban recepción de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito 460213 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Ordenanza N° 213-2011-MDPH.- Modi fi can la Ordenanza N° 0023-2003-MDPH que prohíbe realizar construcciones en el distrito en temporada de verano 460214 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Ordenanza N° 131-MDSL.- Aprueban incentivos por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios del ejercicio 2012 460214 Ordenanza N° 132-MDSL.- Establecen tope de incremento de Arbitrios Municipales para el Año 2012 a los predios destinados a casa habitación 460215 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA D.A. N° 00001-2012/MDSA.- Aprueban Reconversión de los Términos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el TUPA de la Municipalidad 460216 MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Ordenanza N° 098-MCPSMH.- Aprueban fechas de vencimiento para el pago de Arbitrios e Impuesto Predial y fi jan monto de emisión mecanizada, distribución de cuponeras y determinan monto mínimo del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2012 460217MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO D.A. N° 02-2012-MSS.- Establecen Ratio de Estacionamiento para Ampliación de Centros Comerciales Existentes y con Licencia y/o Declaratoria de Fábrica en el distrito, ubicados en zonas cali fi cadas como CZ o CM 460218 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TALARA Acuerdo N° 03-01-2012-MPT.- Declaran en situación de emergencia los servicios de saneamiento del distrito, respecto al Servicio de Agua Potable y Alcantarillado 460219 SEPARATA ESPECIAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Res. N° 003-2012-CD-OSITRAN.- Modi fi cación del Reglamento General de Tarifas de OSITRAN 458641 Res. N° 004-2012-CD-OSITRAN.- Reglamento de usuarios de la Infraestructura Vial, Ferroviaria y del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo 458660 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de la Primera Vicepresidenta de la República a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 033-2012-PCM Lima, 31 de enero de 2012CONSIDERANDOQue, atendiendo a la invitación formulada por el Vicepresidente Constitucional de la República del Ecuador, la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República viajará a la Ciudad de Quito, República del Ecuador, del 6 al 7 de febrero del 2012, con la fi nalidad de conocer in situ las actividades que desarrolla la Vicepresidencia Constitucional de la República del Ecuador, respecto del programa “Misión Solidaria Manuela Espejo”, que se encuentra dirigido en bene fi cio de las personas con discapacidad de la República del Ecuador; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el viaje correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 6 al 7 de febrero de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo al Pliego de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA) US$ 1,539.42 Viáticos US$ 400.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar, ante la entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 748173-3