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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (01/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de febrero de 2012 460184 más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo Artículo y conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias; De conformidad con la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Corbeta Elías Yuséf Mikhail HONORIO Gutiérrez, CIP. 00928549 y DNI. 16774580, para que participe en el Intercambio de O fi ciales en el área de Inteligencia, a realizarse en Puerto Leguízamo, República de Colombia, del 01 de febrero de 2012 al 31 de enero de 2013. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo (Ida): Lima - Bogotá (COLOMBIA) US$ 916.74 x 1 persona (Incluye TUUA) Pasaje Aéreo: Bogotá - Puerto Leguízamo US$ 340.00 x 1 persona Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 2,900.00 x 11 meses x 1 persona Gastos de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 2,900.00 x 1 Compensación x 1 persona Artículo 3°.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4°.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5°.- El O fi cial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6°.- El mencionado Personal Naval revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Comisión de Servicio.Artículo 7°.- El citado O fi cial Superior está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a la exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 748173-11 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionarios para participar en la V Ronda de Negociación entre Perú y Venezuela para un Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 088-2012-EF/43 Lima, 31 de enero de 2012Visto el Memorando Nº 025-2012-EF/15.01 de fecha 27 de enero de 2012 y la Nota Nº 040-2012-EF/62.01 de fecha 27 de enero de 2012 de la Viceministra de Economía y del Director General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, respectivamente, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO:Que, por Facsímil Circular Nº 12-2012-MINCETUR/VMCE/ DNINCI, el Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Vice Ministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participación de funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas en la V Ronda de Negociación entre Perú y Venezuela para un Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial entre la República del Perú y la República Bolivariana de Venezuela, los días 2 y 3 de febrero de 2012 en la ciudad de Caracas, en la cual se negociarán los aspectos correspondientes a Tratamiento Arancelario Preferencial, Reglas de Origen y Solución de Diferencias; Que, mediante O fi cio Nº 024-2012-EF/15.01 la Viceministra de Economía comunica la designación de los señores Luis Monroy Rojas y José Carlos Farfán Vásquez, para participar en la Ronda mencionada en el considerando precedente; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 dispone que los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar los viajes solicitados, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las