Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2012 (01/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de febrero de 2012

Decreto Supremo N° 009-2010-JUS y realizarse las modificaciones descritas en los parrafos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; en el numeral 3 del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia aprobado por Decreto Supremo N° 019-2001-JUS; DECRETA: Articulo 1°.- Dejar sin efecto la MORDAZA Disposicion Complementaria del Decreto Supremo N° 009-2010-JUS, que dispuso designar un Procurador Publico Especializado en el cobro de reparaciones civiles provenientes de sentencias condenatorias por los delitos de corrupcion tipificados en el Titulo XVIII, Capitulo II, Secciones II, III y IV; en los articulos 317, 404 y 405 del Codigo Penal; y otros delitos conexos tipificados en dicho cuerpo normativo. Articulo 2°.- Dejar sin efecto la Tercera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo N° 009-2010-JUS, que dispuso designar un Procurador Publico Especializado en el cobro de reparaciones civiles provenientes de sentencias condenatorias por los delitos de terrorismo tipificados en el Decreto Ley N° 25475 y en el Titulo XIV del Codigo Penal relacionado con dicho delito. Articulo 3°.- Establecer que en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendarios la Procuraduria Publica Especializada en Delitos de Corrupcion reasuma la tramitacion del cobro de las reparaciones civiles provenientes de sentencias condenatorias por los delitos de Corrupcion tipificados en las Secciones II, III y IV del Capitulo II del Titulo XVIII del Libro MORDAZA del Codigo Penal. Asimismo, debera en el referido plazo la Procuraduria Publica Especializada en Delitos de Terrorismo continuar con el cobro de las reparaciones civiles provenientes de sentencias condenatorias por los delitos de terrorismo tipificados en el Decreto Ley N° 25475 y en el Titulo XIV del Codigo Penal, debiendo MORDAZA Procuradurias informar a la Secretaria Tecnica del Consejo de Defensa Juridica del Estado el cumplimiento de la presente disposicion. Articulo 4°.- Modificar el numeral 1.1. del articulo 1º del Decreto Supremo N° 009-2010-JUS, del modo siguiente: "1.1. El procedimiento para el pago de la reparacion civil a favor del Estado en aplicacion de la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1068 del Sistema de Defensa Juridica del Estado, esto es, la reparacion civil que deba pagarse a favor del Estado en casos de procesos seguidos sobre delitos de corrupcion tipificados en las Secciones II, III y IV del Capitulo II del Titulo XVIII del Libro MORDAZA del Codigo Penal; se cenira a lo siguiente: ( ... ) ". Articulo 5°.- Modificar el articulo 2° del Decreto Supremo N° 009-2010-JUS, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 2º.- Incorporacion de recursos. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de los recursos por concepto de reparacion civil que deba pagarse a favor del Estado, en casos de procesos seguidos sobre delitos de corrupcion tipificados en las Secciones II, III y IV del Capitulo II, del Titulo XVIII del Libro MORDAZA del Codigo Penal". Articulo 6º.- Modificar el inciso "a" del numeral 3.1. del articulo 3° del Decreto Supremo N° 009-2010-JUS, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "a. Se debera destinar un porcentaje no menor al 25% del monto senalado en el certificado de consignacion, para garantizar el accionar del Procurador Publico Especializado en Delitos de Corrupcion, en el cobro de la reparacion civil proveniente de sentencias condenatorias por Delitos de Corrupcion tipificados en las Secciones II, III y IV del Capitulo II del Titulo XVIII del Libro MORDAZA

del Codigo Penal, pudiendo tambien utilizarse este monto para financiar cursos de capacitacion." Articulo 7°.- Establecer que con la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, las facultades de los Procuradores Publicos Especializados en el cobro de Reparaciones Civiles provenientes de los delitos de corrupcion y terrorismo contempladas en cualquier otra MORDAZA complementaria a dichas materias, son asumidas por el Procurador Publico Especializado en Delitos de Corrupcion y por el Procurador Publico Especializado en Delitos de Terrorismo, respectivamente. Articulo 8°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de enero del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 748173-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Dan por concluidas designaciones de representantes del Ministerio ante Nucleos Ejecutores a que se refieren las RR.MM. Nºs. 068, 069, 458 y 7932010-MIMDES y D.U. Nº 058-2011
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 012-2012-MIMP MORDAZA, 31 de enero de 2012 Vista, la Nota Nº 008-2012-MIMDES/DVMDS del Despacho Viceministerial de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 068-2010MIMDES se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES ante los Nucleos Ejecutores encargados de la adquisicion de buzos y de carpetas de MORDAZA o madera/metal, conformados por Decreto Supremo Nº 001-2009-MIMDES; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 069-2010MIMDES se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES ante los Nucleo Ejecutor de Uniformes Interior ­ Ropa Hospitalaria, conformado por Decreto Supremo Nº 014-2009-MIMDES; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 458-2010MIMDES se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES ante los Nucleos Ejecutores encargados de la adquisicion de uniformes escolares y de chompas, conformados por Decreto Supremo Nº 0012009-MIMDES; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 793-2010MIMDES se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, en reemplazo del senor MORDAZA MORDAZA Villasante MORDAZA ante los Nucleos Ejecutores integrados por este ultimo y conformados en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 015-2009 y del Decreto de Urgencia Nº 100-2009; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 404-2011MIMDES se designo a la senora MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA Belleza como representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES ante los Nucleos Ejecutores

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