Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2012 (04/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de febrero de 2012

y Modificatoria, establece que "Las Municipalidades Distritales, deberan de constituir para su jurisdiccion la Comision Tecnica Mixta Distrital que tendra como finalidad, promover el desarrollo y fiscalizacion del cumplimiento de la presente Ordenanza y de las normas que dicta la Municipalidad Distrital, asi como proponer disposiciones legales; Que, durante el ano 1999, se conformo por primera vez en el Distrito de San MORDAZA de Lurigancho la Comision Tecnica Mixta para buscar la solucion a la problematica del servicio de transporte publico en vehiculos menores, la cual tuvo un relativo tiempo de vigencia. Asimismo desde hace varios anos, a la fecha actual, dicha Comision permanecio totalmente inactiva, privando a nuestra Municipalidad de contar con un importante organo que se constituya en un valioso espacio para coordinar, concertar y priorizar entre la Municipalidad Distrital, los representantes de las Organizaciones de Transportistas en vehiculos menores y la Policia Nacional del Peru; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2000/ MDSJL, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Lurigancho, aprobo el "Reglamento del Servicio Publico de Transporte Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores", modificada con el Articulo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 0342004/MDSJL y demas modificatorias; Que, mediante Ordenanza Nº 141 de fecha 22/05/2008 se conformo la Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, integrado, entre otros, por tres funcionarios de esta corporacion municipal, el Gerente de Desarrollo Economico, el Gerente de Asesoria Juridica y el Sub Gerente de Control, Operaciones y Sanciones; Que, mediante Ordenanza Nº 187 de fecha 04/02/2010, precisada mediante Ordenanza Nº 190 de fecha 15/03/2010, se modifico el organigrama estructural de esta Corporacion Municipal. Que, mediante Ordenanza Nº 194 de fecha 20/05/2010 se modifico el articulo primero de la Ordenanza Nº 141 de fecha 22/05/2008 que conforma la Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores en el Distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 055-2010MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 02 de diciembre de 2010, MORDAZA legal que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados, estableciendo en ello en su Septima disposicion complementaria y finales sobre las funciones de la Comision Tecnica Mixta y asimismo se faculta a las municipalidades distritales la regulacion pertinente a lo dispuesto en el precitado decreto; Que, la administracion publica se rige por el MORDAZA de legalidad establecido en el numeral 1.1 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobada por la Ley Nº 27444, en virtud de ello las disposiciones legales comentadas en los considerandos precedentes sustentan la procedencia legal de conformar "La Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores en San MORDAZA de Lurigancho", con lo que se retoma aquel importante espacio de coordinacion y concertacion entre la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, los transportistas y los usuarios de este servicio publico, con el fin de tratar la problematica del mismo y las alternativas necesarias para superarla; Que, sobre la RELACION COSTO - BENEFICIO, debe tomarse en cuenta que: a) El personal administrativo asignado a la Comision Tecnica Mixta no generara ningun gasto corriente en la medida que cumplira dicha funcion con la remuneracion que perciben; b) En relacion a los gastos operativos que demandara el funcionamiento de la Comision Tecnica Mixta, tampoco generara gasto alguno a la Municipalidad, en razon que la Municipalidad cuenta con la infraestructura requerida para dicho funcionamiento, y, c) En consecuencia, la relacion Costo - Beneficio, resulta favorable para nuestra Municipalidad.

En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º y articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y a lo opinado en el Informe Nº 017-12-GAJ/MDSJL y el Informe Nº 175-2011-SGTTVGDE/MDSJL y a lo dispuesto en el Reglamento Interno de Concejo aprobado mediante Ordenanza Nº 134, con el MORDAZA Unanime del pleno del Concejo Municipal y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE CONFORMA LA COMISION TECNICA MIXTA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES Articulo Primero.- La Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho estara integrada por: - Tres (3) Regidores de la Comision de Desarrollo MORDAZA y tres (3) Regidores de la Comision de Servicios Publicos Locales. - Hasta (4) representantes de las organizaciones que agrupen cada uno a no menos del 25 % del total de las personas juridicas debidamente reconocidas por la Municipalidad y que se encuentran autorizadas a prestar el servicio de transporte publico especial en vehiculos menores en el Distrito. - Un (01) representante de la Policia Nacional del Peru. - Tres (3) funcionarios de la Municipalidad: * Gerente de Desarrollo Economico. * Gerente de Asesoria Juridica. * Subgerente de Transporte, MORDAZA y Vialidad Articulo Segundo.- La Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores del distrito de San MORDAZA de Lurigancho estara presidida por el Presidente de la Comision de Desarrollo Urbano. Articulo Tercero.- Establecer que las funciones de la Comision Tecnica Mixta, son: a) Participar en la formulacion de proyectos y planes de desarrollo destinados a fomentar el orden del MORDAZA y el transporte publico en la jurisdiccion del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, para ponerlas a consideracion de la autoridad competente. b) Formular propuestas y/o participar en el analisis de las iniciativas sobre el programa anual de educacion y seguridad vial. c) Promover y difundir los acuerdos destinados a la mejora de la imagen y calidad del servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores. d) Formular propuestas y/o participar en los proyectos de modificacion de las normas complementarias al reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC emitida para la autoridad competente. Articulo Cuarto.- Facultar al Despacho de Alcaldia para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Deroguense todas las Ordenanzas y disposiciones que contravengan lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Economico, a la Subgerencia de Transporte, MORDAZA y Vialidad y a la Secretaria de Imagen Institucional. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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