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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (04/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de febrero de 2012 460407 normas que regulen o reglamenten los asuntos, materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, mediante Ley Nº 29749 se Crea el Parque Industrial de Pucallpa (09-julio del 2011) con el objeto de realizar actividades productivas de la micro, pequeña y mediana empresa; generar empleo sostenible, asociatividad y desarrollo económico y social regional; mejorar y aumentar el nivel de actividad industrial y la planifi cación del desarrollo regional o urbanístico; así como el cuidado y protección del medio ambiente. Que, mediante reunión sostenida por el Consejo Directivo del Parque Industrial de Pucallpa, de fecha 20 de setiembre del 2011 se acordó darle nueva denominación al dicho parque industrial renombrándolo Parque ECO Industrial de Pucallpa en razón a que tenemos como política regional el incluir el concepto ecológico en todas las actividades que implique productividad y el cuidado y protección del medio ambiente, más aún si el Gobierno Regional de Ucayali mediante Acuerdo Regional N° 001- 2007 aprobado en sesión extraordinaria de fecha 08 de enero del 2007, se acordó por unanimidad que, el lema a utilizarse en la presente gestión regional será “Ucayali, Región Ecológica”; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículo 9° y 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modifi cado por la Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Ordinaria de fecha 13 de diciembre del 2011, el Consejo Regional de Ucayali aprobó la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Artículo Primero.- RENOMBRAR al Parque Industrial de Pucallpa, creado mediante Ley Nº 29749, como PARQUE ECO INDUSTRIAL DE PUCALLPA; Artículo Segundo.- ENCARGUESE a la Ofi cina Regional de Administración la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación regional y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe); Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta; Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil once. NILO D. MAGUIÑA VÁSQUEZ Consejero Delegado POR LO TANTO Mando se publique y cumpla Dado en la sede Central del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil once. JORGE VELÁSQUEZ PORTOCARRERO Presidente Regional 748845-3 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003 Lima, 2 de febrero de 2012 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los requisitos y costos de los servicios no exclusivos prestados por las entidades, deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento y no serán incluidos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha compendiado sus servicios no exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, aprobándolo por Decreto de Alcaldía Nº 100 el 15.12.05 y sus modifi catorias; Que, la Gerencia de Educación, Cultura y Deportes con Memorándum Nº 539-2011-MML/GECD propone modifi car la denominación del servicio no exclusivo 14, sus precios y eliminar uno de sus requisitos, según lo detalla, del mismo modo ha propuesto modifi car uno de los precios del servicio no exclusivo 15 y la incorporación de servicios no exclusivos en el literal E del servicio 11 y en los literales F, G, H e I del servicio 12 del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima – MML; De conformidad con los artículos 20º numeral 6), 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Artículo 1º.- Modificar el TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima en el extremo referido a la denominación del servicio no exclusivo 14 de la Gerencia de Educación, Cultura y Deportes, “Alquiler de kioskos y publicidad en las infraestructuras deportivas” por el de “Alquiler de kioskos en las infraestructuras deportivas”, así como su precio mensual, eliminando su requisito 2 “Evaluación del proyecto”, y otros precios, quedando redactado de acuerdo al siguiente detalle: Nº SERVICIOS NO EXCLUSIVOS REQUISITOS PRECIO S/. PLAZO EN DIAS (…) 14 ALQUILER DE KIOSKOS EN LAS INFRAESTRUCTURAS DEPORTIVAS - Alquiler de Kioskos a terceros 1. Solicitud escrita a DEPORLIMA Mensual 150 2. Firma del Convenio 3. Pago a la Administración Artículo 2º.- Modifi car el TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima en el extremo referido al precio a cobrar del servicio no exclusivo 15 de la Gerencia de Educación, Cultura y Deportes, de acuerdo al siguiente detalle: Nº SERVICIOS NO EXCLUSIVOS REQUISITOS PRECIO S/. PLAZO EN DIAS 15 Programa “Vacaciones Divertidas” - Módulos Siglo XXI, Complejos y Mini Complejos Deportivos (…) 1. Pago a la Administración Único 10.00 Artículo 3º.- Incorporar los servicios no exclusivos 11 literal E y 12 literales F, G, H e I de la Gerencia de Educación, Cultura y Deportes, así como sus precios, en el TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima de acuerdo al siguiente detalle: