Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2012 (04/02/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

460411

3) MORDAZA literal vigente de la partida registral expedida por la Oficina Registral correspondiente, con una antiguedad no mayor de treinta (30) dias calendario. 4) Certificado de Vigencia de Poder de la persona juridica solicitante expedido por la Oficina Registral correspondiente con una antiguedad no mayor de quince (15) dias a la fecha de la MORDAZA de la solicitud. 5) MORDAZA simple del Documento Nacional de Identidad del representante legal. 6) MORDAZA simple de la Tarjeta de Identificacion Vehicular por cada vehiculo ofertado, expedida por SUNARP. 7) MORDAZA simple de la licencia de conducir de cada conductor de cada vehiculo ofertado. 8) MORDAZA simple de Certificado del SOAT o CAT (Certificado contra Accidentes de transito) vigente por cada vehiculo ofertado. 9) MORDAZA simple del CITV (Certificado de Inspeccion Tecnica Vehicular) por cada vehiculo ofertado, cuando corresponda. 10) Padron actualizado de vehiculos y conductores. 11) Relacion de los paraderos propuestos y planos o croquis de ubicacion. 12) Certificado de charlas o capacitacion de seguridad vial, y primeros auxilios. 13) Cumplir con los Derechos administrativos regulados por el MORDAZA para el permiso de operacion se consideran: · Pago por derecho al Permiso de operacion por persona juridica por cada 6 anos................................. .............7.742 % del UIT. · Pago por derecho a Stiker por constatacion de caracteristicas vehicular por unidad por cada ano............ ...............................................0.323 % del UIT. · Pago por derecho a paradero por unidad por cada 6 anos................................................................1.94 % del UIT. · Pago por derecho de credencial del transportista Conductor por unidad por cada ano................................. ...............................0.25 % del UIT. Articulo 11.- Los requisitos senalados en el articulo precedente seran presentados ante la unidad de tramite documentario y sera remitido a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Transportes. Articulo 12.- Una vez cumplidos con los requisitos exigidos en el articulo 10º, el area de transporte en el plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles elevara el informe y el proyecto de resolucion para ser promulgado por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Transportes, en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles de presentado el informe de la cual se encuentra sujeta a evaluacion previa con silencio administrativo negativo conforme a la Primera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 29060, Ley de Silencio Administrativo, y Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 13.- La Vigencia del Permiso de Operacion sera de seis (6) anos contados a partir de la notificacion del acto administrativo que le otorga. Articulo 14.La Renovacion del Permiso de Operacion para el Transportador Autorizado que desee continuar prestando al Servicio Especial, debera solicitar la renovacion dentro de los sesenta (60) dias anteriores al vencimiento de su permiso de operacion de manera tal que exista continuidad entre el que vence y su renovacion. Dicha renovacion sera automatica y por periodos iguales, siempre que cumplan con las disposiciones dictadas por la presente Ordenanza Municipal. Debiendo presentar los siguientes requisitos: - Vigencia de poder del representante legal. - Los documentos y pagos exigidos en el Articulo Nº 10, y no adeudar pagos por infracciones cometidas por la persona juridica o conductores de su padron vehicular. Articulo 15.- La MORDAZA de la solicitud del permiso de operacion no autoriza a ejercer el servicio especial. Articulo 16.- La persona juridica o transportador solo podra incrementar y modificar su flota vehicular, padron de conductores y paraderos cuando la Municipalidad lo autorice, previa evaluacion en el Area de Transportes y de no existir ninguna observacion. El plazo de la evaluacion sera como MORDAZA treinta (30) dias habiles de presentada la solicitud. En caso de no haber ningun impedimento, el transportador tendra que cumplir primeramente con los

pagos por derechos administrativos regulados por el MORDAZA por cada unidad solicitada y entregar toda la documentacion referida al vehiculo y al conductor del mismo. En caso de ampliar o modificar paraderos tendra que presentar los planos o croquis de la ubicacion de dichos paraderos. Una vez presentado toda la documentacion solicitada y los pagos estipulados en el MORDAZA, la Gerencia de desarrollo MORDAZA y Transportes promulgara via "Adenda" con fecha de caducidad a su Resolucion de permiso de operacion. En un tiempo MORDAZA de cinco (5) dias habiles. Articulo 17.- El Permiso de Operacion para el Servicio Especial sera otorgado por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Transportes en el plazo establecido en el articulo 12. Articulo 18.- En el Permiso de Operacion estaran comprendidos los paraderos Oficiales y paraderos mixtos, determinados, calificados, y aprobados por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Transportes asi como el numero la flota vehicular. Articulo 19.- La impugnacion de los actos administrativos emitidos en merito a la presente ordenanza, se tramitaran conforme a lo establecido por la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444. El recurso de reconsideracion sera resuelta por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Transporte en tanto que el recurso de apelacion sera resuelto por la Gerencia Municipal. Articulo 20.- El permiso de operacion sera cancelado mediante la Resolucion de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA en los siguientes casos: a) Permitir reiteradamente en la prestacion de servicios a personas que no cuenten con licencia de conducir y/o credencial de conductor. b) Admitir y/o permitir la prestacion del Servicio de Transporte publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores que no cuenten con el sticker o distintivo municipal. c) No realizar el pago de derecho administrativos segun el MORDAZA y/o multas consentidas de todo su padron vehicular. d) Por reiterada y reincidente invasion de paraderos autorizados a otras personas juridicas. e) No usar las de paraderos autorizados en el permiso de operacion. f) Abandonar o no prestar el Servicio de Transporte Publico Especial en Vehiculos Menores por mas de ocho (8) dias consecutivos en las zonas de estacionamiento autorizados.

CAPITULO II DEL REGISTRO
Articulo 21.- La Municipalidad Distrital a traves del area competente aperturara y mantendra actualizados los registros de personas juridicas o transportadores, propietarios y conductores autorizados, con las modificaciones que correspondan. Articulo 22.- El registro de personas juridicas o transportadoras autorizadas, deberan consignar los datos principales de testimonio de constitucion y su inscripcion en los registros publicos, asi como: A. Razon Social RUC, nombre del representante legal y relacion nominal de la junta directiva o directorio. B. Vigencia en el periodo de gestion administrativa y/o gerencial. C. Numero de socios y/o accionistas. D. Fichas registral y/o partida de los Registros Publicos con sus respectivos reconocimientos. E. Paraderos autorizados y sus modificaciones. Articulo 23.- El registro de propietarios de los vehiculos menores consignara los datos personales del propietario y/ o poseedor del vehiculo, con domicilio vigente del afiliado a la persona juridica. Articulo 24.- El registro de vehiculos o flota vehicular autorizado consignara los datos principales de la tarjeta de propiedad de los vehiculos, caracteristicas tecnicas, codigos de stiker otorgado, asi mismo registrara las modificaciones, retiro o baja de la flota vehicular, manteniendose vigente el inventario del MORDAZA automotor.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.