Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2012 (17/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de febrero de 2012

2012, acordo, por unanimidad, aprobar la modificacion del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios; De conformidad a lo dispuesto en el literal v) del articulo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS; Contando con la visacion de la Gerencia Legal, y Gerencia Registral de la Sede Central de la SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el MORDAZA y MORDAZA parrafo del articulo 103° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, en los terminos siguientes: "El bloqueo tiene una vigencia de sesenta (60) dias habiles contados a partir de la fecha de su anotacion en la partida registral correspondiente." "Inscrito definitivamente el acto o derecho cuya prioridad estaba resguardada, su eficacia se retrotraera a la fecha del asiento de MORDAZA del bloqueo." Articulo Segundo.- Disponer que la presente MORDAZA entrara en vigencia a los siete (07) dias habiles siguientes de publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Las Gerencias de Informatica de la Sede Central y de la MORDAZA Registral N° IX-Sede MORDAZA, se encargaran de realizar las adecuaciones en los sistemas informaticos, a fin de implementar a nivel nacional lo dispuesto en la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de los Registros Publicos 753876-1

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Disponen exclusion de valores pertenecientes al Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda Banco de Credito del Peru del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 015-2012-SMV/11.1 MORDAZA, 08 de febrero de 2012 El Intendente General de Supervision de Conductas VISTOS: El expediente Nº 2012002590 y el Informe N° 1062012-SMV/11.1, de fecha 08 de febrero de 2012, de la Intendencia General de Supervision de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, con fecha 23 de enero de 2012, Banco de Credito del Peru solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el deslistado del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, asi como la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores denominados "Tercera Emision de Bonos Corporativos del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda Banco de Credito del Peru" y "Cuarta Emision de Bonos Corporativos del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda Banco de Credito del Peru" ambos emitidos por el Banco de Credito del Peru por haber redimido en su totalidad los citados valores;

Que, con fecha 25 de de enero de 2012, y de acuerdo con el articulo 132°, inciso a), de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y sus normas modificatorias, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico a la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV la decision de admitir el deslistado de los valores indicados en el considerando precedente y de elevar el expediente administrativo para los fines correspondientes; Que, al respecto, es necesario senalar que con fecha 25 de enero de 2001, mediante Resolucion Gerencia General Nº 010-2001-EF/94.11, se aprobo el tramite anticipado, se dispuso el registro del prospecto MORDAZA correspondiente y se inscribio el "Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda Banco de Credito del Peru", del Banco de Credito del Peru, hasta por un monto total en circulacion de US$ 200 000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en Nuevos Soles, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, con fecha 28 de febrero de 2002, se inscribieron automaticamente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los valores correspondientes a la Tercera y Cuarta Emision de Bonos Corporativos del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda Banco de Credito del Peru, MORDAZA hasta por el monto de S/. 100 000 000,00 (Cien millones y 00/100 Nuevos Soles) en el MORDAZA del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda Banco de Credito del Peru. Que, el articulo 37°, inciso b), de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 27°, inciso b), del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado por Resolucion CONASEV N° 12598-EF/94.10, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores tiene lugar por resolucion fundamentada de la SMV cuando opere la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, de otro lado, el articulo 38° de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y sus normas modificatorias, y el articulo 32° del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV N° 009-2006-EF/94.10, dispone que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una oferta publica de compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores materia de la solicitud a que se contrae la presente Resolucion, se encuentra dentro de la causal de excepcion para la realizacion de una Oferta Publica de Compra, contemplada por el articulo 37°, inciso a), del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV N° 009-2006-EF/94.10; Que, el articulo 2°, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas por Resolucion N° 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la SMV (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el articulo 52° del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV N° 0079-1997EF/94.10 y por el articulo 46°, numeral 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores. RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA de los valores denominados "Tercera Emision de Bonos

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