Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2012 (17/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de febrero de 2012

Modifican Reglamento para el MORDAZA de Evaluacion y Seleccion de Postulantes a Gerente Regional de Educacion, Directores de Unidades de Gestion Educativa Local y Otros Funcionarios del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 157 -AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley N° 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre la Descentralizacion ­ establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo senala que es competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de educacion. En ese sentido el art. 35° de la Ley N° 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion ­ concordante con el art. 15° de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, conforme a lo establecido en el articulo 47° de la Ley 27867, es funcion del Gobierno Regional formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las politicas regionales de educacion, cultura, ciencia y tecnologia, deporte y recreacion de la region, en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales, las cuales se formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales, concordando el caracter unitario y descentralizado del gobierno de la Republica Que, por estas consideraciones, al MORDAZA de lo regulado en la Ley 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, y, el MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nro. 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nro. 055-AREQUIPA; SE ORDENA: Articulo 1º.- Aprobacion APROBAR la Modificacion del "Reglamento para el MORDAZA de Evaluacion y Seleccion de Postulantes a Gerente Regional de Educacion, Directores de Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL) y Otros Funcionarios del Gobierno Regional de Arequipa", aprobado por Ordenanza Regional N° 155 ­ MORDAZA, el mismo que constara de VI Titulos y 22 Articulos y 2 Disposiciones Finales, quedando la redaccion del Titulo de la siguiente manera: REGLAMENTO PARA EL MORDAZA DE EVALUACION Y DESIGNACION DE ASPIRANTES A GERENTE REGIONAL DE EDUCACION, DIRECTOR DE GESTION PEDAGOGICA (GREA), DIRECTOR DE GESTION INSTITUCIONAL (GREA), DIRECTOR DE ADMINISTRACION (GREA), DIRECTORES DE UGEL, DIRECTOR DE GESTION PEDAGOGICA DE UGEL, DIRECTOR DE GESTION INSTITUCIONAL DE UGEL Y JEFE DE ADMINISTRACION DE UGEL EN LA REGION DE MORDAZA Articulo 2°.- Modificacion APROBAR la Modificacion de los articulos 3°, 4°, 5°, 6°, 9°, 10°, 13°, 20°,21°, 22° y la nominacion del Titulo VI del "Reglamento para el MORDAZA de Evaluacion y

Designacion de Aspirantes a Gerente Regional de Educacion, Director de Gestion Pedagogica (GREA), Director de Gestion Institucional (GREA), Director de Administracion (GREA), Directores de UGEL, Director de Gestion Pedagogica de UGEL, Director de Gestion Institucional de UGEL y Jefe de Administracion de UGEL en la Region de Arequipa", quedando la redaccion de la siguiente manera: Articulo 3º: Evaluacion y designacion de Gerente Regional de Educacion, Director Regional de Gestion Pedagogica, Director Regional de Gestion Institucional, Director Regional de Administracion GREA, de Directores de UGEL, Director de Gestion Pedagogica de UGEL, Director de Gestion Institucional, y Jefe de Administracion de UGEL como cargos de confianza 3.1 MORDAZA de evaluacion y designacion.- La presente Ordenanza Regional tiene por finalidad normar en el ambito de la Region MORDAZA el MORDAZA de evaluacion y designacion de aspirantes a desempenar funciones en la GREA y en cada una de las UGEL, segun existan en el CAP correspondiente, en los cargos de: 1.- Gerente Regional de Educacion GREA 2.- Director Regional de Gestion Pedagogica GREA 3.- Director Regional de Gestion Institucional GREA 4.- Director Regional de Administracion GREA 5.- Director de UGEL 6.- Director del Programa Sectorial III de UGEL (Direccion Pedagogica) 7.- Director del Programa Sectorial II de UGEL (Direccion Institucional) 8.- Jefe de Administracion de UGEL 3.2 Etapas del MORDAZA El presente MORDAZA comprende: Etapa 1.- Formalizacion del MORDAZA Etapa 2.- Preseleccion de aspirantes Etapa 3.- Capacitacion evaluada Etapa 4.- Seleccion por Propuesta de Plan de Trabajo y Ranking final Etapa 5.- Designacion al cargo de confianza Articulo 4°.Designacion Condiciones Generales de la

4.1 Por ser de confianza el desempeno de funciones de Gerente Regional de Educacion, Director Regional de Gestion Pedagogica GREA, Director Regional de Gestion Institucional GREA y Director Regional de Administracion GREA esta sujeto al cumplimiento de lo estipulado en el numeral 4.3 del presente reglamento; pudiendo ser removidos por decision del Presidente Regional, por tanto su continuidad dependera de la evaluacion semestral cuya forma y/o procedimiento sera precisada por quien ostenta la atribucion de designacion al cargo de confianza. De ser positiva dicha evaluacion, sera ratificado en el cargo, caso contrario sera removido. En este caso, el Presidente Regional en concordancia con lo dispuesto en este reglamento, designara al aspirante que logro el MORDAZA lugar. Ante alguna situacion excepcional se requiera una futura designacion, se respetara estrictamente el orden de merito final de este proceso. 4.2 El ejercicio de CARGOS DE CONFIANZA en las Unidades de Gestion Local UGEL, como Director de UGEL, Director de Gestion Pedagogica, Director de Gestion Institucional y Jefe de Administracion de UGEL esta sujeto al cumplimiento de lo precisado en el numeral 4.3 del presente reglamento. En la primera quincena del mes de enero. 4.3 La vigencia de la designacion en los cargos contemplados en esta ordenanza regional no debera exceder, por ningun motivo, el plazo para el cual las autoridades regionales que conduzcan el presente MORDAZA hayan sido elegidas por MORDAZA popular.

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