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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (24/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de febrero de 2012 461334 Municipalidad Distrital de Ventanilla (ROF), aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 032-2010-MDV y su modifi catoria mediante Ordenanza Municipal N° 001-2012- MDV, respecto a la Gerencia de Administración, Gerencia de Educación, Cultura y Juventud, Sistema de Salud Municipal Ventanilla y Sistema de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, disponiéndose la incorporación de las siguientes disposiciones: Artículo 26.- De la Gerencia de Administración. (…) 26.11. Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de los servicios de maestranza para la guardianía, limpieza, mantenimiento preventivo y reparaciones de vehículos ligeros y menores (autos, camionetas, motos entre otros) y equipos que son utilizados para diferentes actividades de la gestión municipal. 26.18. Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de maestranza y mantenimiento de vehículos ligeros y menores (autos, camionetas, motos entre otros) y equipos de la Municipalidad. 26.26. Suscribir en representación de la Municipalidad los contratos correspondientes a la provisión de bienes y servicios que corresponden a los procesos de selección de proveedores de conformidad con la Ley de contrataciones del Estado en el ámbito de su competencia; con excepción de aquellos que corresponden a los órganos desconcentrados de la Municipalidad. Artículo 66º.A.- De la Gerencia de Educación, Cultura y Juventud (…) 66.A.22. Administrar los campos o complejos deportivos y recreativos de la Municipalidad, coordinando con la Subgerencia de Finanzas la recaudación de ingresos por conceptos de alquileres y tasas y otros conceptos de ingresos que se generen por los servicios que se brinden en dichos locales. Artículo 66º.B.- De la Subgerencia de Cultura (…) 66.B.13. Promover la creación de grupos culturales, folklóricos, musicales artísticos, de teatros y similares. Artículo 71°.- De la Gerencia de Proyectos Especiales. (…) 71.16. Programar actividades de fumigación en el distrito. Artículo 75º.C- De la Gerencia de Administración. (…) 75.C.19. Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de los servicios de maestranza para la guardianía, limpieza, mantenimiento preventivo y reparaciones de vehículos y maquinarias pesadas (camiones, compactadoras, volquetes, cargadores frontales, entre otros) que son utilizados para diferentes servicios públicos de la gestión municipal. 75.C.20. Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de maestranza y mantenimiento de vehículos y maquinarias pesadas (camiones, compactadoras, volquetes, cargadores frontales, entre otros) de la Municipalidad. Artículo Segundo.- Modifíquese los siguientes artículos del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Artículo 66º.C.- De la Subgerencia de Juventud y Deportes (…) 66.C.7. Promover la participación de la juventud en los programas de proyección social, quedando como función para la Subgerencia de Juventud y Deportes. 66.C.8. Promover la constitución de organizaciones juveniles y deportivas, quedando como función para la Subgerencia de Juventud y Deportes. Artículo Tercero.- Suprímase del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ventanilla los incisos 26.17, 66.B.4, 66.B.9 y 75.B.15. Artículo Cuarto.- Publíquese la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y encárguese a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones su publicación, así como el texto actualizado del Reglamento de Organización y Funciones – ROF en el Portal Institucional www.muniventanilla.gob. pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe, de conformidad con el Artículo 2º de la Ley Nº 29091. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 756022-2 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban anexión al área urbana de predio denominado Fundo don Luis de propiedad de la Municipalidad ORDENANZA Nº 05-2012-MPC Cañete, 30 de enero de 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de la Fecha y, de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución, en concordancia con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción. La autonomía que la Constitución Política del Estado establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante informe Nº 020-MSCZ-SGOPAHHUU- GODUR-MPC, de fecha 18 de enero del 2012, la Sub- Gerencia de Obras Privadas, Asentamientos Humanos y Habilitaciones urbanas, de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, de la Municipalidad Provincial de Cañete solicita se inicie el trámite de Anexión al área urbana y Asignación de Zonifi cación para el predio denominado Fundo don Luis, de propiedad de la Municipalidad Provincial de Cañete ubicado a la altura del km. 140 de la Panamericana Sur del distrito de San Luis, provincia de Cañete, departamento de Lima, precisando que es imprescindible el inicio del trámite de anexión al área urbana y asignación de zonifi cación, teniendo en cuenta que las zonifi caciones que se requieren es para la ejecución de los proyectos que son Zonifi cación para usos especiales (construcción de dependencias administrativas de la Municipalidad Provincial de Cañete), zonifi cación para servicios públicos complementarios (construcción del Hospital Regional (H3) y para la construcción de la