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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (27/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 27 de febrero de 2012 461536 Un/a representante de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado Un/a representante de la Municipalidad Provincial de Dos de Mayo Un/a representante de la Municipalidad Provincial de Pachitea Un/a representante de la Municipalidad Provincial de Huamalíes Un/a representante del Poder Judicial Un/a representante del Ministerio Público Un/a representante de la Policía Nacional del Perú Un/a representante del Consejo Regional por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Un/a representante del Consejo Regional de la Mujer Un/a representante del Consejo Regional de la Juventud Un/a representante del Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Un/a representante del Colegio de Abogados Un/a representante del Colegio de Obstetras Un/a representante del Colegio de Psicólogos Dos representantes de los organismos no gubernamentales que vienen trabajando en contra de la trata de personas y tráfi co ilícito de migrantes Un/a representante del Centro de Emergencia Mujer Artículo Cuarto.- ESTABLECER, que la Red Multisectorial de Lucha contra la trata de personas, desempeñará las siguientes funciones: a) Elaborar un plan de trabajo con su cronograma de ejecución, a fi n de implementar acciones orientadas a la Lucha contra la Trata de Personas. b) Promover mejoras en las estructuras políticas, económicas, sociales y legales, para reprimir efi cazmente la trata de personas; c) Impulsar la aplicación efectiva de la legislación vigente. d) Mejorar en la práctica administrativa para evitar la impunidad y garantizar la protección y derechos de las víctimas. e) Promover investigaciones en materia de trata de personas y tráfi co ilícito de migrantes de acuerdo al ámbito regional. f) Articular la acciones de las diversas entidades públicas y privadas comprometidas en la lucha contra la trata de personas, incluyendo la realización de actividades conjuntas; g) Coordinar y promover el establecimiento de un sistema estadístico para el levantamiento y sistematización de información acerca de la trata de personas en la región; h) Promover la adopción de medidas de prevención y protección de las víctimas y testigos; i) Apoyar la realización de campañas educativas y de difusión como medida de prevención. Artículo Quinto.- ASUMIR, como compromiso del Gobierno Regional de Huánuco, el cumplimiento de la Ley Nº 28950, Ley contra la trata de personas y el tráfi co ilícito de Migrantes y su reglamento, garantizado la efectiva protección de los derechos de la niñez y adolescencia. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de desarrollo social para que en coordinación con el Consejo Regional de la Mujer, niña, niño, adolescente y adulto mayor y los Gobiernos locales, implementen las acciones pertinentes para el cumplimiento de esta ordenanza. Artículo Séptimo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal del Gobierno Regional de Huánuco en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huánuco para su promulgación. En Huánuco, a los 14 días del mes de diciembre del año dos mil once. SEBASTIÁN CAMPOS MEZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco, en la Sede del Gobierno Regional Huánuco, a los 29 días del mes de diciembre del año dos mil once. LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente 756395-1 Designan el 19 de Noviembre como el Día Mundial para la Prevención del Abuso Infantil en la Región ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2011-CRGRH Huánuco, 29 de diciembre del 2011 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO VISTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, en Sesión Extraordinaria de fecha diecisiete de noviembre del año dos mil once; el Dictamen Nº 003-2011-GRH-CR/CPDS, presentado por la Comisión Permanente de Desarrollo Social, sobre la propuesta de Incorporar en el Calendario Cívico Escolar Regional de la fecha 19 de Noviembre “Día Mundial para la Prevención del Abuso infantil ” en la Jurisdicción del Gobierno Regional Huánuco, y; CONSIDERANDO: Que, según artículo 44º de la Constitución Política del Perú señala que uno de los deberes primordiales del Estado es garantizar la plena vigencia de los Derechos Humanos, como expresión de la supremacía de la Persona Humana, fi n y objetivo de todo el Sistema Democrático; y que en su artículo 4º resalta la obligación de la comunidad y del Estado de proteger especialmente al Niño y al Adolescente. Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, tienen por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de la políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley 27867, establece la fi nalidad de los Gobiernos Regionales en los siguientes términos: “Los Gobiernos Regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el Desarrollo Regional Integral Sostenible, promoviendo la Inversión Pública y Privada y el Empleo y Garantizar el Ejercicio pleno de los Derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas Nacionales, Regionales y Locales de desarrollo”. Que, el Abuso Infantil en todas sus manifestaciones: Maltrato Infantil, Violencia Psicológica, Violencia Física y Violencia Sexual contra los menores de 0 a 17 años, es un problema de gran trascendencia en todo el mundo, los que se evidencia de los índices reportados por la organización