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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 27 de febrero de 2012 461541 Artículo Quinto.- El Consejo Regional de Fomento Artesanal de Huánuco -COREFAR-H, elabora su Régimen Normativo Estatuario en un plazo máximo de 30 días calendarios, posterior a la publicación de la presente Ordenanza regional, el mismo que será aprobado luego de su instalación para tal fi n, a efectos de su inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP. Artículo Sexto.- DISPENSAR, el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. Artículo Séptimo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal del Gobierno Regional de Huánuco en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales . Artículo Octavo.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huánuco para su promulgación. En Huánuco, a los 27 días del mes de diciembre del 2011. SEBASTIÁN CAMPOS MEZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco, en la Sede del Gobierno Regional Huánuco, a los 29 días mes de diciembre del 2011. LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente 756395-3 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Otorgan autorización a la Compañía de Minas Buenaventura S.A.A, para generación térmica para consumo del Proyecto Mallay ubicado en la Provincia de Oyón RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 41-2012-GRL-GRDE-DREM Huacho, 13 de febrero de 2012 VISTO: El Expediente Nº 372835 sobre solicitud de autorización para desarrollar las actividades de generación de energía eléctrica, para una potencia de 5.355 MW, en la Central Térmica Mallay, en el Distrito y provincia de Oyón a favor de Cía. de Minas Buenaventura S.A.A., con RUC Nº 20100079501, inscrito en la SUNARP con partida electrónica Nº 02136988 de Lima, con su Representante Legal Sr. Carlos Ernesto Gálvez Pinillos cuyos poderes se encuentra inscrito en la SUNARP en los asientos 214 y 215 de la Ficha 2287 del Libro de Sociedades Contractuales y otras personas jurídicas del Registro Público de Minería, que continúa en la partida Nº 02136988 del registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, con dirección legal en la avenida Carlos Villarán Nº 790, Urb. Santa Catalina, Distrito de La Victoria, Provincia de Lima. CONSIDERANDO: Que, el inciso “d” del artículo 59° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que es función de los Gobiernos Regionales “Impulsar proyectos y obras de generación de energía y electrifi cación urbano rurales, así como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Región. Asimismo, otorgar concesiones para mini centrales de generación eléctrica”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 050-2006- MEM/DM, publicada el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 18 de noviembre del 2006 se formalizó la transferencia de la función establecida inciso d) del artículo 59° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 056- 2009-EM, precisa la facultad transferida a los Gobiernos Regionales relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor de 500 kWy menor de 10 MW, prevista en el anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo N° 052- 2005-PCM, la misma que comprende tanto el otorgamiento de Autorización para la Generación de Energía Eléctrica con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW., como el otorgamiento de Concesiones Defi nitivas para Generación con RER con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW, siempre que se encuentren en la respectiva Región; Que con solicitud del 01/02/2012, Reg. 372835, la Cía. de Minas Buenaventura S.A.A. ,solicita la Autorización para desarrollar las actividades de generación de energía eléctrica, para una potencia de 5.35 MW, en la Central Térmica Mallay, en el Distrito y Provincia de Oyón. Que, la Dirección Regional de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado la solicitud presentada, ha emitido Informe Favorable Nº 20-2012–GRL–GRDE- DREM-CHLO; que concluye procedente el otorgar el derecho eléctrico de generación térmica para una potencia instalada de 5.355 MW, con 04 grupos electrógenos que prestará servicio, para consumo propio del proyecto Mallay según el siguiente detalle: TITULAR COMPAÑIA DE MINAS BUENAVENTURA SAA. NOMBRE CENTRAL TERMICA MALLAY TIPO DE ACTIVIDAD QUE ABASTECE MINERA CONEXIÓN AISLADO (NO INTERCONECTA AL SEIN) CARTACTERISTICAS TECNICAS GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 TOTAL NOMBRE DEL GRUPO CAT 3516 B CAT 3512 B CAT 3512B C32 TIPO DE GENERACIÓN (Térmica) TERMICA TERMICA TERMICA TERMICA COMBUSTIBLE PETRÓLEO DIESEL Nº 2 PETRÓLEO DIESEL Nº 2 PETRÓLEO DIESEL Nº 2 PETRÓLEO DIESEL Nº 2 POTENCIA INSTALADA KW 1825 1310 1310 910 5355 POTENCIA EFECTIVA KW 1200 900 900 600 3600 FASES TRIFASICO TRIFASICO TRIFASICO TRIFASICO TENSIÓN 0.46 KV 0.46 KV 0.46 KV 0.46 KV FRECUENCIA 60HZ 60HZ 60 HZ 60 HZ