Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2012 (27/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de febrero de 2012

cuales permitan a la Region MORDAZA, convertirse en la region lider y referente del desarrollo integral y sostenible del turismo y la artesania en la MORDAZA centro del pais; Que, la creacion del Consejo Regional de Fomento Artesanal de MORDAZA (COREFAR-H), se garantizan la participacion ciudadana en el MORDAZA de gestion, planificacion y elaboracion de los planes estrategicos, para el desarrollo de la actividad artesanal en nuestra region; Que, la Comision de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales recomienda al Pleno del Consejo Regional aprobar la Propuesta de Ordenanza Regional presentada por la Direccion Comercio Exterior y Turismo la Creacion del Consejo Regional de Fomento Artesanal de MORDAZA ­ COREFARH, como un organo de coordinacion entre el sector publico y el sector privado vinculado a la actividad artesanal, instancia coordinadora y concertadora que promueve propuestas, proyectos y estudios, asi como establece politicas y formula planes integrales para lograr el desarrollo sostenible de la artesania en la Region, de conformidad con el articulo 10º de la Ley Nº 29073-Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, conformado por las siguientes instituciones del sector publico y privado:: Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, quien presidira el COREFARH. Un representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo, quien asumira la Secretaria Tecnica del COREFARH. Un representante de la Direccion Regional de la Produccion. Un representante de la Direccion Regional de Educacion. Un representante de la Direccion Regional de Cultura Un representante de la Camara de Comercio e Industrias Huanuco. Un representante de la Municipalidad Provincial de Huanuco. Un representante de la Municipalidad Distrital de Amarilis. Un representante de la Municipalidad Distrital de MORDAZA marca. Un representante de la Asociacion de Mujeres Empresarias AYNI. Un representante de la Asociacion de Artesanos Manos Cruzadas. Un representante de la Asociacion de Artesanos Shillacoto. Un representante de la Asociacion MORDAZA Artesanos. Un representante de la Asociacion de Artesanos de la Region Huanuco. Asimismo las Funciones del Consejo Regional y Fomento Artesanal de MORDAZA ­ COREFARH: Proponer la politica artesanal de la region, normas y acciones de apoyo a dicha actividad. Evaluar permanentemente el cumplimiento de los objetivos propuestos y sustentar las medida necesarias para su eficaz aplicacion. Promover la organizacion de certamenes regionales y locales, para la superacion de los artesanos. Promover que las personas con discapacidad tengan acceso a las capacitaciones artesanales, asi como a los talleres de produccion artesanal, de conformidad con la Ley Nº 27050 ­ Ley de la Persona con Discapacidad. Formular recomendaciones y emitir opinion sobre los asuntos vinculados a la actividad artesanal que la DIRCETUR, someta a su consideracion. Mantener una articulacion permanentemente con los Consejos Locales de Fomento Artesanal, logrando una vision del sector artesanal que le permita formular propuestas para el diseno de las politicas y estrategias de desarrollo del sector. Prestar asesoramiento, orientacion y apoyo a los referidos Consejos, cuando lo requieran. Apoyar las estrategias de difusion y actualizacion del Registro Nacional Artesanal ­ RNA. Otros que se deriven de la Ley y el presente Reglamento; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesion de Consejo Regional de MORDAZA de la referencia, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: CREACION DEL CONSEJO REGIONAL DE FOMENTO ARTESANAL DE MORDAZA ­ CREFARH Articulo Primero.- APROBAR, la Propuesta de Ordenanza Regional de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo, que crea el Consejo Regional de Fomento Artesanal de MORDAZA ­ COREFARH, como un organo de coordinacion entre el sector publico y el sector privado vinculado a la actividad artesanal, instancia

coordinadora y concertadora que promueve propuesta, proyectos y estudios, asi como establece politicas y formula planes integrales para lograr el desarrollo sostenible de la artesania en la Region, de conformidad en el articulo 10º de la Ley Nº 29073 ­ Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal. Articulo Segundo.- CONFORMAR, el Consejo Regional de Fomento Artesanal de MORDAZA ­ COREFARH, estara conformado por las siguientes instituciones del sector publico y privado: - Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, quien presidira el COREFARH. - Un representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo, quien asumira la Secretaria Tecnica del COREFARH. - Un representante de la Direccion Regional de la Produccion. - Un representante de la Direccion Regional de Educacion. - Un representante de la Direccion Regional de Cultura. - Un representante de la Camara de Comercio e Industrias Huanuco. - Un representante de la Municipalidad Provincial de Huanuco. - Un representante de la Municipalidad Distrital de Amarilis. - Un representante de la Municipalidad Distrital de MORDAZA marca. - Un representante de la Asociacion de Mujeres Empresarias AYNI. - Un representante de la Asociacion de Artesanos Manos Cruzadas. - Un representante de la Asociacion de Artesanos Shillacoto. - Un representante de la Asociacion MORDAZA Artesanos. - Un representante de la Asociacion de Artesanos de la Region Huanuco. Podran ser invitados a participar en el COREFARH, instituciones del sector publico y privado, profesionales o tecnicos especializados y artesanos de reconocida trayectoria, para evaluar y considerar asuntos especificos. Articulo Tercero.- Funciones del Consejo regional y Fomento Artesanal de MORDAZA -COREFARH. - Proponer la politica artesanal de la region, normas y acciones de apoyo a dicha actividad. - Evaluar permanentemente el cumplimiento de los objetivos propuestos y sustentar las medida necesarias para su eficaz aplicacion. - Promover la organizacion de certamenes regionales y locales, para la superacion de los artesanos. - Promover que las personas con discapacidad tengan acceso a las capacitaciones artesanales, asi como a los talleres de produccion artesanal, de conformidad con la Ley Nº 27050 ­ Ley de la Persona con Discapacidad. - Formular recomendaciones y emitir opinion sobre los asuntos vinculados a la actividad artesanal que la DIRCETUR, someta a su consideracion. - Mantener una articulacion permanentemente con los Consejos Locales de Fomento Artesanal, logrando una vision del sector artesanal que le permita formular propuestas para el diseno de las politicas y estrategias de desarrollo del sector. - Prestar asesoramiento, orientacion y apoyo a los referidos Consejos, cuando lo requieran. - Apoyar las estrategias de difusion y actualizacion del Registro Nacional Artesanal ­ RNA. - Otros que se deriven de la Ley y el presente Reglamento. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la DIRCETUR, realizar las gestiones correspondientes conforme a su funcion promotora de la actividad artesanal en la region, ante los gobiernos locales a fin de que procedan a conformar los Consejos Provinciales y Distritales de Fomento Artesanal, de acuerdo al Articulo 12.4 de la Ley Nº 29073-Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal.

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