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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2012 (03/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de julio de 2012 469885 Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Arequipa, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 808764-15 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1634-2012-MP-FN Lima, 2 de julio de 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 2271-2012-MP-PJFS-DJ- CAJAMARCA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, se elevó la renuncia formulada por el doctor ALDO OMAR CASTAÑEDA ANTON, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajabamba, por motivos personales, con efectividad a partir del 30 de mayo del 2012; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor ALDO OMAR CASTAÑEDA ANTON, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajabamba, materia de la Resolución Nº 578-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010, con efectividad a partir del 30 de mayo del 2012. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 808764-16 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1635-2012-MP-FN Lima, 2 de julio del 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante documento recibido con fecha 12 de junio del 2012, la doctora ANGELICA AQUINO SUAREZ, Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Huánuco, designada en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Leoncio Prado, con sede en Rupa-Rupa, presenta su renuncia al cargo, por motivos personales; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora ANGELICA AQUINO SUAREZ, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Huánuco y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Leoncio Prado, con sede en Rupa-Rupa, materia de la Resolución Nº 1326-2012-MP-FN, de fecha 30 de mayo del 2012. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Huánuco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 808764-17 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 312-MDL Mediante Ofi cio Nº 254-2012-MDL-OSG la Municipalidad Distrital de Lince solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 312-MDL, publicada en la edición del 30 de junio de 2012. DICE: Artículo 8º. Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, hasta el 31 de Julio del 2012. DEBE DECIR: Artículo 8º. Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 05 de Julio del 2012 hasta el 31 de Julio del 2012. 808375-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban la eliminación del requisito 3 del Procedimiento Nº 3 de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial del TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013 San Juan de Lurigancho, 12 de junio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO, el Memorándum Nº 671-2012-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 239-2012-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 105-2012- GP/MDSJL de la Gerencia de Planifi cación, el Informe Nº 0094- 2012-S-GDICNI/GP/MDSJL de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, el Informe Nº 941-2012-SGFyPE-GDE/MDSJL de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial y el Memorándum Nº 369-2012-SGFyPE-GDE/MDSJL de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial; y, CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 194º de la Constitución política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;