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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2012 (06/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de julio de 2012 470120 Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, a través del Ofi cio Nº 1081-2012-EF/63.01 y el Informe Nº 203-2012-EF/63.01 de Vistos, la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, declaró elegible y aprobó, (06) Fichas Técnicas de Proyectos de Inversión Pública – PIP de Emergencia entre otros, (01) Ficha Técnica de Proyectos de Inversión Pública – PIP de Emergencia solicitados por el Gobierno Regional de Arequipa, correspondiente a la Municipalidad Distrital de Tapay, Provincia de Arequipa, del Departamento de Arequipa, denominado “Rehabilitación del puente peatonal de Llatica del Distrito de Tapay, Provincia Condesuyos y Región Arequipa, afectos por socavación del río Waruro por intensas lluvias, ocurrido el día 10 de febrero del 2012”; por el monto total de S/. 132 100,00 (CIENTO TREINTA Y DOS MIL CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES), señalando además que será fi nanciado con recursos de la Reserva de Contingencia, establecidos en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Que, mediante el Ofi cio Nº 1370-2012/INDECI/4.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, solicita al Ministerio de Economía y Finanzas la aprobación del Decreto Supremo que permitirá atender el requerimiento solicitado por el Gobierno Regional de Arequipa; Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, mediante el Decreto Supremo Nº 076-2012- EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 2 034 403,00 (DOS MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, para la ejecución de diversos proyectos de inversión pública, considerándose entre otros, la suma de S/. 132 100,00 (CIENTO TREINTA Y DOS MIL CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la Municipalidad Distrital de Tapay, Provincia de Arequipa, del Departamento de Arequipa; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Tapay, Provincia de Arequipa, del Departamento de Arequipa, presentado por el Gobierno Regional de Arequipa, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI mediante Decreto Supremo Nº 076-2012-EF, hasta por la suma de S/. 132 100,00 (CIENTO TREINTA Y DOS MIL CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de uno (01) Proyecto de Inversión Pública – PIP de Emergencia señalado en el Anexo Nº 01 adjunto a la presente Resolución; De conformidad con la Ley Nº 29813 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus normas modifi catorias, el Decreto de Urgencia Nº 008-2012 y las Directivas Nº 001-2012-EF/63.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012”, aprobada por Resolución Directoral Nº 001- 2012-EF/63.01 y Nº 002-2012-EF/63.01, “Directiva del Procedimiento Simplifi cado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de Desastres de Gran Magnitud”; aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 069-2012-EF/15; Con la visación de la Sub Jefatura y de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales; y; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por Decretos Supremos Nºs 005-2003-PCM y 095-2005- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Tapay, Provincia de Arequipa, del Departamento de Arequipa, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante el Decreto Supremo Nº 076-2012-EF, hasta por la suma de S/. 132 100,00 (CIENTO TREINTA Y DOS MIL CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública – PIP de Emergencia, presentado por el Gobierno Regional de Arequipa, señalado en el Anexo Nº 01 adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución. El monto total transferido, conforme aparece en el referido Anexo, corresponde a la suma total de un (01) Proyecto de Inversión Pública – PIP de Emergencia, cuya meta, actividades, estructura de costos de las partidas y subpartidas, monto total y plazo de ejecución, aprobado en la Ficha Técnica de PIP de emergencia, deben ser respetados en la etapa de ejecución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Administración del INDECI, las acciones para la Transferencia Financiera aprobada en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Forman parte de la presente Resolución los Anexos Nºs 02, 03 y 04, en 06 (folios), referidos al control y seguimiento de las metas físicas y fi nancieras, a fi n de que la Unidad Ejecutora reporte mensualmente los avances hasta la culminación del PIP, los mismos que serán remitidos al INDECI. Artículo 4º.- Las Unidades Ejecutoras benefi ciadas deberán sujetarse a las obligaciones y procedimientos establecidos en las Directivas Nºs 001-2012-EF/63.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2012- EF/63.01 y 002-2012-EF/63.01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2012-EF/15, el Decreto de Urgencia Nº 008-2012 y sus normas complementarias sobre la materia, para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia declarados elegibles por la Dirección General de Políticas y Normas del Ministerio de Economía y Finanzas, cuyo incumplimiento derivará en las responsabilidades y acciones legales a las que hubiere lugar. Artículo 5º.- Encargar a la Dirección Nacional de Logística la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6º.- Encargar a la Ofi cina de Estadística y Telemática disponer la Publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional (www. indeci.gob.pe). Artículo 7º.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario a la Municipalidad Distrital de Tapay, Provincia de Arequipa, del Departamento de Arequipa, al Gobierno Regional de Arequipa, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 810625-10