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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2012 (06/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de julio de 2012 470131 Segundo Juzgado Penal Supraprovincial, se encuentra vigente hasta que no se emita una nueva resolución en contrario; asimismo, refi ere que se le ha autorizado ausentarse de Lima los días 06 y 07 de julio del año en curso, en comisión de servicios a la ciudad de Huánuco. Que, asimismo, se ha comunicado en la fecha a esta Presidencia que el doctor Elio Abel Concha Calla no ha concurrido al local del Décimo Sexto Juzgado Penal de Lima. Que, estando a lo expuesto anteriormente, este Presidencia considera necesario emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el funcionamiento del Décimo Sexto Juzgado Penal de Lima. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de Justicia en benefi cio de los justiciables; por consiguiente y en virtud de las facultades conferidas puede designar y dejar sin efecto las designaciones de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que integran la Corte Superior de Justicia de Lima. Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3° y 9° del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero: DISPONER LA PERMANENCIA de la doctora TANIA YNES HUANCAHUIRE DÍAZ, como Juez Supernumeraria del Décimo Sexto Juzgado Penal de Lima, a partir del 05 de julio del año en curso y mientras dure la ausencia del doctor Concha Calla. Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina de Personal, Ofi cina Desconcentrado de Control de la Magistratura de Lima y Ofi cina de Administración Distrital para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HÉCTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 810607-1 Establecen disposiciones relativas al cierre de turno y funcionamiento de diversos juzgados de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 476-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 5 de Julio del 2012 VISTO: La Resolución Administrativa N° 47-2012-CE-PJ de fecha 20 de abril del 2012; e informe N° 69-2012-JAST- UPD-CSJLI/PJ CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa N° 47- 2012-CE-PJ de vista, se dispuso convertir y reubicar los órganos jurisdiccionales siguientes: El 15° Juzgado Civil de Lima en el 1° Juzgado Especializado de Familia de San Juan de Lurigancho, El 18° Juzgado Civil de Lima en el 2° Juzgado Especializado de Familia de San Juan de Lurigancho; El 28° Juzgado Civil de Lima en el 2° Juzgado Mixto de El Agustino; El 35° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima en el 2° Juzgado Mixto de Ate y El 38° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima en Juzgado Especializado de Familia de la Molina-Cieneguilla. Que, la acotada Resolución Administrativa dispone en su Artículo Cuarto, que La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, se encuentra autorizada en cuanto sea de su competencia disponer las acciones administrativas respectivas a fi n de dar cumplimiento a la mencionada resolución. Que, en la sesión de fecha 03 de julio del 2012 el Consejo Ejecutivo Distrital acordó otorgar facultades al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, a fi n de que expida la Resolución correspondiente respecto al funcionamiento y carga procesal de los Juzgados convertidos arriba citados, por lo que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte Superior ha emitido el informe 69-2012-JAST-UPD-CSJLI/PJ. Que, en atención al informe de visto, en el cual analizó la carga procesal y los ingresos de las demandas del 2°, 3° y 4° Juzgado Mixto de San Juan de Lurigancho, 1° Juzgado Mixto de Ate, 1° Juzgado Mixto de El Agustino y Juzgado Mixto de la Molina y Cieneguilla se concluyó que: a) El 2° Juzgado Mixto de San Juan de Lurigancho presenta una carga pendiente de 785 expedientes con una producción mensual de 36 expedientes en la materia de Familia. b) El 3° Juzgado Mixto de San Juan de Lurigancho presenta una carga pendiente de 1,483 expedientes con una producción mensual de 30 expedientes en la materia de Familia. c) El 4° Juzgado Mixto de San Juan de Lurigancho presenta una carga pendiente de 1,336 expedientes con una producción mensual de 39 expedientes en la materia de Familia. d) El Juzgado Mixto de Ate presenta una carga pendiente de 2,464 expedientes con una producción mensual de 24 expedientes. e) El Juzgado Mixto de El Agustino presenta una carga pendiente de 1,874 expedientes con una producción mensual de 99 expedientes. f) El Juzgado Mixto de La Molina y Cieneguilla presenta una carga pendiente de 1,159 expedientes con una producción mensual de 7 expedientes en la materia de Familia. Por lo que, del análisis estadístico realizado de la carga y producción de expedientes de los mencionados Juzgados, es necesario que los Juzgados convertidos empiecen a funcionar con las siguientes pautas: i) Cierre de turno al 1° Juzgado Mixto de Ate hasta que el 2° Juzgado Mixto del referido distrito nivele la carga procesal, ii) Cierre el turno al 1° Juzgado Mixto de El Agustino hasta que el 2° Juzgado Mixto del referido distrito nivele la carga procesal, iii) Cierre el turno del 2°, 3° y 4° Juzgados Mixtos de San Juan de Lurigancho solo con respecto a la materia de Familia al haberse creado dos Juzgados Especializados en dicha materia, y iv) El 3° y 4° Juzgados Mixtos de San Juan de Lurigancho remitan 250 expedientes cada uno a los dos Juzgados Especializado de Familia. Es preciso indicar que en su oportunidad se emitirá la Resolución Administrativa pertinente al Juzgado Mixto de la Molina y Cieneguilla y al Juzgado Especializado de Familia de la Molina y Cieneguilla, una vez que se establezca la fecha de funcionamiento. Que, en consecuencia, el Presidente de la Corte, como máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial de Lima, conforme a las facultades conferidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y en aplicación del Artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero: DISPONER el CIERRE de turno del 1° Juzgado Mixto de Ate, a partir del día 06 de julio del 2012 y hasta que el 2° Juzgado Mixto del referido distrito nivele su carga procesal. Artículo Segundo: DISPONER el CIERRE de turno del 1° Juzgado Mixto de El Agustino a partir del día 06 de julio del 2012 y hasta que el 2° Juzgado Mixto del referido distrito nivele su carga procesal. Artículo Tercero: DISPONER el CIERRE de turno del 2° y 3° Juzgados Mixtos de San Juan de Lurigancho, solo con respecto a la materia de Familia, a partir del día 09 de julio del 2012, al haberse puesto en funcionamiento el 1° Juzgado Especializado de Familia de San Juan de Lurigancho,