Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2012 (16/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de junio de 2012

Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito y, a lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la ampliacion de permanencia por Tratamiento Medico Altamente Especializado del Sub Oficial 3ra. EP Eddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI N° 43393267 y CIP N° 331160000, asi como del Sub Oficial 3ra EP Eleaquin MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI N° 45085174 y CIP N° 331078700, a partir del 16 de junio al 25 de MORDAZA de 2012, para que continuen el tratamiento medico en la MORDAZA de Miami - Estados Unidos de America. Articulo 2º.- Autorizar con eficacia anticipada, la ampliacion de permanencia por Comision de Servicio, del TCOJS EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA BRIONES, identificado con DNI N°08149911 y CIP N° 307468400, como enfermero tratante, en la MORDAZA de Miami ­ Estados Unidos de MORDAZA, a partir del 21 de MORDAZA al 25 de MORDAZA de 2012. Articulo 3°.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora: 003-Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
(1) Compensacion Economica por Servicio en el Extranjero (moneda US) Pacientes US $ 2,220/30 x 15 (del 16 junio al 30 de junio) x 2 US $ 2,220/31 x 25 (del 01 MORDAZA al 25 de julio) x 2 $ 2,220.00 $ 3,580.64 --------------------$ 5,800.64 $ 787.74 $ 2,220.00 $ 1,790.32 -------------------$ 4,798.06

Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa 802633-3

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de EE.UU. y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 688-2012-DE/SG MORDAZA, 15 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 481 de fecha 11 de junio de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, ingresara a territorio de la Republica del 17 al 23 de junio de 2012, a fin de realizar coordinaciones con la Direccion de Asuntos Civiles del Ejercito del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA a personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA detallado a continuacion, del 17 al 23 de junio de 2012, a fin de realizar coordinaciones con la Direccion de Asuntos Civiles del Ejercito del Peru.
1. 2. 3. 4. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA WILHELM MORDAZA ANN MORDAZA HATTAWAY MORDAZA HUGHES MORDAZA MORDAZA

Enfermero militar acompanante US $ 2,220/31 x 11 (del 21 MORDAZA al 31 de mayo) US $ 2,220/30 x 30 (del 01 junio al 30 de junio) US $ 2,220/31 x 25 (del 01 MORDAZA al 25 de julio)

(2) Costo por cambio de fecha de Pasaje Miami ­ MORDAZA Enfermero militar acompanante (Cambio de fecha del 19 de MORDAZA al 15 de junio) $ (3) Costo por cambio de fecha de Pasaje Miami ­ MORDAZA Pacientes (02) y (01) enfermero militar acompanante (Cambio de fecha del 16 de junio al 25 de julio) $ (4) Pasajes de acompanante familiar (5) Costo adicional del tratamiento SO3 EP Eleaquin MORDAZA MORDAZA (Colocacion lente intraocular duro) SO3 EP Eddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Enucletion full tic skin graft) TOTAL $

306.36

919.08 2,500.00

$

15,000.00

$ 30,000.00 -------------------$ 59,324.14

Articulo 4º.- El personal militar comisionado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuaran la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6° del Decreto Supremo N° 0472002-PCM del 05 de junio de 2002. Articulo 5º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, sera por dias reales y efectivos en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 6º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 7º.- La presente autorizacion no MORDAZA derecho a exoneraciones ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa 802628-1

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