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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de junio de 2012 468502 Lima Este, Nivel F-5, del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Encargar al Médico Cirujano Mario Abelardo Márquez Zorrilla Amarillo, las funciones de Director General de la Dirección de Salud IV - Lima Este, Nivel F-5, del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 802627-1 Dan término a designación de Director de la Oficina de Comunicaciones de la Dirección de Salud IV Lima Este RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 500-2012/MINSA Lima, 15 de junio del 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 123-2011/ MINSA de fecha 11 de febrero de 2011, se designó al Bachiller en Ciencias de la Comunicación Roberth Edgar Gamboa Inga, en el cargo de Director, Nivel F-3, de la Ofi cina de Comunicaciones de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; Que, por convenir al servicio resulta necesario adoptar las acciones de personal que resulten convenientes, a fi n de asegurar el normal funcionamiento de la citada Dirección de Salud; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar término a la designación del Bachiller en Ciencias de la Comunicación Roberth Edgar Gamboa Inga, en el cargo de Director, Nivel F-3, de la Ofi cina de Comunicaciones de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 802627-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Resuelven denegar solicitudes presentadas por la empresa Santa Sofía Puertos S.A., sobre autorización definitiva y temporal de uso de área acuática y franja ribereña, ubicadas en la bahía de Ancón RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 302-2012 MTC/02 Lima, 12 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº CP-010/2011 presentada el 28 de enero de 2011, la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A., solicitó ante la Autoridad Portuaria Nacional - en adelante APN - una autorización defi nitiva de uso de área acuática y franja ribereña ubicada en la bahía de Ancón, distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, por un período de treinta (30) años sobre un área total de 213,068.478 m2.; y, dos peticiones alternativas, una autorización defi nitiva de uso de área acuática y franja ribereña en una superfi cie de 132,723.002 m2., y una autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña sobre una superfi cie de 80,345.476 m2., ubicadas en la misma bahía; Que, a través de la Carta Nº 122-2011-APN/GG de fecha 11 de febrero de 2011, la APN comunicó a la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A., que su solicitud de autorización defi nitiva de uso de área acuática y franja ribereña ubicada en la bahía de Ancón, distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, por un período de treinta (30) años sobre un área total de 213,068.478 m2., es inviable legalmente por cuanto comprende un área sobre la cual dicha empresa no cuenta con autorización temporal; por lo cual la APN acogió la segunda pretensión encausándola de ofi cio, a efectos que cada uno de dichos petitorios sean tramitados de manera independiente, de acuerdo con los procedimientos previstos en los ítem Nos. 13 y 15 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la APN; concediendo además a la citada empresa, un plazo no mayor a diez (10) días hábiles para subsanar las observaciones técnicas que se detallan en el Informe Nº 010-2011-DT/CRC; Que, mediante Carta Nº CP-026/2011 de fecha 25 de febrero de 2011, la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A., remitió la información destinada a subsanar las observaciones técnicas advertidas en el Informe Nº 010-2011-DT/CRC, solicitando una prórroga de noventa (90) días para entregar copia del documento que acredite el derecho posesorio sobre el área adyacente de la franja ribereña solicitada; Que, con Informe Legal Nº 489-2011-APN/UAJ, de fecha 25 de mayo de 2011, la Unidad de Asesoría Jurídica de la APN, señaló que habiendo recomendado el encausamiento de ofi cio de la solicitud formulada por la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A., a efectos que cada uno de los petitorios contenidos en la misma sean tramitados de manera independiente, la solicitud referida a la autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña se encuentra suspendida hasta que la REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL