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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de junio de 2012 468847 responsables técnicos y/o coordinadores de los equipos técnicos de los Programas Presupuestales, los Jefes de la Ofi cina General de Administración, de Abastecimiento, de Personal, de Infraestructura, de la Ofi cina de Programación e Inversiones, o los que hagan sus veces, con la participación de los representantes de las unidades ejecutoras, según corresponda. Los integrantes de la Comisión son responsables, en el marco de sus competencias, del resultado de los trabajos de dicha Comisión”; Que, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva N° 004-2012-EF/50.01, resulta necesario emitir la respectiva resolución; Estando a lo visado por el Secretario General, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-MC; y, la Resolución Directoral N° 012-2012-EF/50.01, que aprobó la Directiva N° 004-2012-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir la Comisión de Programación y Formulación Presupuestaria para el año fi scal 2013 del Ministerio de Cultura, que se encargará de coordinar dicho proceso, conforme a lo establecido en el artículo 3° de la Resolución Directoral N° 012-2012-EF/50.01, que aprobó la Directiva N° 004-2012-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”. Artículo 2º.- La Comisión a que se refi ere el artículo precedente está conformada por: - El Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, quien la presidirá. - El Director General de la Ofi cina General de Administración. - La Jefa de la Ofi cina de Logística. - El Jefe de la Ofi cina de Recursos Humanos. - La Jefa de la Ofi cina de Operaciones. - El Jefe de la Ofi cina de Inversiones. - Un representante de la Unidad Ejecutora 002: MC – Cusco. - Un representante de la Unidad Ejecutora 003: Zona Arqueológica Caral. - Un representante de la Unidad Ejecutora 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano. - Un representante de la Unidad Ejecutora 005: Naylamp - Lambayeque. - Un representante de la Unidad Ejecutora 006: Complejo Arqueológico de Chan Chan. - Un representante de la Unidad Ejecutora 007: Marcahuamachuco. Artículo 3º.- Los Directores o Jefes de las Unidades ejecutoras del Pliego 003 – Ministerio de Cultura deberán acreditar ante el Presidente de la Comisión de Programación y Formulación Presupuestaria para el año fi scal 2013, a sus representantes al día hábil siguiente de publicada la presente resolución. Artículo 4º.- La Comisión referida en el artículo 1° precedente, inicia sus funciones al día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial y culmina sus trabajos con la presentación del proyecto de presupuesto institucional a la Dirección General de Presupuesto Público, conforme al Cuadro de Plazos para la Programación y Formulación del año Fiscal 2013, contenida en la Directiva N° 004-2012-EF/50.01. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 805738-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar del Ejército del Perú a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 289-2012-DE/ Lima, 22 de junio de 2012 VISTO: La Hoja de Recomendación N° 31693/CGE/DIE/D- 8a/03.03 del 20 de enero de 2012, de la Dirección de Inteligencia del Ejército; y, CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó la designación de una comisión integrada por un (01) Ofi cial General y cuatro (04) Ofi ciales Superiores de la 3ra Brigada de Caballería del departamento de Tacna, para que participe en la XXX Reunión Regional Bilateral de Coordinación entre la 1ra Brigada Acorazada del Ejército Chileno y la 3ra Brigada de Caballería - Tacna, a realizarse en la ciudad de Arica de la República de Chile en el período comprendido del 24 al 26 de junio de 2012; Que, el Comando del Ejército del Perú, autorizó a la Dirección de Inteligencia del Ejército (DIE), el planeamiento, organización y ejecución de las Conferencias Bilaterales de Inteligencia a realizarse en el año fi scal 2012; Que, las coordinaciones y, los Reglamentos de las Conferencias Bilaterales de Inteligencia (CCBBII), Reunión de Coordinación Especializada (RCE) CHILE - PERÚ, y Reuniones Regionales Bilaterales de Inteligencia entre Grandes Unidades de Frontera, aprobados en el año 2011 entre el Ejército del Perú y los Ejércitos de Ecuador, Colombia, Bolivia, Chile y las Actas Finales que fueron aprobadas por el Comando del Ejército del Perú, constituyen compromisos Conjuntos Internacionales formales y de cumplimiento obligatorio; Que, la participación del personal militar nombrado en la parte resolutiva a la XXX Reunión Regional Bilateral de Coordinación entre la 1ra Brigada Acorazada del Ejército Chileno y la 3ra Brigada de Caballería - Tacna, a realizarse en la ciudad de Arica de la República de Chile, permitirá el intercambio de información e inteligencia estratégica en el marco de las Medidas de Confi anza Mutua, de acercamiento tendientes a eliminar o determinar las posibles amenazas y riesgos futuros para la toma de decisiones referentes a la Seguridad Nacional y Paz Regional; Que, el antes mencionado viaje en Comisión de Servicio ha sido incluido en el ítem 124, del rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua del anexo 01 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el año fi scal 2012, aprobado mediante Resolución Suprema N° 014-2012 DE/ del 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora N° 003 - Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; Que, de conformidad con la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 001- 2011 - DE/ del 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi caciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de