TEXTO PAGINA: 23
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de junio de 2012 468861 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0644/RE-2012 Lima, 21 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente de la República realizó, del 10 al 14 de junio del 2012, una gira ofi cial por Europa, que incluye visitas a la Confederación Suiza, República Federal de Alemania, Reino de Bélgica y la República Francesa; Que, la visita ofi cial de trabajo a la República Federal de Alemania tuvo como objetivo incrementar y diversifi car temas relacionados a la política bilateral con ese país; por lo que resultó necesaria la presencia del Director General de Europa en la comitiva que acompañó al señor Presidente de la República; Teniendo en cuenta el Memorándum (OPP) N° OPP0705/2012, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 12 de junio de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; y el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona, Director General de Europa, con efi cacia anticipada, del 10 al 14 de junio de 2012, a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, y para que forme parte de la comitiva que acompañó al señor Presidente de la República en la referida gira ofi cial por Europa. Artículo 2º.- El señor Presidente de la República y su comitiva viajaron en el avión presidencial durante dicha gira ofi cial, por lo que los gastos que irrogó el cumplimiento de la presente comisión de servicios por concepto de viáticos y transporte en tren, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Ruta París - Estrasburgo US$ Transporte en Tren Paris- Berlín-Paris US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona 377.00 602.84 260.00 5 1,300.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 805400-2 SALUD Modifican el Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 516-2012/MINSA Lima, 21 de junio de 2012 Visto: El Informe Nº 0075-2012-OGPP-OO/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y modifi catorias se establecen los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización del Estado, en todas sus instituciones; Que, el artículo 4° de la precitada Ley, establece que el proceso de Modernización de Gestión del Estado, tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, teniendo como objetivo, entre otros, alcanzar un estado al servicio de la ciudadanía, transparente en su gestión y con servidores públicos califi cados y adecuadamente remunerados; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de las Entidades de la Administración Pública, aprobado con Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, el Cuadro para Asignación de Personal, es un documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF, siendo el cargo, el elemento básico de una organización. Se deriva de la clasificación prevista en el CAP de acuerdo con la naturaleza de las funciones y nivel de responsabilidad que ameritan el cumplimiento de requisitos y calificaciones para su cobertura; Que, el artículo 7° de los mencionados Lineamientos, señala que, las Entidades en el proceso de elaboración, aprobación o modifi cación de su CAP, ejecutaran progresivamente actividades orientadas a impulsar el proceso de modernización de la gestión pública, teniendo en cuenta, entre otros criterios, realizar una adecuada clasifi cación y califi cación de sus órganos y funciones, así como de sus cargos, requisitos, evaluando de forma permanente su actualización; Que, el artículo 9º de los precitados Lineamientos, dispone que los cargos contenidos en el CAP son aprobados y clasifi cados por la propia entidad. La clasifi cación debe contar con los requisitos de los cargos y se realiza de conformidad con la normativa vigente; Que, de otro lado, el artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, concordante con el artículo 13º del Texto Único Ordenado de la Normatividad del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2010-PCM, establece que el personal del empleo público (servicio civil) se clasifi ca en Funcionario Público, Empleado de Confi anza y Servidores Públicos, los que a su vez pueden ser Directivos Superiores, Ejecutivos, Especialistas y De apoyo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 595-2008/MINSA, y sus modifi catorias se aprobó el Manual del Clasifi cador de Cargos del Ministerio de Salud, el cual establece la descripción de los cargos que requieren los órganos de apoyo, asesoramiento, línea y órganos desconcentrados que conforman la estructura orgánica del Ministerio de Salud, para el cumplimiento de sus objetivos funcionales, en el marco del proceso de modernización del Estado;