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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de junio de 2012 468979 cobertura del Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas; Que, con fecha 13 de enero de 2012 TRANSMISORA ELÉCTRICA DEL SUR S.A. celebró, en su calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el Proyecto denominado “Línea de Transmisión Tintaya – Socabaya 220 kV y Subestaciones asociadas”, para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, de conformidad con lo establecido por el Artículo 3º del referido Decreto Legislativo; Que, como consecuencia de la aprobación realizada por el Sector, el Ministerio de Economía y Finanzas ha realizado la evaluación de la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción respectiva; De conformidad con lo establecido en el Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 973 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación de empresa califi cada Aprobar como empresa califi cada, para efecto del Artículo 3° del Decreto Legislativo Nº 973 a TRANSMISORA ELÉCTRICA DEL SUR S.A., por el desarrollo del proyecto denominado “Línea de Transmisión Tintaya – Socabaya 220 kV y Subestaciones asociadas”, en adelante el “Proyecto” de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado el 13 de enero de 2012. Artículo 2º.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efecto del Numeral 5.3 del Artículo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que el monto de la inversión a cargo de TRANSMISORA ELÉCTRICA DEL SUR S.A. asciende a US$ 32 168 551,00 (Treinta y Dos Millones Ciento Sesenta y Ocho Mil Quinientos Cincuenta y Uno y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) a ser ejecutado en un plazo total de un (01) año, dos (02) meses y dieciséis (16) días, contado a partir del 13 de enero de 2012. Artículo 3º.- Objetivo principal del Contrato de Inversión Para efecto del Decreto Legislativo Nº 973, el objetivo principal del Contrato de Inversión es el previsto en la Segunda Cláusula del mismo y el inicio de las operaciones productivas estará constituido por la percepción de cualquier ingreso proveniente de la explotación del Proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 5º de dicho Decreto Legislativo. Artículo 4º.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1 El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refi ere el Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión, comprende el impuesto que grave la importación y/o adquisición local de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, así como los servicios y contratos de construcción que se señalan en el Anexo I y II de la presente Resolución; y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del Proyecto a que se refi ere el Contrato de Inversión. Para determinar el benefi cio antes indicado se considerarán las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 13 de enero de 2012 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se refi ere el artículo anterior. 4.2 Los Anexos que forman parte de la presente Resolución Suprema serán publicados en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www. minem.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. 4.3 La Lista de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, según subpartidas nacionales, servicios y contratos de construcción se incluirá como un anexo al Contrato de Inversión y podrá ser modifi cada a solicitud de TRANSMISORA ELÉCTRICA DEL SUR S.A., de conformidad con el Numeral 6.1 del Artículo 6º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF. Artículo 5º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 805832-24 INTERIOR Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la CONATIAF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0488-2012-IN/1701 Lima, 20 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 134-2007- PCM de fecha 07 de mayo de 2007, se creó la Comisión Nacional contra la Fabricación y el Tráfi co Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados - CONATIAF, que tendrá carácter permanente y estará adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el artículo 2° del dispositivo legal citado dispone que la Comisión Nacional contra la Fabricación y el Tráfi co Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados - CONATIAF está integrada, entre otros, por un representante del Ministerio del Interior; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0326-2011- IN-1701 del 29 de marzo de 2011 se designó a la abogada María Teresa MANRIQUE NEGRÓN como representante titular y al Mayor Armero PNP Roberto Segundo MIÑANO OLIVARES como representante alterno, del Ministerio del Interior ante la Comisión Nacional contra la Fabricación y el Tráfi co llícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados - CONATIAF; Que, por razones del servicio se ha visto por conveniente dar por concluida la designación de la abogada María Teresa MANRIQUE NEGRÓN y del Mayor Maestro Armero PNP Roberto Segundo MIÑANO OLIVARES, y designar a los representantes titular y alterno del Ministerio del Interior ante la referida Comisión Nacional; Con la Visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, Ley N° 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo N° 004-2005- IN, y modifi cado por el Decreto Supremo N° 003-2007-IN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación de la abogada María Teresa MANRIQUE NEGRÓN y del Mayor Maestro Armero PNP Roberto Segundo