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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de marzo de 2012 461792 de Fondos Públicos de las Entidades del Sector Público en el Sistema Financiero Nacional”, así como los “Criterios Prudenciales para la Inversión de Fondos de las Entidades del Sector Público en Valores Mobiliarios, disponiéndose en su artículo 1º que los mismos tienen vigencia durante el primer bimestre del presente Año Fiscal; Que en el marco del Plan Estratégico Sectorial Multianual 2012-2016, se tiene previsto el fortalecimiento de la gestión global de activos y pasivos fi nancieros al nivel de las entidades del Sector Público, contribuyendo de esta manera al objetivo de optimizar la ejecución de una política fi nanciera más efi ciente y transparente; Que, en tal sentido resulta necesario establecer políticas y criterios de aplicación permanente para la gestión de fondos de las empresas no fi nancieras comprendidas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y demás entidades del Sector Público, a través de todo tipo de depósitos e inversiones en activos fi nancieros, en el marco de una gestión global de activos y pasivos, a que se refi ere el literal r) del artículo 6º de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería; De conformidad con lo establecido en el inciso j) del artículo 6º de la referida Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, el numeral 2 del artículo 47º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el artículo 18º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 325, y el literal d) del artículo 101º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43, y estando a lo propuesto por la Dirección de Normatividad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébanse los “Lineamientos para la Gestión Global de Activos y Pasivos” y el “Reglamento de Depósitos” que en Anexos 1 y 2 respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución Directoral y se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma. Artículo 2º.- Las entidades públicas comprendidas en los alcances que se señalan en los Anexos referidos en el artículo precedente de la presente Resolución Directoral, que deban conformar un Comité de Activos y Pasivos y, en su caso, aprobar un Manual de Políticas, tendrán un plazo de implementación máximo de 6 meses y en el caso de presentar excesos en los límites indicados, el plazo máximo de adecuación será de 12 meses. Las entidades públicas que deban regirse por lo establecido en el Reglamento de Depósitos aprobado por la presente Resolución Directoral tendrán un plazo de adecuación máximo de 6 meses. Regístrese, comuníquese y publíquese BETTY SOTELO BAZÁN Directora General (e) Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público 758837-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la PNP a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 037-2012-IN Lima, 1 de marzo de 2012 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 04-2012- DGPNP/INTERPOL-EM del 6 de febrero de 2012, suscrita por el Director Ejecutivo de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, mediante la cual recomendó la autorización de viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Carlos Manuel QUINTEROS ARIAS y de la Subofi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Giovana CASTRO VARGAS, a la ciudad de Bogotá - Colombia, del 2 al 6 de marzo de 2012. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 233-2010-JUS del 1 de diciembre de 2010, se resolvió acceder al pedido de extradición activa de la procesada Gilma MONTENEGRO VALLEJOS, formulado por el Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarado procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión de los Delitos contra la Seguridad Pública - Comercialización de Armas y Contra la Tranquilidad Pública - Paz Pública - Asociación Ilícita para Delinquir, en agravio del Estado peruano, y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República de Colombia, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje N/REF IP Nº 201272400006611/ MRP/GRUIN 25.25 del 4 de febrero de 2012, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Bogotá - Colombia, hizo de conocimiento a la Ofi cina Central Nacional - INTERPOL - Lima - Perú, que las autoridades Colombianas han autorizado la extradición de la procesada Gilma MONTENEGRO VALLEJOS, en ese sentido solicitaron designar a los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar a la citada reclamada desde Colombia hacia nuestro país; Que, con Memorándum Múltiple Nº 45-2012-DIRGEN-PNP/ EMP-OCNI del 15 de febrero de 2012, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Carlos Manuel QUINTEROS ARIAS y de la Subofi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Giovana CASTRO VARGAS, a la ciudad de Bogotá - Colombia, del 2 al 6 de marzo de 2012, a fi n de que ejecuten la extradición activa de la procesada Gilma MONTENEGRO VALLEJOS, solicitada por la autoridad judicial antes mencionada, por la presunta comisión de los Delitos contra la Seguridad Pública - Comercialización de Armas y Contra la Tranquilidad Pública - Paz Pública - Asociación Ilícita para Delinquir, en agravio del Estado peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y la extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, la División de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, pone en conocimiento al Director de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, que en el SIAF-SF, la disponibilidad presupuestal ha sido registrada mediante la Norma de Certifi cación de Crédito Presupuestario Número 178 y adjunta el Informe Nº 03-2012-DIRECFIN-PNP-DIVDyB-DEPADM, del 10 de febrero de 2012, que establece el monto de viáticos que corresponde abonar por la suma total ascendente a S/. 5,360.00 (Cinco Mil Trescientos Sesenta con 00/100 Nuevos Soles), por comisión del servicio a la ciudad de Bogotá - Colombia, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Carlos Manuel QUINTEROS ARIAS y de la Subofi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Giovana CASTRO VARGAS, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamientos, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del Artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el Artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está