Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2012 (02/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

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Aprueban Directiva que regula el procedimiento para el reasentamiento de la poblacion afectada de los asentamientos humanos ubicados en los inmuebles expropiados adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 126-2012-MTC/10
MORDAZA, 27 de febrero de 2012 VISTOS: El Memorandum Nº 885-2012-MTC/07, de la Procuraduria Publica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Memorandum Nº 184-2012-MTC/16 de la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales, el Memorandum Nº 430-2012-MTC/25 de la Direccion General de Concesiones en Transportes; y, el Memorandum Nº 21-2012MTC/CANETAAIJCH de la Comision de Alto Nivel ­ CANETA. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27329, se declaro de necesidad publica la expropiacion de inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, facultandose, asimismo, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la reubicacion de los asentamientos humanos ubicados en los inmuebles expropiados, en terrenos proporcionados por la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial (CORPAC S.A.) exclusivamente para este fin; Que, la anotada expropiacion califica como una obra de gran envergadura, como lo es la ampliacion del mencionado aeropuerto internacional, rigiendose por lo dispuesto en el articulo 7º de la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones y por la Ley Nº 29171, ley que establece medidas para agilizar el procedimiento de expropiaciones de los inmuebles afectados por ejecucion de obras publicas de gran envergadura. Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 137-2000MTC, se crea la Comision de Alto Nivel que se encargara del MORDAZA de expropiacion de bienes inmuebles de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, delegandose a traves de la Resolucion Ministerial Nº 425-2000-MTC-15-01, determinadas facultades a la citada Comision de Alto Nivel, entre ellas la de efectuar las gestiones tendentes a la reubicacion de los asentamientos humanos senalados en la Ley Nº 27329, en terrenos proporcionados por la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial (CORPAC S.A.); Que, mediante Ley Nº 29836, se declara de necesidad publica la expropiacion de inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, y se modifica el articulo 6º de la Ley Nº 27329, permitiendo incrementar las alternativas destinadas a cumplir con el reasentamiento de los asentamientos humanos y senalandose que en todos los casos de las alternativas presentadas, el beneficio correspondiente sera otorgado previo cumplimiento de lo establecido en la Directiva que emitira la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de conformidad con el numeral 6.5 del articulo 6º de la Ley Nº 29836, resulta necesario que la Oficina General de Administracion apruebe la Directiva que regule el beneficio a ser otorgado a las familias de los asentamientos humanos que apliquen para su respectivo reasentamiento, otorgandoles un beneficio economico hasta por la suma MORDAZA de S/. 205,332.22 (Doscientos cinco mil trescientos treinta y dos y 22/100 nuevos soles), que sera destinado para el reasentamiento de la poblacion afectada de los asentamientos humanos, ubicados en la MORDAZA materia de expropiacion en los terrenos proporcionados por la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial (CORPAC S.A.), para la adquisicion o financiacion de inmuebles de programas de vivienda ya construidos, tanto

del sector publico como del sector privado o el pago de una indemnizacion asistida que debe ser utilizada unicamente para los fines de reasentamiento; Estando a la opinion favorable emitida por la Procuraduria Publica, la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales, la Direccion General de Concesiones en Transportes, la Comision de Alto Nivel - CANETA, y la visacion de Asesoria Legal y de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Reglamento de Organizacion y Funciones del MTC, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y la Ley Nº 29836 ­ Ley que declara de necesidad publica la expropiacion de inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA ; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2012-MTC/10 - "DIRECTIVA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL REASENTAMIENTO DE LA POBLACION AFECTADA DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS UBICADOS EN LOS INMUEBLES EXPROPIADOS ADYACENTES AL AEROPUERTO INTERNACIONAL MORDAZA CHAVEZ", cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y de la Directiva aprobada a la Procuraduria Publica, Comision de Alto Nivel ­ CANETA, Direccion General de Asuntos Socio Ambientales, Direccion General de Concesiones en Transportes, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion, para su conocimiento y fines. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la Directiva aprobada en el Articulo 1º de la presente Resolucion en la pagina web de la institucion (www.mtc.gob.pe), asi como en el Registro de Directivas ubicado en la Intranet del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese y comuniquese. J. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Oficina General de Administracion

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Autorizan a la Universidad Nacional de San MORDAZA para que por intermedio de su Instituto de Transporte y Viabilidad opere como Entidad Certificadora de Conversiones a GLP
RESOLUCION DIRECTORAL N° 286-2012-MTC/15
MORDAZA, 20 de enero de 2012 VISTOS: Los partes diarios registrados con N° 082745 y 100664 presentados por la Universidad Nacional de San MORDAZA, mediante los cuales solicita autorizacion para que por intermedio de su Instituto de Transporte y Viabilidad opere a nivel nacional como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo (GLP); y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre senala que, la accion estatal en materia de transporte y MORDAZA terrestre se orienta a la satisfaccion de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como a la proteccion del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, el Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Vehiculos, modificado por los Decretos Supremos Nº 005-2004-MTC, 014-2004MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 012-2005-MTC, 008-2006-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 0372006-MTC, 006-2008-MTC y 042-2008-MTC, establece los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre;

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