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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de marzo de 2012 462480 Vela, en su actuación como Juez de Paz de Primera Nominación del Distrito de Morales, Corte Superior de Justicia de San Martín, a mérito de la propuesta de destitución formulada por la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolución número diecinueve expedida con fecha veintinueve de octubre de dos mil diez, de fojas ciento cuarenta y dos. CONSIDERANDO: PRIMERO. Que la imputación fáctica se circunscribe a que el señor Edwin Reátegui Vela siguió ejerciendo la labor de Juez de Paz de Primera Nominación del Distrito de Morales, pese a que se le impuso medida cautelar de abstención en el cargo, así como haber mandado a confeccionar dos sellos ofi ciales del mencionado órgano jurisdiccional en la Imprenta El Triunfo. SEGUNDO. Que el investigado en su escrito de descargo de fojas veintitrés sostiene que desde que fue suspendido en el cargo no ejerció ninguna labor de índole jurisdiccional, mucho menos mandó elaborar sellos y membretes del juzgado que había dirigido. TERCERO. Que, en este contexto, se advierte que mediante resolución de fojas treinta y cuatro, Cuaderno de Medida Cautelar número ciento ochenta y tres guión dos mil ocho guión San Martín, el investigado fue suspendido en el ejercicio del cargo de Juez de Paz del Distrito de Morales con fecha veinticuatro de noviembre de dos mil ocho, por presuntas irregularidades funcionales en la tramitación del Expediente número setenta y siete guión dos mil ocho, sobre obligación de dar suma de dinero, mandato que fue efectivizado el dos de diciembre del mismo año, conforme consta en el ofi cio de fojas cincuenta y ocho. CUARTO. Que, no obstante su condición de suspendido, y luego de que el juez de paz que le sucedió en el cargo -Delfín Dávila García- endosara el certifi cado de depósito de fojas dos, por la suma de seis mil quinientos nuevos soles, a favor de la demandante Sarita Alvarado Pisco, el investigado endosó nuevamente dicha documental, en calidad de Juez de Paz de Primera Nominación del Distrito de Morales, consignando para ello su fi rma y sello del referido órgano jurisdiccional. QUINTO. Que según declaración de la señora Alvarado Pisco de fojas ochenta y seis, después de que el Juez de Paz Dávila García le endosara el certifi cado de depósito de fojas dos, se acercó en varias oportunidades al Banco de la Nación para hacer cobro del mismo; sin embargo, ello no fue posible porque la fi rma del nuevo juez aún no estaba registrada en el sistema de dicho banco, razón por la cual el diez de diciembre de dos mil nueve le suplicó al juez de paz investigado para que realizara nuevamente el endoso, toda vez que ella no residía en la localidad de Morales, sino en Tabaloso, a lo cual éste de inicio se negó, pero ante su insistencia fi nalmente accedió, con lo que ella pudo cobrar su dinero. SEXTO. Que, lo antes referido, y el hecho de que el investigado haya mandado a elaborar sellos del juzgado a la Imprenta “El Triunfo” en los primeros días de diciembre de dos mil ocho -según declaración de la propietaria del mencionado establecimiento, cuya denominación actual es Imprenta “JHIRE”-, y cuando ya pesaba sobre él una medida cautelar de abstención, confi rman que el investigado ejerció dolosamente labores jurisdiccionales luego de ser suspendido en el ejercicio de su cargo, lo cual constituye hecho grave que vulnera la prohibición contenida en el inciso 8, del artículo 196°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como los artículos 3° y 4°, del Código de Ética del Poder Judicial -concerniente a que el juez debe encarnar un modelo de conducta ejemplar, y actuar con honorabilidad y justicia de acuerdo al derecho, respectivamente-. Lo que además atenta públicamente con la respetabilidad de este Poder del Estado, y menoscaba el decoro y la respetabilidad del cargo, de conformidad con lo prescrito en el artículo 201°, incisos 2 y 6, respectivamente, del citado texto orgánico; en consecuencia, merece ser destituido, de acuerdo a lo establecido en el artículo 211° de la aludida norma, vigente al tiempo de ocurridos los hechos. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 45- 2012 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Vásquez Silva, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, de conformidad con el informe del señor Palacios Dextre; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Primero.- Imponer la medida disciplinaria de Destitución a Edwin Reátegui Vela, en su actuación como Juez de Paz de Primera Nominación del Distrito de Morales, Corte Superior de Justicia de San Martín. Segundo.- Disponer la inscripción de la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 763627-3 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Supernumerario del Quinto Juzgado Civil de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 167-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 12 de marzo del 2012 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso 16965-2012 el doctor Pablo Humberto Matías Huarcaya, Juez Titular del Quinto Juzgado Civil de Lima, solicita se le conceda licencia por motivo de salud por el período de once días a partir de la fecha. Que, en atención a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente con el fi n de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Quinto Juzgado Civil de Lima designar al Magistrado que reemplazará al doctor Matías Huarcaya. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor CARLOS ÁNGEL VARGAS GARCÍA, como Juez Supernumerario del Quinto Juzgado Civil de Lima, a partir del 13 al 22 de marzo del presente año, en reemplazo del doctor Matías Huarcaya. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina