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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2012 (27/03/2012)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de marzo de 2012 463165 altamente califi cado, deben contar con un procedimiento de selección de candidatos a ser contratados bajo esta modalidad, que garantice el cumplimiento de los principios de mérito y transparencia, así como el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada puesto, conforme a los documentos de gestión institucionales; Que, la Segunda Disposición Final del citado Reglamento, dispone que el procedimiento a que se refi ere el artículo 7º antes indicado, incluirá disposiciones relativas a la presentación de solicitudes de contratación de personal altamente califi cado por parte de los organismos públicos a sus respectivos Sectores; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar la Directiva de carácter sectorial que regule el procedimiento para la aplicación del Reglamento de la Ley Nº 29806, en el Sector Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 016- 2012-EF y su modificatoria, y la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Directiva Aprobar la Directiva General Nº 002-2012-MINCETUR/ DM “Lineamientos para la aplicación del Reglamento de la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, en el Sector Comercio Exterior y Turismo”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y su Anexo en el Portal Institucional del MINCETUR (www.mincetur.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 769291-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 338-DE/SG-2012 Lima, 23 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 215 de fecha 21 de marzo de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de la División de Políticas y Estrategias para América Latina del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, llevará a cabo reuniones y coordinaciones con relación a la III Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del citado país y las Fuerzas Armadas del Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley Nº. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y su modifi catoria Ley Nº. 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al Comandante USAF Christopher Callis de la División de Políticas y Estrategias para América Latina del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, del 28 al 30 de marzo de 2012, con la fi nalidad de llevar a cabo reuniones y coordinaciones con relación a la III Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del citado país y las Fuerzas Armadas del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 769290-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan funcionario responsable de remitir oferta de puestos públicos en FONCODES al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 53-2012-FONCODES/DE Lima, 26 de marzo de 2012 VISTOS: El Informe Técnico Nº 002-2012-MIDIS/FONCODES/ UA. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Técnico Nº 002-2012- MIDIS/FONCODES/UA de fecha 8 de marzo de 2012, la Gerente de la Unidad Administrativa recomienda a la Dirección Ejecutiva de FONCODES designar al Jefe de Equipo de Trabajo de Recursos Humanos como responsable de remitir las ofertas de empleo a las instancias señaladas en el Decreto Supremo Nº 012- 2004-TR y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE; Que, mediante Ley Nº 27736 se dispone la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del Sector Público y Privado por parte del Instituto de Radio y Televisión del Perú a través de Canal 7 y Radio Nacional del Perú, dictándose medidas reglamentarias a través del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR;