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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2012 463416 Que, la participación del mencionado Ofi cial Subalterno, como alumno del Curso de Operaciones de Selva invitado por el Ejército de la República Federativa de Brasil, es benefi ciosa para el país, toda vez que capacita al Ofi cial Subalterno, en los aspectos necesarios para desarrollar habilidades y destrezas para las operaciones en terreno selvático, así como continuar fortaleciendo las relaciones bilaterales con la República Federativa de Brasil; Que, el viaje se encuentra considerado en el Rubro 1.- FORMACIÓN/CALIFICACIÓN/ESPECIALIZACIÓN, ítem Nº 07 del Anexo 01 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal-2012, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 014 - 2012- DE/SG de 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 003 Ejército del Perú, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas”, modifi cado por Ley Nº 29598, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicios o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo artículo, y conforme al reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2010-DE de 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778– 2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ del 29 de Marzo de 2011, la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 05 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG de 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al señor Subteniente EP Eder Jorge JIMENEZ DIAZ, identificado con DNI Nº 41656704 y CIP Nº 122768800, para que participe como alumno del Curso de Operaciones de Selva a realizarse en la ciudad de Manaus - República Federativa de Brasil, en el periodo comprendido del 01 de abril al 22 de junio de 2012. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aéreo: Lima – Manaus (Brasil) – Lima (Clase económica) US$ 1,060.00 X 01 persona (Incluye TUUA) $ 1,060.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 2,400.00 x 02 meses x 01 persona $ 4,800.00 US$ 2,400.00/30 x 22 días x 01 persona $ 1,760.00 Total a pagar $ 7,620.00 Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará el pago de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero, que corresponda de acuerdo a la modalidad de la misión, por días reales y efectivos, de conformidad con el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778 -2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modifi catorias. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- El citado Ofi cial Subalterno revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el periodo de tiempo que dure la Misión de Estudios en el Exterior. Artículo 6º.- El citado Ofi cial Subalterno no podrá solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o de retiro, hasta después de haber servido a la Institución el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la Comisión. Artículo 7º.- El citado Ofi cial Subalterno, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de su retorno al país, presentará un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 771617-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 131-2012-DE Lima, 30 de marzo de 2012 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 027/C-7.b, del 11 de enero de 2012, de la Dirección de Educación y Doctrina. CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto, el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del SO3 EP Walter HUACHAPA YAMPIS, como participante en el Curso de Operaciones de Selva en el Centro de Instrucción de Guerra en Selva, a realizarse en Manaus–República Federativa de Brasil, en el período comprendido del 01 de abril al 15 de junio de 2012; Que, es de interés Institucional la capacitación del personal de Subofi ciales de la especialidad de Fuerzas Especiales, lo cual permitirá al Ejército del Perú disponer de personal altamente entrenado y capacitado en todos los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estándares similares a países desarrollados en Operaciones de Selva; además de encontrarse en condiciones de servir en el Valle de los Ríos Apurímac y Ene (VRAE); Que, la citada misión de estudios ha sido incluida en el Rubro 1.- Formación/Califi cación/Especialización, ítem 11, del Anexo 01 (Recursos Ordinarios), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 014- 2012-DE/SG del 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto