Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2012 (31/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2012

personas naturales y juridicas requeriran licencia para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros; Que, el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 061-2001PE/DNEPP, de fecha 11 de MORDAZA de 2001, se otorgo a la empresa AGROPECUARIA MORDAZA S.A. licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos a traves de su planta de congelado, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Autopista Panamericana Sur Km 18,5, Mz. G, Lote 1, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 118 t/dia; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 714-2010PRODUCE/DGEPP, de fecha 19 de noviembre de 2010, se modifico la Resolucion Directoral Nº 061-2001-PEDNEPP, con aprobacion automatica para la razon social de MORDAZA CORP S.A.C., en el extremo referido a la capacidad instalada de la planta de congelado de productos hidrobiologicos, consignandose 103 t/dia como nueva capacidad; Que, a traves de los escritos del visto, MORDAZA CORP S.A.C. solicita la modificacion de licencia de operacion de planta de congelado, otorgada con Resolucion Directoral Nº 061-2001-PE/DNEPP, modificada con Resolucion Directoral Nº 714-2010-PRODUCE/DGEPP, por innovacion tecnologica sin incremento de capacidad; Que, mediante Informe Nº 569-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dch, del 08 de MORDAZA de 2011, el area tecnica de la Direccion de Consumo Humano, da cuenta de la inspeccion tecnica realizada el 06 de MORDAZA de 2011, por la cual se verifico que la capacidad determinada de la planta de congelado de productos hidrobiologicos de MORDAZA CORP S.A.C. es de 112 t/dia; Que, mediante Oficios Nº 2572-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dch y Nº 3046-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch, este ultimo notificado el 14 de setiembre de 2011, se otorgo a la administrada el plazo perentorio de acuerdo a Ley, bajo apercibimiento de declarar improcedente su solicitud, para que cumpla con subsanar via regularizacion el incremento de capacidad instalada de su planta de procesamiento, en base al Procedimiento Nº 26 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion; Que, el numeral 4 del articulo 132º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, establece que a falta de plazo establecido por ley expresa, para actos de cargo del administrado requeridos por la autoridad, como entrega de informacion, respuesta a las cuestiones sobre las cuales deban pronunciarse deben producirse dentro de los diez (10) dias de solicitados; Que, no es procedente otorgar la modificacion de licencia de operacion de planta de congelado otorgada con Resolucion Directoral Nº 061-2001-PE/DNEPP, modificada con Resolucion Directoral Nº 714-2010-PRODUCE/DGEPP, por innovacion tecnologica sin incremento de capacidad, a favor de MORDAZA CORP S.A.C., toda vez que si existe un incremento de capacidad de la planta de congelado, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Autopista Panamericana Sur Km 18,5, Mz. G, Lote 1, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, de 103 t/dia a 112 t/dia, el cual no ha sido regularizado, pese al requerimiento efectuado con Oficio Nº 3046-2011PRODUCE/DGEPP-Dch, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento en el contenido; Que, estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informes Nº 569-2011PRODUCE/DGEPP-Dch Nº 832-2011-PRODUCE/DGEPPDch y el Informe Nº 039-2012-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE y modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y sus modificatorias;

En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de modificacion de licencia de operacion de planta de congelado otorgada con Resolucion Directoral Nº 0612001-PE/DNEPP, modificada con Resolucion Directoral Nº 714-2010-PRODUCE/DGEPP, por innovacion tecnologica sin incremento de capacidad, presentada por MORDAZA CORP S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe.
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

771622-3

Aprueban cambio de titularidad de permiso de pesca de embarcacion pesquera a favor de Grupo Pesquero S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 031-2012-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 19 de Enero del 2012 Visto: el escrito de registro N° 00061414-2011 y adjuntos 1, 2 y 3, de fechas 19 de MORDAZA, 02 de setiembre, 25 de noviembre y 29 de noviembre de 2011, presentado por la empresa GRUPO PESQUERO S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 371-94-PE, de fecha 14 de setiembre de 1994, se otorgo Permiso de Pesca a plazo determinado, entre otros, a la empresa PEEA LA UNION S.R.L. para operar la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-0194PM, la misma que se dedicara a la extraccion del recurso hidrobiologico de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 147-98-PE/DNE, de fecha 8 de MORDAZA de 1998, se resuelve incorporar en los Anexos I y V de la Resolucion Ministerial N° 200-98-PE, entre otras, a la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-0194-PM de 199.43 m3; Que, mediante la Resolucion Directoral N° 333-2004PRODUCE/DNEPP, de fecha 16 de diciembre de 2004, se resolvio modificar el articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 371-94-PE, que otorgo permiso de pesca a favor de PEEA LA UNION S.R.L., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MORDAZA con matricula CO-0194-PM y 46.81 de arqueo neto, entendiendose que la capacidad de bodega es de 190.59 m3 por las razones expuestas en la parte considerativa de la resolucion; asi mismo, mediante el articulo 2° se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial N° 371-94-PE y modificado por el articulo 1° de la presente resolucion, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional MORDAZA, con matricula CO-0194-PM, de 190.59 m3 de capacidad de bodega, a favor de INVERSIONES PESQUERAS NANDO S.A.C., en los mismos terminos y condiciones

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