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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de mayo de 2012 465707 artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N.° 115- 2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N.° 029- 2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar del 6 al 19 de mayo de 2012 el viaje de la señorita Maritza Norma Urrutia Arenas, Profesional III de la División de Seguimiento a Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales y Valoración y del 7 al 18 de mayo de 2012 el viaje del señor Walter Percy Martín Pacheco Tantaleán, Profesional III de la División de Procesos Aduaneros de Despacho de la Gerencia de Procedimientos, Nomenclatura y Operadores, ambos de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera; para participar en la XII Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP por sus siglas en inglés) a realizarse en la ciudad de Dallas, Estado de Texas, Estados Unidos de América. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de 2012 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señorita Maritza Norma Urrutia Arenas Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 2 483,62 Viáticos US $ 2 640,00 Señor Walter Percy Martín Pacheco Tantaleán Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 2 296,32 Viáticos US $ 2 420,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberán presentar a la Superintendencia Nacional, con copia al Instituto de Administración Tributaria y Aduanera, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduanas de cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 784582-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Disponen que todos los órganos desconcentrados de la SUNARP brinden el servicio de copias simples de planos RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 098-2012-SUNARP/SN Lima, 3 de mayo de 2012 VISTOS, el Informe Nº 063-2012-SUNARP/GR, emitido por la Gerencia Registral de la Sede Central, el Informe Nº 008-2012-SUNARP/GL, emitido por la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP, el Informe Nº 118-2012- SUNARP/GPD, emitido por la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la Sede Central y el Memorándum Nº 22- 2011-SUNARP/GC emitido por la Gerencia de Catastro de la Sede Central; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26366, se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos como Organismo Público del Sector Justicia y Ente Rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídico registral, técnica, económica, fi nanciera y administrativa; Que, la Superintendencia tiene como una de sus funciones dictar las políticas y normas técnico administrativas de los Registros Públicos, que tiendan a estandarizar los procesos y procedimientos registrales; Que, de otro lado, el Principio de Predictibilidad previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece la obligación a cargo de las entidades del Estado de brindar a los administrados información veraz, completa y confi able sobre los procedimientos, de modo tal que a su inicio, éstos puedan tener una conciencia certera de cuál será el resultado fi nal que obtendrá con su solicitud; Que, asimismo, la Ley de Modernización del Estado, establece que los funcionarios y servidores públicos están obligados a otorgar a los ciudadanos un servicio imparcial, oportuno, confi able, predecible y de bajo costo; Que, en tal contexto, resulta una obligación ineludible de la SUNARP, establecer reglas claras, a fi n que los administrados puedan acceder a la información registral a costos razonables y dentro del marco legal vigente; Que mediante el Decreto Supremo Nº 017-2003- JUS, se aprobaron las tasas registrales de los servicios de inscripción y publicidad que cobran todos los órganos desconcentrados de la SUNARP; Que, en dicha norma regulatoria de las tasas aplicable en todos los órganos desconcentrados de la SUNARP, se estableció que la copia literal o certifi cada de título archivado, referido a planos de predios urbanos y rurales en formatos A2, tiene un costo de 0.65% de la Unidad Impositiva Tributaria; Que, asimismo, se estableció el costo de la copia simple o no certifi cada de cualquier título archivado en formato A4, correspondiéndole un costo de 0.065% de la Unidad Impositiva Tributaria; Que, esta Superintendencia, ha verifi cado que en algunos órganos desconcentrados interpretan que el servicio de copias simples de planos al no encontrarse regulado en forma expresa no puede ser brindado a los usuarios; Que, no obstante ello, debe tenerse presente que el servicio de copias simples de planos, puede ser brindado en forma efectiva a nuestros usuarios, cobrándose la tasa respectiva prevista en el Decreto Supremo Nº 017-2003- JUS, para copia simple de cualquier título archivado en formato A4; Que, en efecto, debe tomarse en cuenta que el servicio de copias simples de planos, puede otorgarse, teniendo en cuenta que la copia simple de plano A2, involucra 04 fojas en formato A4; Que, debe respetarse en este caso, la tasa prevista en el Decreto Supremo Nº 017-2003-JUS y referido a cuantas hojas en formato A4 pueda incluir el plano solicitado; Que, en tal virtud, las Jefaturas de las Zonas Registrales, procederán a implementar progresivamente el otorgamiento de la publicidad registral de copias simples de planos, en formatos de papel estándar superiores al A4, de acuerdo con las adquisiciones de equipos que se vayan realizando con tal fi n; sin perjuicio que se pueda otorgar mientras tanto dicha publicidad de copia simple de planos en fojas A4; Que, mediante el informe Nº063-2012-SUNARP/GR, emitido por la Gerencia Registral de la Sede Central, el Informe Nº 008-2012-SUNARP/GL, emitido por la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP, el Informe Nº 118-2012-SUNARP/GPD, emitido por la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la Sede Central y el Memorándum Nº 22-2011-SUNARP/GC, emitido por la Gerencia de Catastro de la Sede Central, han opinado favorablemente por los términos en los que se emite la presente resolución; Que, mediante Resolución Suprema Nº 047-2012- JUS publicada el día 30 de marzo de 2012, se designó al Superintendente Nacional de los Registros Públicos; De conformidad a lo dispuesto en el literal v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que todos los órganos desconcentrados de la SUNARP, brinden el servicio de copias simples de planos.