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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2012 (04/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de mayo de 2012 465709 • Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Jaén. DISTRITO JUDICIAL DE PIURA • Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia de Piura. DISTRITO JUDICIAL DE PUNO • Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia de San Román. DISTRITO JUDICIAL DE TACNA • Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Tacna. • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Tacna. DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Tumbes. Hasta el 31 de agosto de 2012 DISTRITO JUDICIAL DE AMAZONAS • Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Chachapoyas. • Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Bagua. • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Utcubamba. DISTRITO JUDICIAL DE ICA • Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia de Ica. DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Trujillo. DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE • Primer, Segundo y Tercer Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia de Chiclayo. DISTRITO JUDICIAL DE MADRE DE DIOS • Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Tambopata. DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTÍN • Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de San Martín. • Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia de San Martín. Hasta el 31 de octubre de 2012 DISTRITO JUDICIAL DE LIMA • Primer, Segundo y Tercer Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia de Lima. DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA • Primer, Segundo y Tercer Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia del Santa. Artículo Segundo.- Convertir a partir del 1 de junio de 2012, el Cuarto Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque, en Décimo Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Chiclayo, con igual competencia territorial que los Juzgados Penales Unipersonales de la citada provincia. La carga procesal penal pendiente de liquidar del Cuarto Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Chiclayo, se distribuirá entre los Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la citada provincia. Artículo Tercero.- Reubicar y convertir a partir del 1 de junio de 2012, el Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Jaén, Distrito Judicial de Lambayeque, en Juzgado de la Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de Motupe, Provincia de Lambayeque, con igual competencia territorial que el Juzgado de Paz Letrado del citado Módulo Básico de Justicia. La carga procesal penal pendiente de liquidar del Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Jaén, se remitirá al Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la citada provincia; éste último a partir del 1 de junio de 2012, se denominará Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Jaén. El Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Motupe, que en adición de funciones actúa como Juzgado de la Investigación Preparatoria, a partir del 1 de junio de 2012 actuará únicamente como Juzgado de Paz Letrado, su carga procesal penal pendiente como Juzgado de la Investigación Preparatoria se remitirá al Juzgado de la Investigación Preparatoria materia de reubicación y conversión. Artículo Cuarto.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Arequipa, Cajamarca, Cañete, Cusco, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín, Del Santa, Tacna, y Tumbes; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Arequipa, Cajamarca, Cañete, Cusco, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín, Del Santa, Tacna, y Tumbes; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 784199-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 076-2012-CE-PJ Lima, 23 de abril de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 79-2012-ETIINLPT-P/PJ, cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; el Ofi cio Nº 386-2011-P-CSJLL/PJ de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, el Informe Nº 129-2012-SEP-GP-GG-PJ, elaborado por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General de este Poder del Estado; así como, el Informe Nº 022-2012-ETIINLPT-STJ/PJ, de la Secretaría Técnica Jurisdiccional, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 130- 2011-CE-PJ, de fecha 11 de mayo de 2011, se dispuso, entre otros, que la evaluación de los órganos jurisdiccionales transitorios de los Distritos Judiciales donde se encuentra implementada la Ley Nº 29497, están bajo la supervisión del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo con la fi nalidad de efectuar su seguimiento y monitoreo. Segundo. Que mediante Resolución Administrativa Nº 318-2011-CE-PJ, del 27 de diciembre de 2011, se prorrogó el funcionamiento del Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad, hasta el 30 de abril del presente año.