Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2012 (04/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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existentes verificando que no existan silos, los cuales de encontrarse, seran clausurados por sus propietarios. La Municipalidad supervisara su debido cumplimiento, caso contrario se procedera a la clausura y anulacion del silo; y el costo que genere la ejecucion de la clausura y anulacion de dicho MORDAZA, sera asumido por el propietario del lote, ademas de una penalidad equivalente a una UIT vigente. 7. Las licencias que se otorguen en merito a este acuerdo solo podran obtener su certificado de finalizacion de obra, previa MORDAZA del certificado de conformidad de obra del alcantarillado otorgada por SEDAPAL. Articulo Tercero: Los lotes del MORDAZA nivel de la Urbanizacion El Silencio podran acogerse a los terminos de este acuerdo, siempre y cuando exista la factibilidad de conectarse a la Red de Alcantarillado del Tercer Nivel, lo que debera ser aprobado por la Municipalidad. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, por el plazo de un (01) ano calendario contado desde la fecha desde la presente resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion a la Secretaria General, Jefatura de Rentas, Oficina de Personal y demas Unidades Organicas en cuanto les corresponda. Registrese, comuniquese, cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

784086-1

784093-1

MUNICIPALIDAD DE SAN
Coactiva de la

Designan Auxiliar Municipalidad

MORDAZA DE LURIGANCHO
Declaran la habilitacion MORDAZA de oficio de terreno correspondiente a la Tercera Etapa de la Asociacion Pro Vivienda "Inca Manco Capac"
RESOLUCION GERENCIAL Nº 059-2011-MDSJL-GDU
San MORDAZA de Lurigancho, 2 de diciembre de 2011 LA GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Registro Nº 20814-1E-2004 Anexo 5 y siguientes, sobre Habilitacion MORDAZA de Oficio, presentado por la Asociacion Pro Vivienda "Inca Manco Capac", en representacion de los propietarios del inmueble ubicado en la Urbanizacion MORDAZA Manco Capac Tercera Etapa, y que contiene el Informe Nº 454-2011-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 276-2011SGHU-GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas, y el Informe Nº 380-2011-SGPUC-GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, entendiendose que esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, el Articulo 79º Numeral 3.6.1 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, menciona como funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, el de normar, regular y otorgar autorizaciones asi como realizar la fiscalizacion, respecto a las Habilitaciones Urbanas, entre otros, de acuerdo a los planes de desarrollo MORDAZA de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, el urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el Articulo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, establece que las municipalidades identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las municipalidades emitiran la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion urbana;

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 289-2012-MDPH
Punta MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA VISTO El Informe Nº 002-2012-CE/MDPH, de fecha 20 de MORDAZA de 2012 de la Comision Especial del MORDAZA de Concurso Publico de Meritos Nº 002-2012-MDPH, para designar a un Auxiliar Coactivo. CONSIDERANDO Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, emanados de la voluntad popular, con personeria juridica de derecho publico, goza de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; conforme a lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, concordante con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado. Que, las Municipalidades podran ejercitar su capacidad sancionadora prevista en los articulos 46º, 49º y 93º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, asi como las exigencias de caracter tributarias previstas en el articulo II del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, conforme a lo establecido en el articulo 07º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979 ­ Ley de Procedimientos de Cobranza Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece la designacion del Auxiliar y Auxiliar Coactivo, se efectuara mediante Concurso Publico de Meritos e ingresaran como funcionarios de la Entidad a la cual representan, ejerciendo sus cargos conforme a las disposiciones de la citada Ley; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 275-2012MDPH de fecha 13.04.2012, se designo la Comision Especial encargada de efectuar el MORDAZA de Concurso Publico de Meritos para la Designacion del cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, conforme a las disposiciones contenidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979 ­ Ley de Procedimientos de Cobranza Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS; asi como por las disposiciones contenidas en la Resolucion de Alcaldia Nº 280-2012-MDPH de fecha 16.04.2012, que Aprueba la Convocatoria y Bases del Concurso Publico de Meritos; Que, habiendose cumplido lo establecido con la Bases del Concurso Publico de Meritos Nº 002-2011-MDPH, y lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979 ­ Ley de Procedimientos de Cobranza Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972;

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