Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2012 (04/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Oficio Nº 307-2012-MML/GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana de MORDAZA, el Memorando Nº 3132012-GDUO-MDMM de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras, el Informe Nº 314-2012-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en sus articulos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades establece en su articulo 88º que corresponde a las municipalidades provinciales y distritales dentro del territorio de su jurisdiccion, velar por el uso de la propiedad inmueble, en MORDAZA con el bien comun; Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 486-MDMM ­ Regulan en materia edificatoria en el distrito de MORDAZA del Mar. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

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Modifican la Ordenanza N° 458MDMM, sobre aplicacion del criterio de colindancia
ORDENANZA Nº 505-MDMM
MORDAZA MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2012

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 458-MDMM
EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria No. 09 de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en sus articulos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades establece en su articulo 88º que corresponde a las municipalidades provinciales y distritales dentro del territorio de su jurisdiccion, velar por el uso de la propiedad inmueble, en MORDAZA con el bien comun; Que, en la Seccion Orden del Dia se atendio el pedido de modificacion de la Ordenanza Nº 458-MDMM, el mismo que luego del debate correspondiente fue aprobado por el Concejo Municipal; Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobo por MAYORIA, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFICAR el articulo 2º de la Ordenanza Nº 458-MDMM, quedando redactado de la siguiente manera: El criterio de colindancia a que hace referencia la Ordenanza Nº 950-MML y la Ordenanza Nº 290-MDMM, sera de aplicacion en el frente de manzanas separadas lateralmente por vias locales en el Area de Tratamiento Normativo II (Sectores I y II). El anteproyecto y la memoria respectiva correspondiente, indicara con detalle volumetrico el planteamiento presentado y la sustentacion respectiva de modo tal que permita la consolidacion de las alturas a lo largo de los ejes viales del Area de Tratamiento II. En estos casos, cuando se sustente el incremento de altura por colindancia o perfil MORDAZA se tendra en cuenta tanto la altura de la edificacion existente y los parametros urbanisticos del inmueble colindante situado en el frente lateral donde se ubica el inmueble beneficiado, prevaleciendo el perfil MORDAZA de la via donde se encuentra ubicado este ultimo predio, ademas de la zonificacion y area de lote normativo. De igual forma, respecto a lo senalado en los parrafos anteriores, el ambito de aplicacion se extiende ademas a los predios situados con frente a la Av. Brasil, Av. Pershing y Av. Del Ejercito del distrito de MORDAZA del Mar. Articulo Segundo.- Dejese sin efecto toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza.

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Derogan la Ordenanza N° 457-MDMM, que preciso aspectos reglamentarios de la Ordenanza N° 290-MDMM
ORDENANZA Nº 504-MDMM
MORDAZA MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2012

ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA Nº 457-MDMM
EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria No. 09 de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en sus articulos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades establece en su articulo 88º que corresponde a las municipalidades provinciales y distritales dentro del territorio de su jurisdiccion, velar por el uso de la propiedad inmueble, en MORDAZA con el bien comun; Que, en la Seccion Orden del Dia se atendio el pedido de derogacion de la Ordenanza Nº 457-MDMM, el mismo que luego del debate correspondiente fue aprobado por el Concejo Municipal; Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 457-MDMM ­ Precisan aspectos reglamentarios de la Ordenanza Nª 290-MDMM.

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