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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2012 (04/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de mayo de 2012 465734 Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 784441-3 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Derogan el Acuerdo de Concejo N° 034- 2011-MDPH y modifican el Acuerdo de Concejo Nº 016-2011-MDPH, sobre suspensión de licencias de construcción en la Urbanización El Silencio ACUERDO DE CONCEJO Nº 023-2012-MDPH Punta Hermosa, 26 de abril de 2012 EL ALCALDE DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTOS: Mediante el expediente N° 0956 del 13 de marzo del 2012, la Asociación de Propietarios del Tercer Nivel de la Urb. El Silencio, presenta un proyecto de construcción de una Red de Alcantarillado el cual ha sido aprobado por SEDAPAL mediante carta N° 361-2012-EGP-S de fecha 8 de marzo del 2012. Dicho proyecto ha sido modifi cado, en los términos del nuevo proyecto, que ha sido presentado a la Municipalidad mediante Expediente N° 1474 de fecha 17 de abril del 2012 ambos proyectos fueron objeto del INFORME 289-2012-DGPISP-DUCT/MDPH de fecha 20 de abril del año 2012, por medio del cual se informó que dicho proyecto aprobado por SEDAPAL, forma parte del proyecto integral para dicha zona y que SEDAPAL no puede ajecutarlo por falta de presupuesto. Asimismo la mencionada Asociación ha manifestado que cuenta con el fi nanciamiento respectivo para la construcción y realización de los trabajos de instalación de la nueva Red de Alcantarillado del Tercer Nivel de las Playas Señoritas y Caballeros de la Urbanización El Silencio del Distrito de Punta Hermosa, conforme a las especifi caciones del proyecto por lo que ha solicitado a esta Corporación Municipal la autorización respectiva para poder ejecutar dicha obra; con el propósito de que la Municipalidad a través del Concejo Municipal proceda a levantar la restricción establecida en el artículo segundo del Acuerdo de Concejo N° 016-2011–MDPH, de fecha 28 de Marzo del 2011, modifi cado mediante Acuerdo de Concejo N° 034-2011-MDPH de fecha 12 de Mayo del 2011. CONSIDERANDO: Que hasta la fecha SEDAPAL no ha ejecutado el Proyecto Integral de Agua y Alcantarillado de la Urbanización El Silencio, no existiendo hasta la fecha una solución a este grave problema de gran interés para los pobladores y propietarios de los predios ubicados en la Urbanización El Silencio y de esta comuna. Que se ha constituido la Asociación de Propietarios del Tercer Nivel de la Urbanización El Silencio, como persona jurídica de derecho privado, sin fi nes de lucro, que tiene por objeto la construcción y administración de una Red de Alcantarillado que sirva a los lotes del tercer nivel de dicha Urbanización y a aquellos que en el futuro formen parte de ella. Que siendo que esta Asociación ha elaborado un proyecto de Red de Alcantarillado, cuya copia obra en los archivos de la Municipalidad, presentado mediante expediente N°0956 del 13 de Marzo del 2012, el cual ha sido aprobado por SEDAPAL mediante carta N°361-2012 EGP-S, de fecha 08 de Marzo del 2012. Que a instancias de la Municipalidad, la Asociación de Propietarios ha modifi cado el proyecto aprobado por SEDAPAL, de manera que dicha Red de Alcantarillado no caerá en la estación de bombeo denominada P70, hoy administrada por SEDAPAL, sino que caerá en la cámara de bombeo denominada “Cámara Ampliación Santa Cruz”, que fue construida por la Municipalidad, para lo cual la Asociación de Propietarios de la Urb. El Silencio la habilitará, equipándola con dos bombas de 32HP cada una con su respectivo grupo electrógeno, así como todos los equipos necesarios para su adecuada operatividad y seguridad, incluido un fi ltro de gases que evite hedores, asimismo la construcción de una nueva línea de impulsión con tubería de 12”, que evacuará las aguas servidas desde la Cámara Ampliación Santa Cruz directamente a las lagunas de tratamiento; el proyecto presentado también consiste en la construcción de dos nuevas lagunas de oxidación en la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Punta Hermosa, ubicadas en la Petar, las cuales contarán con todas las características técnicas y de equipamiento necesarios conforme consta en el proyecto modifi cado y que ha sido presentado a la Municipalidad mediante Expediente N° 1474 de fecha 17 de abril del 2012. Que esta propuesta modifi cada permitirá que se conecten a la Red de Alcantarillado todos los lotes del tercer nivel en todas sus instancias Que siendo el objetivo de la Gestión Municipal promover el crecimiento y desarrollo Urbano del Distrito en forma oportuna, ordenada y en armonía con nuestra ecología, generará mayores oportunidades y puestos de trabajo para los Obreros de Construcción Civil de Punta Hermosa. SE RESUELVE: Artículo Primero: Derogar el Acuerdo de Concejo N° 034-2011-MDPH de fecha 12 de Mayo del 2011. Artículo Segundo: Modifi car el artículo segundo del Acuerdo de Concejo N° 016-2011-MDPH de fecha 28 de Marzo del 2011, en la siguiente forma: Artículo Segundo: Suspender las Licencias de Construcción en la Urbanización El Silencio, salvo respecto a aquellos Lotes de Terreno ubicados en el tercer nivel de dicha urbanización que se adecuen y cumplan con los siguientes requisitos: 1. Que, el propietario del lote forme parte de la Asociación de Propietarios del Tercer Nivel de la Urbanización El Silencio, incorporándose como socio de pleno derecho. 2. Que, el propietario, en forma individual otorgue una garantía, mediante carta fi anza personal, irrevocable y de ejecución inmediata sin benefi cio de exclusión que garantice a la “Asociación de Propietarios del Tercer Nivel de la Urbanización El Silencio” ante la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, la ejecución total del Proyecto modifi cado de la Red de Alcantarillado, a que se hace referencia en la parte considerativa del presente acuerdo, hasta por un monto ascendente a la suma de por lo menos S/.60,000.00 (Sesenta Mil con 00/100 Nuevos Soles); Obligación que acabará cuando SEDAPAL dé conformidad a la obra. 3. Que el propietario, en forma individual otorgue una garantía, mediante carta fi anza personal, irrevocable y de ejecución inmediata sin benefi cio de exclusión que garantice a la Asociación de Propietarios del Tercer Nivel de la Urbanización El Silencio ante la Municipalidad de Punta Hermosa el funcionamiento de la Red Alcantarillado, a que se refi ere el párrafo anterior de este acuerdo, hasta por la suma de S/. 20,000 (Veinte Mil con 00/100 Nuevos Soles). Esta obligación acabará cuando SEDAPAL recepcione y tenga la Administración de dicha Red de Alcantarillado. 4. Las cartas fi anzas a que se refi eren en los párrafos anteriores deberán ser otorgadas por personas naturales. En caso el propietario sea una persona jurídica, la carta fi anza la deberán otorgar sus accionistas como personas naturales. 5. Los edifi cios ya construidos en la Urbanización El Silencio, existentes en el tercer nivel, deberán proceder a integrarse y/o formar parte de este proyecto en los términos que establece este acuerdo, dentro de un plazo máximo que no deberá de exceder de 45 días, a partir de la publicación del presente Acuerdo de Concejo. 6. Disponer que la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Control Territorial realice la fiscalización de los edifi cios