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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de mayo de 2012 465736 Que, la Declaración de Habilitación Urbana de Ofi cio es una facultad administrativa excepcional y diferente al trámite regular contemplado por la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, que otorga a las Municipalidades la potestad de declarar de ofi cio la Habilitación Urbana, siempre que de la verifi cación efectuada al predio, ésta aparezca inscrito como rústico en el Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP pero se encuentre en una zona urbana consolidada (es decir, que cuente con edifi caciones y servicios públicos); Que, mediante Informe Nº 380-2011-SGPUC-GDU/ MDSJL, de fecha 1 de diciembre del 2011, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro indica que el predio no presenta superposición con otras habilitaciones urbanas ni con zonas arqueológicas, cuenta con los servicios básicos, se encuentra conformado por lotes distribuidos de manera uniforme y respetando las normas técnicas de acuerdo al uso destinado, y no aparece encontrarse afectado por condiciones especiales características del distrito; Que, mediante Informe Nº 276-2011-SGHU-GDU/ MDSJL, de fecha 1 de diciembre del 2011, la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas señala que después de verifi carse los requisitos necesarios para impulsar la habilitación urbana de ofi cio y habiéndose practicado la inspección ocular respectiva, deberá proseguirse con el presente procedimiento; Que, mediante Informe Nº 454-2011-GAJ/MDSJL, de fecha 2 de diciembre del 2011, la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis del presente procedimiento administrativo y de las instrumentales anexadas, así como de los informes emitidos por los órganos competentes, opina que el trámite de habilitación urbana de ofi cio del terreno de 133,003.00 m2, ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, e inscrito en la Ficha Nº 130049 y continuada en la Partida Nº 49071379 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, cumple con los requisitos contemplados en el Artículo 24º de la Ley Nº 29090; Que, teniendo en cuenta que dentro de las competencias otorgadas por ley a la Corporación Municipal, se encuentra el de planifi car integralmente el desarrollo local hacia un crecimiento urbano ordenado, es que la Gestión Municipal busca brindar facilidades a la población de San Juan de Lurigancho para el saneamiento físico-legal de sus predios, a través del acto administrativo de Habilitación Urbana de Ofi cio, ya que pese a encontrarse tributando ante esta Comuna Distrital de manera individual y regular, aún aparecen supeditados a los problemas existentes en el terreno matriz; Que, habiéndose constatado que el predio denominado Urbanización Inca Manco Capac Tercera Etapa aparece identifi cado a nivel registral como rústico, así como también se ubica en una zona urbana consolidada y cuenta con los servicios básicos, en mérito a la opinión técnica y legal favorable emitida por los órganos funcionales pertinentes, resulta necesario dar solución a la problemática social advertida mediante la aprobación de la Habilitación Urbana de Ofi cio del área de 133,003.00 m2 correspondiente a la Asociación Pro Vivienda “Inca Manco Capac”, Tercera Etapa, con estricta sujeción a las normas urbanísticas vigentes; Que, estando a lo expuesto en la parte considerativa, de conformidad con las facultades conferidas por las Leyes Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, en uso de la facultad delegada mediante Decreto de Alcaldía Nº 616 de fecha 25 de agosto del 2011, y en mérito a lo informado por las unidades orgánicas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR LA HABILITACIÓN URBANA DE OFICIO del terreno de 133,003.00 m2, denominado Urbanización Inca Manco Capac Tercera Etapa, inscrito en la Ficha Nº 130049 y continuada en la Partida Nº 49071379 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, correspondiente a la Tercera Etapa de la Asociación Pro Vivienda “Inca Manco Capac”, de conformidad con los Planos U-01, P-01 y L-01 con su Memoria Descriptiva y Cuadro de Áreas, los cuales se encuentran señalados en el Anexo Nº 01 y que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- INCORPORAR dentro del radio de jurisdicción de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, la presente Habilitación Urbana de Ofi cio. Artículo Tercero.- OFICIAR al Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP, para el cambio de uso, de rústico a urbano, de los lotes que conforman la Habilitación Urbana de Ofi cio que se aprueba, de acuerdo a los Planos U-01, P-01 y L-01 con su Memoria Descriptiva y Cuadro de Áreas que forman parte integrante de la presente resolución, acto que se formalizará mediante la gestión individual de cada propietario ante los Registros Públicos. Artículo Cuarto.- REQUERIR a la Secretaria General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución, a la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDINSON F. BRAVO SILVA Gerente de Desarrollo Urbano ANEXO 1 • CUADRO DE AREAS POR MANZANA.- CUADRO DE MANZANA Manzana N° DE LOTES Area (m2) N V COLEGIO PARQUE 18 12 (2,901.93 m2) 01 (2,930.55 m2) 01 (4,976.70 m2) 10,809.18 Ñ-V 43 7,245.50 O-V 55 9,303.33 P-V PARQUE 8 PUESTO SEG. C. 09 (2,786.00 m2) 01 (6,637.01 m2) 01 (123.54 m2) 9,546.55 Q-V 35 6,756.71 R-V 61 11,189.80 T-V 14 2,284.80 S-V 12 2,123.55 U-V LOCAL COMUNAL PARROQUIA ASISTENCIA SOCIAL 67 (13,607.62 m2) 01 (1,093.97 m2) 01 (713.65 m2) 01 (1,077.60 m2) 16,492.84 X V 31 8,213.49 PARQUE 3A 01 4,590.19 TOTAL 347 88,555.94 • CUADRO DE AREAS.- CUADRO GENERAL DE AREAS AREA BRUTA TOTAL 133,003.00 m2 AREA BRUTA Habilitación Urbana de Ofi cio 133,003.00 m2 AREA UTIL: - VIVIENDA 2,930.55 m2 - COLEGIO 2,930.55 m2 - PUESTO SEGURIDAD C. 123.54 m2 - LOCAL COMUNAL 1,093.97 m2 - PARROQUIA 713.65 m2 - ASISTENCIA SOCIAL 1,077.60 m2 72,352.04 m2 AREA LIBRE: - RECREACIÓN PUBLICA (R.P.) Parque N° 18 4,976.70 m2 Parque N° 8 6,637.01 m2 Parque N° 3A 4,590.19 m2 16,203.90 m2 VIAS 44,447.06 m2 779964-1